Da por cerrada la instrucción de la causa e incluye también los delitos de tráfico de influencias y corrupción

Begoña Gómez.

Nuria Usero Gómez@nuriausgnu@theobjective.com
Publicado: 13/04/2026 • 12:21Actualizado: 13/04/2026 • 13:
l juez Juan Carlos Peinado ha dado por cerrada la instrucción de la causa y ha procesado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida, pero no por intrusismo profesional
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez concede cinco días a todas las partes personadas para que «insten lo que consideren oportuno respecto de la apertura del juicio oral, formulando el correspondiente escrito de conclusiones provisionales». En cuanto al delito de intrusismo profesional, Peinado ha decidido archivarlo «al no haber más que un indicio endeble, no habiendo indicios plurales y sólidos».
Peinado, que ha rechazado prorrogar la instrucción, ha descartado también que se aporte la vida laboral de la esposa del presidente del Gobierno o la actualización de los salarios percibidos por su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, a la que también procesa, al igual que al empresario Juan Carlos Barrabés, los tres investigados en la causa.
El juez Peinado ha hallado indicios suficientes para encausar a Begoña Gómez por tráfico de influencias en relación con su cátedra en la Universidad Complutense. En su resolución, el magistrado subraya la excepcionalidad del caso, señalando que no existe un precedente equiparable en la democracia.
«Pues las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado, lo que obliga a tratar de analizar (quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una interpretación teleológica y hermenéutica de los citados artículos 428 y 429 del Código Penal», asevera el instructor.
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El auto argumenta que, tras el ascenso de Pedro Sánchez a la jefatura del Ejecutivo, se adoptaron «determinadas decisiones públicas» que beneficiaron a la cátedra y a sus actividades, las cuales pudieron derivar de un «aprovechamiento singular de su posición relacional». Según el juez, su estatus como «esposa de» pudo haber sido el factor determinante para ejercer dicha influencia.
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Diego López-Amor Bajo esta premisa, la financiación del proyecto universitario «pudiera ser solo la ‘fachada’ de una retribución encubierta por futuras ventajas privadas o comerciales indebidas, relacionadas con adjudicaciones públicas ligadas al carácter de presidente del Gobierno del esposo de la investigada».
Asimismo, Peinado plantea procesar tanto a Gómez como a Cristina Álvarez por un presunto delito de malversación. Esto se debe a las labores de asistencia personal que Álvarez habría prestado a la investigada mientras desempeñaba su cargo como funcionaria pagada por el erario público en Presidencia. El juez apunta que Gómez fue «inductora, cooperadora necesaria y beneficiaria consciente del desvío» de fondos, al haber solicitado y utilizado para fines privados a una empleada del Estado.
Por otro lado, el instructor ve fundamentos para juzgarla por apropiación indebida, al haber inscrito a su nombre el software creado en el marco de la cátedra de Transformación Social Competitiva. No obstante, el magistrado ha decidido sobreseer las actuaciones respecto al delito de intrusismo vinculado a la firma de un pliego de condiciones. Aun así, critica que la Complutense, habitualmente «tan rigurosa para algunas cuestiones administrativas», permitiera que cualquier responsable de la cátedra firmara dichos documentos.
El juez concluye señalando que para tales acciones solo parece necesario poseer «determinada relación (sirviendo la conyugal) con un tercero que ostente en un determinado momento una parcela de poder que puede llegar a ser utilizada de manera poco ortodoxa». En este punto, evoca la máxima latina «Corruptio optimi pessima» («la corrupción de los mejores es la peor») para resaltar la gravedad de estas conductas en las altas esferas del poder.


