LA DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER
PENSIONISTA ES LA CONTINUACIÓN DELA DISCRIMINACIÓN DE LA MUJER EN EL TRABAJO Y
TAMBIÉN POR SU GENERO
La brecha salarial de la mujer
trbajadora del 23% se amplifica cuando es pensionista, hast un 37’5% y
representa unos 6.000€ menos anuales para cada penisonista, esta diferencia
discriminatoria se consolida hasta el final de su vida, sin posibilidadpersonal
de poder cambiarlo.
LA BRECHA SALARIAL
La brecha salarial es la diferencia del
salario hora de las mujeres respecto al del hombre, indistintamente del trabajo
realizado.
Representó en el año 2017 la suma de
42.000 millones de euros que perdió de salario la mujer respecto a la del
hombre, y que fue a los bolsillos de los empresarios y empresas
LA BRECHA DE LAS PENSIONESç
Ø La brecha salarial de las mujeres se perpetúa en las
pensiones al haber cotizado menos. La discriminación de las pensiones de la mujer respecto al del hombre
llega al 37’62% siendo la media del hombre de 1.119 € y de la mujer de 698 €
según los datos del año 2017.
Ø La segunda discriminación es la de género. La sociedad crea los trabajos llamados
“femeninos” con salarios bajos, trabajos como la maternidad o del hogar se han
impulsado desde las estructuras políticas, creando lagunas de
cotización al abandonar el trabajo y que no se reconocen.
Ø Las trabajadoras de hogar no son reconocidas en el
régimen general de la Seguridad Social y por lo tanto, no cotizan, situación que el gobierno español,
sea quien sea que gobierne no ha querido solucionar dejando hasta el
año 2024 una resolución que pueda poner fin a tal discriminación
Ø El alargo del periodo de cotización para el cálculo de
la pensión suma discriminación, especialmente en las mujeres, y
amplia la brecha.
Hay que derogar la reforma de Zapatero y reducir los años de
cálculo.
EXIGIMOS UNA LEY DE IGUALDAD SALARIAL: A IGUAL
TRABAJO – IGUAL SALARIO
ØLa incorporación al REGISTRO GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de las empleadas del hogar incluido con prestaciones de desempleo y las lagunas de cotización sería el paso que el convenio 189 de la OIT reclama.
Ø Incorporar un coeficiente corrector transitorio de la brecha de género que permita eliminarlo.
Ø Retornar a la situación anterior al año 2011, anterior a la reforma del
PSOE en la aplicación de las
lagunas de cotización durante todo el periodo de
cálculo de las pensiones, pues
esta modificación puede significar hasta el 38% de la
pensión.
Ø El aumento de la pensión mínima es una de las claves para reducir la brecha de las pensiones, tanto las contributivas, de invalidez, viudedad, …
SALARIO-PENSIÓN MINIMA, EL MEJOR ANTIDOTO CONTRA LA DESIGUALDAD
ØEl salario y la pensión mínima es el mayor mecanismo correctivo posible, ya que
unifica el salario e iguala sin discriminación del tipo de trabajo o sexo. Tanto las
pensiones contributivas como las no contributivas eliminando de esta manera las
múltiples situaciones, clasificaciones, baremos que existen para regatear pensiones
muy por debajo del umbral de la pobreza.
ØSalario y pensión mínima de 1.080 €, como determina la carta europea , asi
como subidas lineales para las pensiones.
EL SENTIDO PATRIARCAL DE LA VIUDEDAD
Exigimos la desaparición de la
diferencia de género en las pensiones de viudedad.
Para el 90 de las mujeres perceptoras de
viudedad es su único ingreso, en el año 2017, un 63’62% de estas mujeres
recibieron una pensión mínima de 650 € con el complemento a mínimos cuando se
quedo viuda.
ØQue viudos y viudas sin ingresos diferentes reciban la pensión integra que
les correspondería al cónyuge fallecido.
EL AGRAVAMIENTO DE LA BRECHA DE GÉNERO
POR EL ALARGO DEL PERIODO DE COTIZACIÓN
El alargo del periodo de cotización y de
años para el cálculo para las pensiones que se han producido por las reformas de José
Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy Brey esta siendo una lacra para los nuevos
pensionistas, y en especial para las mujeres, porque la sociedad patriarcal que
explota el capitalismo deja en manos de las mujeres la casa y la descendencia
provocando lagunas de cotización, o en el caso de las trabajadoras del hogar
que no esté reconocido.
Ø Cobertura por parte del estado de las lagunas de cotización por el tiempo
dedicado a los cuidados del hogar o de la familia, en este caso debe existir el
derecho a la conciliación familiar o de pareja de tal forma que puedan decidir entre
ellos quien se dedica a estos trabajos.
publicado por Everth
Thenansehed
1er oficial de la Federación galáctica
de mundos libres
a través de
Joan Ashtar © misteri 1963 Todos los derechos reservados.
Esta publicación puede
reproducirse libremente a condición de respetar su
integridad y mencionar al autor como fuente de la
misma y se incluya esta URL http://misteri1963.blogspot.com y el aviso del Copyright