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7 de marzo de 2017

Vacuna para funcionarios contra la indignación ciudadana


07-03-2017

“Ignorantia juris non excusat” en sentido inverso
Vacuna para funcionarios contra la indignación ciudadana



La sentencia del caso Nóos ha dado lugar a todo tipo reacciones. Satisfacción o “riguroso respeto” por parte del Gobierno y allegados a los condenados/absueltos. Un abogado defensor que ha llegado a levitar. Indignación recordando otra sentencia del mismo Tribunal que condeno a tres años de cárcel al ladrón de una bicicleta. Con titulares en los medios como el Diario de Navarra “Seis años de prisión para Urdangarin y absuelta por ignorante Cristina de Borbón”.
Efectivamente la clave está en la ignorancia. Cualqiuier duda o laguna legal se resolverá siempre en beneficio del ciudadano. sin permitir que ningún objetivo, incentivo ni promesa de prebendas nos haga desatender-malatender a nadie.
Nuestro Código Civil, recoge un principio jurídico heredado del Derecho Romano: Ignorantia juris non excusat (la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley).
Y la Administración, en su potestad sancionadora, lo aplica a diario, mecánicamente, sin misericordia, sin atenuantes ni excepciones, a través de sus distintos departamentos: Hacienda, Inspección de Trabajo, Tráfico, Guardia Civil, Ayuntamientos, etc. Multas y sanciones de todo tipo son aplicadas con todo rigor en todas las jurisdicciones Administrativa, Social, Civil, Mercantil o Laboral y si alguien replica recibe como respuesta este latinajo.
Este principio también se aplica en el terreno Penal pero aquí sí existen excepciones que se justifican por la dureza de las penas que pueden recaer en el proceso penal. La ignorancia puede atenuar la pena o incluso eximir de responsabilidad.
En todo caso, corresponde al acusado demostrar su ignorancia.
He defendido que la Administración de Justicia era el último y único reducto de la Administración Pública que había resistido a la corrupción. Sigo pensándolo. No tengo ni idea de quién son las magistradas Samantha Romero, Rocío Martín y Eleonora Moyá, tampoco he leído su sentencia. Pero estoy seguro que en el expediente habrá quedado acreditado que Cristina de Borbón firmaba las actas y documentos oficiales de su empresa Aizoon SL con la huella digital; que su abogado habrá aportado detallados informes médico-forenses certificando la incompetencia mental que todos los periódicos señalan y, como estamos ante delitos económicos y resulta que la absuelta era nada menos que ejecutiva en una entidad bancaria, seguro que Caixabank ha demostrado que el puesto de ejecutiva no le fue adjudicado ni por su apellido ni, evidentemente, por su competencia profesional, sino como parte de su obra social para integrar a los minusválidos en el campo laboral.
Si estas pruebas, u otras más contundentes, no existen en el expediente la sentencia puede calificarse, hablando con propiedad, de fallo judicial.
En todo caso, mal día para el feminismo. Tres magistradas, mujeres, han juzgado a otra mujer, Cristina Federica Victoria Antonia de la Santísima Trinidad de Borbón y Grecia, también madre, infanta de España, ex-duquesa y distinguida con multitud de grandes cruces y cordones a lo largo y ancho de todo el mundo. Y la virtud de la juzgada que han destacado ha sido: “la ignorancia”. Mal día para el feminismo, y en especial para la Señora Justicia. Con absolución o condena, el real escándalo era inevitable, pero una miaja de condena hubiera podido mantener un mínimo de dignidad. Ni eso.
Pero ni soy jurista ni pretendo hablar de este curioso Sistema de Justicia que sanciona con tanto rigor los pequeños delitos de pobres y trabajadores y admite flexibilidad y excepciones para delitos mayores de gente más pudientes… y moral y socialmente más responsable.
Como ciudadano he sufrido la aplicación de este principio jurídico, igual que miles de ciudadanos. Sanciones, multas y recargos por incumplimiento de normas que muchas veces ni sospechamos siquiera que existan. Y como funcionario de la Seguridad Socia he visto cómo se imponen sanciones o se deniegan peticiones o prestaciones sencillamente por desconocimiento de protocolos y procedimientos, plazos legales o requisitos varios. La razón: “Ignorantia juris non excusat”.
Siempre he pensado que era un principio justo y razonable, pero esta sentencia me hecho relacionar la “Ignorantia juris non excusat” con la creciente agresividad y violencia que muestran los ciudadanos en las oficinas de la Administración Pública y que tenemos que soportar los funcionarios que los atendemos.
No hay mal que por bien no venga si algo nos enseña. Este fallo puede enseñarnos mucho a los funcionarios: a entender la rabia de los ciudadanos.
Ante la agresividad del ciudadano indignado, los funcionarios nos sentimos víctimas, y sin duda lo somos. Pero olvidamos que también somos agentes de esa Administración inhumana y autómata. Cómplices, no involuntarios sino imprescindibles, para que ese principio sea eficaz.
Estoy seguro que aplicando esa flexibilidad, benevolencia y credulidad que nos enseña tan alta magistratura seguramente las iras ciudadanas se enervaran.
Esto quiere decir aplicar la “Ignorantia juris non excusat” en sentido inverso:
-No respetar ni aplicar leyes criminales (toda ley o norma contraria a los derechos humanos nacional o internacionalmente reconocidos, que impida o dificulte el acceso a los mismos debe ser calificada de criminal (visto lo visto es mejor y más fácil hacerse el tonto).
-No prejuzagar como fraudulenta o abusiva la actuación de ningún ciudadano, nacional, extranjero o de cualquier color o sexo mientras mentirosos, corruptos, ladrones y psicópatas campen a sus hanchas en todos los niveles de la administración pública, bancos y empresas. (los pobres no tiene obligación de ser honrados, menos si los gobernantes no los son.
- Humanidad, solidaridad, sentido común prevalecerán sobre cualquier norma del rango que sea en nuestro trabajo como funcionarios públicos.
- Cualqiuier duda o laguna legal se resolverá siempre en beneficio del ciudadano. sin permitir que ningún objetivo, incentivo ni promesa de prebendas nos haga desatender-malatender a nadie.
Santiago Porras Carrasco. Médico Inspector de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

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