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24 de marzo de 2016
LA FAMILIA ROCKEFELLER RETIRA SUS ACTIVOS DE LAS COMPAÑÍAS DE PETRÓLEO Y CARBÓN
El Fondo de la Familia Rockefeller anunció este miércoles que retirará sus inversiones en combustibles fósiles “tan rápido como sea posible”, agregando que desinvertirá el capital que mantiene hasta ahora en la petrolera Exxon Mobil Corp, argumentando que la compañía, asociada a la fortuna familiar, ha engañado al público sobre los riesgos del cambio climático.
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Aunque solo una pequeña porción de los activos del fondo está invertida en combustibles fósiles, el anuncio tiene un gran significado, ya que hace un siglo John D. Rockefeller hizo una fortuna a la cabeza de Standard Oil, precursor de Exxon Mobil. La organización dijo que también se desprendería de sus inversiones en carbón y arenas petrolíferas de Canadá, informa Reuters.
A sign is seen at the entrance of the Exxonmobil Port Allen Lubricants Plant in Port Allen, Louisiana.
Teniendo en cuenta la amenaza que supone para la supervivencia de los ecosistemas humanos y naturales, “no hay ninguna razón sensata para que las empresas sigan explorando nuevas fuentes de hidrocarburos”, señala el Fondo de la Familia Rockefeller a través de una carta publicada en su página web.
La organización resalta, además, que la conducta de Exxon sobre cuestiones climáticas es “moralmente reprobable”.
En 2014, el Rockefeller Brothers Fund, otra fundación de la acaudalada familia que cuenta con 860 millones de dólares, anunció que se unía a otras 11 empresas que decidieron abandonar las inversiones en carbón y arenas bituminosas.
Fuente: https://actualidad.rt.com/economia/202863-fin-familia-rockefeller-petroleo-inversiones-exxon
http://www.reuters.com/article/us-rockefeller-exxon-mobil-investments-idUSKCN0WP266
HUNDIR LA BOLSA DE EEUU
EL HOMBRE AL QUE EL FBI ACUSA DE HUNDIR LA BOLSA DE EEUU DESDE SU PROPIA CASA CON UN ORDENADOR DOMÉSTICO
Navinder Sarao provocó en 2010 una caída de 1.000 puntos en Wall Street. Y lo hizo desde su cuarto en la casa de sus padres en Londres o, al menos, de eso lo acusa el FBI.
Navinder Sarao vive en Londres.
Este miércoles, un tribunal británico abrió la puerta para que pueda ser extraditado a Estados Unidos y procesado en ese país.
En EE.UU. enfrenta 22 cargos, incluido fraude. Sarao los niega y sus abogados expresaron sus intenciones de apelar la decisión.
También se le acusa de spoofing (falsear): la práctica de comprar y vender con la intención de cancelar la transacción antes de ejecutarla.
Si dejamos a un lado por un momento la culpabilidad o la inocencia de Sarao, es claro que lo que hizo es sorprendente.
Desde una computadora en el cuarto en el que se crio, este joven de 37 años que vestía informalmente, negoció de forma remota un canje bursátil en Chicago, una ciudad que nunca había visitado.
En menos de cinco años, Sarao hizo más de US$42 millones.
COMERCIO COMPUTARIZADO
Hagamos una pausa para pensar.
Sarao estaba operando en la Chicago Mercantil Exchange, un mercado altamente computarizado en el que las personas, los corredores de carne y hueso, tienen pocas posibilidades.
Computadoras que funcionan con programas de comercio de alta frecuencia captan cualquier señal que indique que los precios suben o bajan y saltan por delante de los negociantes humanos, que en comparación, van en cámara lenta.
Un operador financiero podría ver que una orden para comprar aparece en la pantalla de su computadora medio segundo después de que se publica en la bolsa. Podría ser una transacción lo suficientemente grande como para impulsar el mercado y podría permitirle hacer dinero si compra rápidamente.
Pero debido a que compite con computadoras, para el momento que hace clic en “comprar” ya es muy tarde.
Su cerebro toma medio segundo para procesar la información visual, mientras que una computadora la analizó en pocos milisegundos.
Los operadores financieros de alta frecuencia compraron, el precio aumentó y el operador perdió su oportunidad de hacer dinero.
En Chicago, la presión es feroz para ver las órdenes de compra y venta solo unos pocos milisegundos antes que el otro corredor lo haga.
VENTAJA DE MILISEGUNDOS
Como indica Michael Lewis en su libro “Flash Boys”, unas pocas milésimas de segundo de adelanto son tan valiosas en términos de dinero que los negociantes más decididos compran costosas propiedades que quedan cerca de la bolsa y gastan grandes sumas de dinero en la instalación de cables superrápidos para que la señal les llegue solo unos pocos milisegundos más rápido.
¿Por qué? Porque si su operador computarizado obtiene la información dos o tres milésimas de segundo antes que los demás, puede hacer dinero.
Si se trata de una orden de compra grande, su operador computarizado puede comprar primero que los demás, “marcando la tendencia” y añadiéndole presión a los precios para que suban.
Los otros a los que les llega la información con un destello, con un flash, de retraso, comprarán cuando los precios ya han subido. Y a esos precios inflados.
Los corredores de bolsa deben tomar decisiones a una velocidad muy rápida para poder obtener ganancias.
Los corredores de bolsa deben tomar decisiones a una velocidad muy rápida para poder obtener ganancias.
SPOOFING LAS COMPUTADORAS
Lo que Navinder Sarao entendió, como lo hicieron otros antes que él, fue que el comercio de alta frecuencia hace que el mercado se ponga nervioso.
Porque muchos de los operadores de alta frecuencia fueron programados con un software similar, diseñado, por ejemplo, para detectar un gran número de órdenes de compra y seguir la tendencia. De esa manera, todos harían más o menos lo mismo.
Como una manada de ovejas que es empujada hacia una dirección u otra por un perro pastor, esos operadores también podrían asustarse.
O, para ser más precisos, podrían ser falseados. De acuerdo con los investigadores del FBI, Nav Sarao había modificado un software disponible comercialmente, había alterado un algoritmo, para hacer justo eso.
Usando ese programa y a una velocidad alta, argumentaron los investigadores, Sarao estaba colocando grandes órdenes de venta (algunas veces de cientos de millones de dólares en un día) pero sin intención alguna de proceder, de ejecutar la transacciones.
En cambio, las diseñó para hacer que el resto del mercado (los operadores computarizados) creyera que las órdenes de venta superaban las órdenes de compra, indicando que el mercado estaba a punto de caer.
Como ovejas, los operadores computarizados venderían para evitar perder demasiado dinero a medida de que los precios se caían. El peso de vender presionaría los precios hacia abajo.
FLASH CRASH
Mientras tanto (de acuerdo con el FBI), Sarao colocaba una orden real de compra esperando la caída del mercado. Una vez el mercado estaba abajo, compraría a un precio más bajo y cancelaría las órdenes de venta.
Cuando el mercado se daba cuenta de que las órdenes de venta habían desaparecido, los precios se recuperarían. Y Sarao podría vender a un precio más alto y obtener un beneficio.
Ese beneficio podría ser pequeño. Pero si esta operación se repetía cientos de veces en una hora, los beneficios podrían ser cuantiosos.
Fundamentalmente, de acuerdo con el FBI, esas órdenes eran falsas, diseñadas para “engañar” al mercado. Sarao no tenía la intención de ejecutarlas. Y ese “falseo” es un delito en el marco de la ley de Estados Unidos.
Navinder Sarao es acusado por el FBI de causar el flash crash.
El FBI no solo acusó a Sarao de colocar órdenes de compra y venta falsas para manipular el mercado, sino que también lo acusó de ayudar a causar el flash crash del 6 de mayo de 2010.
Ese día se registró lo que los analistas llamaron un flash crash, la caída relámpago de las bolsas, un sismo que en Wall Street dejó pérdidas por cientos de millones de dólares.
Ese día, el índice Dow Jones perdió 700 puntos en cuestión de minutos. El FBI asegura que esto ocurrió en parte por la actividad de Sarao.
EXTRADICIÓN
El abogado de Sarao, James Lewis, ha atacado esos argumentos y asegura que existe una importante corriente de opinión en la City (como se conoce el corazón financiero del Reino Unido) y en la academia que indica que su cliente no pudo haber “materialmente contribuido” al flash crash de 2010.
En cambio, plantea que el sismo financiero ocurrió porque una orden gigante de venta fue colocada por un fondo de cobertura estadounidense llamado Waddel & Read, una conclusión a la que había llegado el ente regulador de la bolsa de comercio de Estados Unidos, la Comisión de Comercio y Mercados a Futuro de Estados Unidos.
El equipo de abogados que defiende a Sarao señala que las autoridades de Estados Unidos están cometiendo un “abuso de proceso”.
De acuerdo con el acuerdo de extradición entre Estados Unidos y Reino Unido, el acusado solo puede ser trasladado desde Inglaterra si de lo que es acusado es un crimen en la legislación inglesa. El spoofing no está tipificado como un delito en Inglaterra.
Debido a que sus abogados le han recomendado que no emita ninguna declaración pública, no se sabe casi nada de la personalidad de Sarao.
Navinder Sarao vive en Londres.
“BRILLANTE”
Se sabe que no ha sido condenado por ningún otro delito. Se le calificó como un niño brillante y sociable en la escuela. De acuerdo con sus abogados, Sarao tiene una versión severa del síndrome de Asperger.
En 2010, creó una compañía en la isla Nevis, en el Caribe. Tenía por nombre: “Nav Sarao Milking Markets Limited“.
También se sabe que hizo US$42 millones sin dejar su cuarto.
Hounslow es una urbanización en Londres. Allí vivía Sarao cuando, según la FBI, provocó el sismo en Wall Street.
Sarao estuvo detenido por cuatro meses, entre abril y agosto de 2015, porque no reunía las condiciones para obtener la libertad bajo fianza pues sus activos habían sido congelados por las autoridades estadounidenses.
Estando en la corte, detrás del vidrio de la tribuna del acusado, protestó: “¿Cómo puede estar pasando esto? Estoy siendo castigado por ser bueno en mi trabajo”.
Y eso puede resultar inadmisible quizás. Pero no era mentira.
Fuente: http://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/03/160323_economia_sarao_extradicion_wall_street_falseo_bolsas_mr
POSIBLE GRAN TORMENTA SOLAR QUE DEJARÍA AL MUNDO SIN ENERGÍA
EEUU TOMA MEDIDAS ANTE UNA POSIBLE GRAN TORMENTA SOLAR QUE DEJARÍA AL MUNDO SIN ENERGÍA
Una tormenta solar masiva podría amenazar seriamente a nuestro planeta, advierten los científicos de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica. Si se diera el fenómeno, los cortes de energía y de telecomunicaciones durarían semanas o meses, afirman. La semana pasada la Casa Blanca publicó su Estrategia Nacional de Meteorología Espacial y un Plan de Acción para mejorar la previsión del clima espacial y medir con precisión el riesgo asociado a fenómenos como las tormentas solares.
Solar Flare
“Francamente, podría ser uno de los desastres naturales más graves que el país [EE.UU.] y enormes zonas del planeta podrían afrontar”, asegura John Kappenman, consultor de clima espacial, en declaraciones a Gizmodo.
El Gobierno de Estados Unidos coordinará los esfuerzos en la predicción del clima espacial, la preparación de la infraestructura y la educación, según se desprende de sus dos nuevos documentos: la Estrategia Nacional de Meteorología Espacial y el Plan de Acción. Entre los puntos clave de este programa figura el monitoreo de la vulnerabilidad en el suelo, así como la mejora de las previsiones y de la cooperación internacional, incluida una reunión internacional sobre los impactos sociales y económicos de un posible gran evento solar.
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Aunque se trata de un escenario poco probable, ya que una tormenta solar masiva se desata aproximadamente una vez cada 500 años, si llegara a producirse todo lo que depende de la electricidad podría colapsar.
A finales de octubre un nuevo estudio de un grupo de científicos internacionales reveló que las tormentas solares -erupciones en el Sol que emiten partículas- podrían afectar en un futuro próximo a la Tierra y serían mucho más potentes de lo que se creía hasta ahora.
Fuente: https://actualidad.rt.com/actualidad/190480-tomenta-solar-masiva-mundo-prepara-sin-energia
SUPERTORMENTAS Y MEGATSUNAMIS” ESTE SIGLO
NUEVO ESTUDIO CATASTROFISTA: LA TIERRA SUFRIRÁ “SUPERTORMENTAS Y MEGATSUNAMIS” ESTE SIGLO
Un nuevo estudio sugiere que el nivel del mar crecerá varios metros dentro de los próximos 50 años, sumergiendo ciudades costeras o fluviales, incluida Nueva York y Londres, a finales de este siglo.
Según la investigación dirigida por James Hansen, un climatólogo jubilado de la NASA, el deshielo inicial producirá una capa de agua relativamente dulce sobre la superficie oceánica cerca de la Antártida y Groenlandia.
Este proceso frenará o incluso bloqueará el sistema de corrientes oceánicas que lleva el calor a varias partes del planeta permitiendo su salida parcial al espacio.
Las zonas más profundas del océano, en consecuencia, se irán calentando, algo que acelerará finalmente el derretimiento de la capa de hielo que se ubica bajo el nivel del mar.
Al mismo tiempo las diferencias extremas de temperatura entre los trópicos y los polos darán pie a supertormentas y tsunamis como los sucedidos hace 120.000 años, cuando la Tierra experimentó un calentamiento global.
En aquel momento el nivel de los océanos se encontraba de seis a nueve metros por encima del nivel actual, mientras que la temperatura media de la Tierra era solo un grado mayor que la de ahora.
Si no se toman medidas de urgencia para reducir drásticamente las emisiones de dióxido de carbono, es muy probable que el nivel del mar se eleve “varios metros dentro de 50 a 150 años”, según el estudio publicado en la revista científica europea ‘Atmospheric Chemistry and Physics’.
El típico estudio alarmante que nos regalan periódicamente…
Fuente: https://actualidad.rt.com/ciencias/202870-estudio-tierra-vivira-supertormentas-megatsunamis
¿En qué consiste el Consumo Colaborativo (CC)?
Si se puede sacar algún rasgo positivo de la crisis en la que estamos inmersos, es el hecho de que mucha gente se está replanteando los actuales paradigmas económicos y sociales a muchos niveles. No sólo me refiero a la repulsa mostrada por gran parte de la sociedad hacia las políticas económicas emprendidas en medio mundo en respuesta al descalabro. La sensación de descontento general acaba derivando en acciones concretas en el entorno más cercano de las personas con el objeto de cambiar lo que esté en su mano. Y en su mano está el elegir cómo realiza su actividad diaria de ocio y consumo.
Los avances tecnológicos y el auge de las redes sociales dibujan un panorama inmejorable para que florezcan nuevas formas de organización e intercambio económico. Sumidos en este contexto, los últimos años se han consolidado una serie de modelos socio-económicos novedosos que se pueden concentrar en torno a lo que se ha venido a llamar “Consumo Colaborativo” o “Economía Colaborativa”.
¿En qué consiste el Consumo Colaborativo (CC)?
El concepto es heterogéneo y aúna infinidad de aspectos. En la web Consumo Colaborativo se define como “la manera tradicional de compartir, intercambiar, prestar, alquilar y/o regalar re-definida a través de la tecnología y las comunidades”.
Originalmente, el término fue acuñado por Marcus Felson y Joe L. Spaeth en 1978 pero se empezó a popularizar a partir de un artículo de Ray Algar en 2007. Aunque ha sido el libro de Rachel Botsman y Roo Rogers, What’s Mine Is Yours: The Rise of Collaborative Consumption (Lo que es mío es tuyo: el auge del Consumo Colaborativo, 2010) el que se ha situado como referencia de este movimiento.
La idea subyacente a esta corriente es la de sustituir las bases del consumo actual, el crédito, la publicidad y la propiedad individual por valores como la reputación, la comunidad y el acceso compartido a los bienes.
Botsman y Rogers se dieron cuenta de que gracias a las nuevas tecnologías, estaban prosperando multitud de empresas cuyos paradigmas de consumo diferían de los cánones empresariales al uso. Ejemplos que apuntaban a un nuevo modelo de consumo basado en la cooperación y la asociación a través de interacciones de igual a igual (peer to peer), y que conformarían el embrión de lo que sería la idea de CC. A las empresas que ya habían surgido en el ámbito digital (Spotify, Netflix, Grooveshark…) se fueron sumando muchas otras como Airbnb (couchsurfing), Zipcar (alquiler de coches entre particulares) o Freecicle (reutilización de bicicletas) donde se intercambian bienes de consumo físicos.
Con el paso de los años se han multiplicado los ejemplos de este tipo de colaboración en todo tipo de contextos: compartir trayectos en coche, intercambiar conocimientos y servicios, compartir mesa, alquilar o intercambiar objetos y bienes de todo tipo, apoyar proyectos mediante crowfunding, o compartir espacios para trabajar son sólo algunos de ellos. Existen agrupaciones importantes a nivel económico y social en numerosos terrenos como pueden ser cooperativas, diseños de software libre, credit unions, instituciones de banca pública o monedas virtuales como bitcoin… y los datos nos confirman que este tipo de proyectos no paran de crecer en todo el mundo. Sólo en EEUU se estima que los beneficios del Car-Sharing en 2016 llegarán a más de 3.000 millones de euros. También en España están surgiendo multitud de proyectos que en muchos casos logran convencer a inversores y usuarios como Knok.com, Lanzanos.com o Uolala.
“La tendencia es clara: El acceso vence a la posesión. El acceso es mejor que la propiedad“ Kevin Kelly (Fundador de la revista Wired)
Botsman y Rogers agrupan todos estos ejemplos en 3 sistemas:
•Sistemas basados en producto: los usuarios pagan por disponer del producto sin necesidad de comprarlo, como por ejemplo en el caso de tener en copropiedad un vehículo o alquilar e intercambiar entre particulares. Este tipo de sistema implica cambios en el concepto de propiedad privada en el que se cimentan las industrias tradicionales, y muchas veces se adentra en terrenos no legislados (sobre todo en el ámbito de la copropiedad). En el ámbito digital, sí se están dando pasos que apuntan al replanteamiento del concepto de propiedad, por ejemplo con servicios como Spotify, Steam, Netflix o iTunes.
•Sistemas basados en mercados de redistribución: se basa en la redistribución de bienes usados mediante su venta, intercambio o incluso regalo. La idea es no tirar aquello que ya no se va a utilizar y facilitar su uso a quien lo pueda necesitar.
•Sistemas basados en estilos de vida colaborativos: va más allá de los intercambios materiales para compartir toda clase de experiencias, intereses, espacios, proyectos…Algunas ideas como compartir espacios para trabajar o para pasar la noche cuando estás de viaje, prestamos P2P o bancos de tiempo funcionan extraordinariamente bien sobre todo en ámbitos locales.
¿Qué ventajas nos puede ofrecer el Consumo Colaborativo?
La ventaja más evidente es el ahorro. Compartir, alquilar o tener en copropiedad un objeto conlleva una inversión menor, y los propietarios pueden rentabilizar más sus bienes. A la vez, se intensifica mucho más el uso de los objetos a lo largo de su vida útil, por lo que se consume menos y se hace un uso más eficiente de los productos.
Ya conocemos la lógica del hiperconsumo en la que se basa actualmente la economía y las sutiles manipulaciones a las que la publicidad nos tiene acostumbrados. Si no, documentales como “Comprar, tirar, comprar” o “Story of Stuff” nos serán muy útiles a la hora de entender el problema que representa para la sostenibilidad a largo plazo del planeta y sus recursos. En este contexto, el CC pretende estimular un verdadero cambio en los hábitos de consumo, y esta característica implicaría también modificaciones en los esquemas de producción actuales. Reduces la producción y reduces los desechos, por lo que es innegable que el CC promueve un modelo de economía más sostenible y amigable con el medio.
Además estos sistemas están basados inevitablemente en las interacciones sociales, lo cual es un rasgo positivo que generalmente incrementa la satisfacción de las personas.
¿Tiene algo de innovador el Consumo Colaborativo?
Por supuesto compartir, intercambiar o prestar no es nada nuevo, ni siquiera la lógica que representa la economía colaborativa es tan actual, como podemos ver en la infografía de abajo (click en la imagen para ver en detalle). Entonces, ¿nos encontramos ante una vuelta de tuerca de algo que ya existe?
La clave a la pregunta anterior la encontramos en la creciente importancia de las nuevas tecnologías y el uso que hacemos de ellas. Generar confianza es algo esencial, e Internet y las redes sociales han propiciado un contexto perfecto para llevar a cabo todo tipo de intercambios. Su notable capacidad para generar eficientes sistemas de reputación permite que este tipo de relaciones económicas no se limiten sólo al ámbito local (salvo por las propias limitaciones físicas del producto o servicio).
Tal y como argumentan algunos críticos, puede ser que no se haya inventado nada, pero con el horizonte tecnológico actual nos encontramos en muchos sentidos ante un escenario complemente diferente.
En palabras de Botsman y Rogers: “Ahora vivimos en un mundo global donde podemos imitar los intercambios que antes tenían lugar cara a cara, pero a una escala y de una manera que nunca habían sido posibles. La eficiencia de Internet, combinada con la capacidad crear confianza entre extraños ha creado un mercado de intercambios eficientes entre productor y consumidor, prestador y prestatario, y entre vecino y vecino, sin intermediarios”.
A esto habría que sumar que la progresiva implantación de modelos de consumo colaborativo acabaría consecuentemente generando cambios en los estándares industriales que forzarían a las empresas a innovar en lo relativo al diseño del producto. Y esto quizá sea uno de los grandes retos del mundo actual: pasar del producto de “usar y tirar” a uno resistente y adaptable para satisfacer las necesidades de un uso compartido. Este sería un primer paso necesario para conseguir un modelo económico sostenible, primar la reparación de un objeto por delante de la producción de uno nuevo.
El reto de inventar otro tipo de sociedad
¿Nos encontramos ante una moda pasajera producto de la crisis o ante un cambio de paradigma en el consumo? Si bien la precaria situación económica ha representado un gran aliciente para que se extiendan este tipo de iniciativas colaborativas por el ahorro que representa, este tipo de consumo pretende instalarse en nuestros hábitos diarios. El cc, de alguna manera, desafía al usuario y a sus hábitos de consumo, busca un cambio de mentalidad. Busca fomentar la colaboración en detrimento del consumo acumulativo e individualista.
Fuente: Hardware Business Review. “Beyond Zipcar: Collaborative Consumption”
La filosofía de esta corriente tampoco es la de sustituir la propiedad o el sistema capitalista, pero sí cohabitar con el actual modelo de consumo para progresivamente mirarlo de igual a igual e incluso tomar la delantera, tal y como ha hecho el periodismo digital al tradicional, o Spotify o el mp3 a la venta de música en soportes físicos.
En muchos sentidos están cambiando las reglas del comportamiento humano y el CC puede tener un papel importante en el futuro siempre y cuando se sepa implantar a nivel local e ir tejiendo redes de colaboración cada vez más amplias. Aunque una de las razones que hace que no tenga fronteras es que se basa en una idea tan universal como la del bien común, será importante la capacidad de adaptar estas filosofías a las singularidades culturales y económicas de cada región.
Según la revista Time, el CC es una de las 10 ideas que cambiarán el mundo. Kevin Klein, fundador de la revista Wired también le augura un futuro prometedor. En sus propias palabras “la tendencia es clara: el acceso vence a la posesión. El acceso es mejor que la propiedad”. Desde luego será interesante ver cómo consiguen implantarse los proyectos de CC para que prosperen y trasciendan al día a día del consumidor. El mayor reto que tiene por delante es el de promover un cambio de conciencia a la hora de consumir y comprar, y anteponer en muchos casos las dinámicas colaborativas a la posesión individual.
Algunas web de referencia:
En España:
•http://www.consumocolaborativo.com/
•http://ouishare.net/es/
•Directorio de proyectos
En el mundo:
•http://www.collaborativeconsumption.com/
•http://www.shareable.net/
•Directorio de proyectos
Ésta es una explicación sin ánimo de lucro
23 de marzo de 2016
La banca ha subido hasta un 185% en cinco años algunas comisiones
Varias monedas y una tarjeta de crédito.
Un estudio de Adicae acusa a las entidades nacionalizadas de subir sus tarifas más que el resto de entidades.
El 45% de consejeros de banco subieron su salario en 2011 pese a que el beneficio cayó un 63%
NICOLÁS M. SARRIES. 20.12.2012 - 08:03h
La banca "está haciendo pagar su crisis a todos los consumidores".
Esta es la conclusión a la que llega la asociación de usuarios de bancos Adicae, que denuncia que, pese a la caída de la actividad, el aumento del paro y la caída de salarios generalizada, las entidades financieras no han dudado en aplicar subidas de entre el 62,8 y el 33,4% desde el inicio de la crisis.
Los usuarios de banca denuncian que es especialmente acusada en las entidades rescatadas con dinero público
El aumento de tarifas es especialmente acusado en el caso de las comisiones por estudio de una hipoteca:
en cinco años casi se han triplicado (un 185,9%) en la banca generalista, duplicado en las entidades foráneas que operan en España e incrementado un 142% en las intervenidas por el Estado, tal como señala este estudio, que analiza las comisiones cobradas por 24 entidades –11 españolas 'sanas', 6 extranjeras y 7 nacionalizadas– en el periodo 2007-2012
También se han encarecido muy por encima de la media lascomisiones por mantenimiento de cuenta corriente –entre un 180 y un 102%, según Adicae–
Así, mientras que un pequeño ahorrador de un banco o caja medianos pagaban en2007 entre 19 y 21 euros al año por tener su libreta, los usuarios pagan ahora hasta 59 euros anuales de media.
Si bien la subida es generalizada, los usuarios de banca denuncian que es especialmente acusada en las entidades rescatadas con dinero público.
Por ejemplo, han duplicado la cuota media anual por tener una tarjeta de crédito.
"Algunas tarifas parecen más baratas a simple vista, pero si las analizamos comprobamos que compensan esa rebaja aplicando un importe mínimo más alto", denuncia en su informe Adicae.
Sueldos de 413.000 euros
Mientras las entidades aprietan las tuercas de los clientes para compensar la caída de beneficios –un 63,7% en 2011, según los últimos datos de la patronal bancaria– sus consejeros aumentaron en un 5,6% de media sus remuneraciones.
La subida es el doble en el caso de las retribuciones fijas –es decir, que no dependen del cumplimiento de ningún tipo de objetivo–; en este caso han subido un11% en el último año, tal como refleja elInforme de Gobierno Corporativo publicado este miércoles por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Pese las ayudas públicas y el desplome de los beneficios, casi la mitad de las cúpulas dirigentes del sector financiero –un 45%– no dudaron en incrementar sus salarios.
Y es que este sector sigue siendo el que mejor remunera a sus altos cargos.
El año pasado cada consejero empleado en las finanzas percibió de media unos413.400 euros –609.600 euros en el caso de los bancos–, frente a los 253.000 euros que percibió un alto cargo de una gran empresa de otros sector.
La factura seguirá subiendoLas comisiones seguirán subiendo en el medio plazo, según la patronal bancaria.
Durante la presentación del balance del tercer trimestre del año, el secretario general de la Asociación Española de Banca (AEB), Pablo Villasante, dejó claro que las entidades han de aumentar su eficiencia y sus márgenes de interés.
En la misma línea, el Banco Santander, durante la presentación de su plan de fusión con Banesto, adelantó su intención de recuperar "los márgenes y comisiones perdidos", ya que, según afirmó, los márgenes actuales "aún tienen recorrido".
20minutos.es
Publicado por WEB DE PROMOCIÓN ALTERNATIVA en 0:00
Diez comisiones bancarias que se pueden evitar
¿Es posible evitar las comisiones bancarias?
¿Cuáles de ellas son negociables? ¿Hay establecido algún límite para evitar comisiones abusivas?
Las entidades cobran comisiones por los propios productos bancarios, pero también por sus servicios, y por la administración, tramitación y prestaciones de servicios de inversión.
Aunque las entidades tienen la obligación de informar de cuánto cuesta cada producto y de cuáles son los gastos de las operaciones, lo cierto es que muchas veces el cliente es consciente de ellas cuando las descubre revisando los movimientos a través de la banca online o cuando llegan los extractos de operaciones a su correo.
¿Es posible evitar las comisiones bancarias? ¿Cuáles de ellas son negociables?
¿Hay establecido algún límite para evitar comisiones abusivas?
La tendencia de las entidades bancarias es la de eliminar comisiones en la mayoría de sus productos o servicios, pero lamentablemente todavía hay muchas comisiones que gravan el ahorro de los españoles. Si se compara adecuadamente, es posible evitar no sólo una sino hasta diez comisiones diferentes:
1. Mantenimiento y administración de cuenta: la banca online ha eliminado prácticamente estas comisiones, otras permiten dejar un saldo mínimo en cuenta para evitarlas.
Lo ideal es que den intereses por el dinero en cuenta (las cuentas remuneradas), pero como mínimo es muy importante negociar que no cobren comisiones por servicios o cambiar de banco.
2. Descubierto de cuenta: es una comisión difícil de evitar, ya que se trata de una situación en "números rojos" que el banco procederá a aplicar un pago, una comisión mínima o un porcentaje sobre el saldo que ha quedado ha descubierto.
Bastará con mantener siempre un saldo mínimo a prueba de recibos de última hora, fácil de decir pero a veces imposible de cumplir.
3. Inactividad o exceso de movimientos: una pequeña retirada de efectivo cada cierto tiempo o un depósito de manera frecuente, pero sin excedernos, mantendremos un ciclo de movimientos natural en la cuenta.
4. Mantenimiento de tarjeta de crédito: no hay que llevarse a engaño. Muchas entidades ofrecen tarjetas de crédito gratuitas, pero sólo durante una primera etapa promocional. Mientras algunas verdaderamente lo son, otras cobran una pequeña cantidad anual, y con otras sólo será necesario realizar diferentes pagos al año por un importe mínimo que, en la mayoría de los casos, suele ser perfectamente asumible si hacemos un uso frecuente de la misma.
5. Retirada de efectivo de cajeros: si se va a retirar de manera frecuente dinero del cajero con la tarjeta de crédito, es mejor optar por una tarjeta de débito y tener clara la relación de cajeros en las que esta operación está exenta de comisiones.
5. Retirada de efectivo de cajeros: si se va a retirar de manera frecuente dinero del cajero con la tarjeta de crédito, es mejor optar por una tarjeta de débito y tener clara la relación de cajeros en las que esta operación está exenta de comisiones.
6. Transferencias e ingresos de cheques y pagarés: forman parte del grupo de comisiones eliminadas de los bancos que trabajan a través de Internet. En el caso de las transferencias es posible evitarlas solicitando una orden de transferencia o traspaso de efectivo en la que, como requisitos, debemos ser titulares de ambas cuentas y que la cuenta origen acepte este tipo de operaciones.
7. Gastos de correspondencia: en la plataforma online de la entidad, se puede desbloquear la opción para que no envíen correo postal de los movimientos o solicitudes que se realicen en la cuenta.
8. Comisión de estudio y apertura de un crédito: este tipo de comisión puede evitarse si se solicita dentro de las condiciones especiales de los préstamos para jóvenes, autónomos o pequeñas empresas, donde este tipo de comisiones suelen ser más flexibles.
9. Modificación de las condiciones: las novaciones, o modificaciones de las condiciones de un préstamo, tienen la ventaja de que nos evitan los costes notariales y registrales de las hipotecas. La comisión está limitada al 0,1% del capital que quede por amortizar cuando el préstamo a interés variable.
10. Cancelación anticipada del depósito a plazo: las entidades que operan online y aquellos depósitos que se realizan con un importe bajo y con un vencimiento a corto plazo, no suelen disponer de este tipo de comisión. Para una liquidez completa, es posible optar por un depósito a la vista o cuenta remunerada, donde no sólo se puede cancelar en cualquier momento, sino que permite realizar retiradas de efectivo total o parcial, sin modificar la rentabilidad del producto.
Negociar comisiones
A cambio de disfrutar de productos sin comisiones el cliente tendrá que asumir algún tipo de condición que puede ir desde una mínima vinculación con la entidad,
como la domiciliación de la nómina (que en la mayoría de los casos no supone mayor inconveniente al bolsillo),
mantener un saldo o consumo mínimo anual (habrá que hacer cuentas y una estimación de si esta condición se puede llevar a cabo sin problemas mayores)
o la contratación de otro producto de la entidad (es necesario plantearse si realmente nos interesa contratar un plan de pensiones o una tarjeta de crédito;
las condiciones que ofrecen pueden no ser tan interesantes como otros productos del mercado, teniendo en cuenta que seguramente acarreen unas comisiones que hagan perder todo el ahorro anterior).
Las entidades bancarias tienen la obligación de publicar un folleto con todas las tarifas máximas de comisiones, registrado en el Banco de España, indicando cuáles son los gastos que puede acarrear cada operación. Las entidades que ofrecen servicios de inversión también están sujetas a las mismas obligaciones, en este caso, sus tarifas máximas están registradas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
http://www.expansion.com/2012/08/10/midinero/1344599071.html
Las comisiones bancarias : El negocio menos visible
Porcentaje de Gastos cubiertos por las comisiones.
Una cuenta de ahorro, disponer de una tarjeta de crédito, realizar transferencias o cobrar un cheque cuestan dinero, y mucho.
Muchos bancos cubren sus todos sus gastos simplemente con las comisiones,cuyos ingresos son iguales a todas las demás partidas de ingresos del banco sumadas.
El Banco de España avisa de que las comisiones se han triplicado desde 1995; curiosamente siguen siendo las únicas empresas que sólo abren sus locales por la mañana.
Incremento de las comisiones bancarias en España.
Las comisiones bancarias son cantidades que los bancos y cajas de ahorro cobran por los servicios de intermediación o gestión que prestan.
Salvo puntuales excepciones, facturan a los clientes tanto por la actividad que se mantenga con la entidad como por la inactividad ,por la contratación de un producto como por su cancelación .
Por todo ello, los tipos de interés de los productos financieros no han de ser las únicas cifras a las que debemos prestar atención antes de elegir una entidad bancaria, si bien hemos de saber que el margen de maniobra del consumidor es escaso: las variaciones de las comisiones entre entidades bancarias son generalmente escasas.
Cada entidad aplica las comisiones que estima oportunas, previa consulta con el Banco de España y con la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Las normas de protección al consumidor incluyen la obligación de informar al usuario. Las entidades deben publicar en sus tablones de anuncios estas tarifas y facilitar al cliente un extracto de las mismas.
Ahorrar se paga
Bancos y cajas cobran por ingresar dinero, por sacarlo, e incluso, aunque parezca una incongruencia, también cobran por no hacer ni una cosa ni la otra, ya que la inactividad también se paga.
En concreto, a partir del tercer año de inactividad en una cuenta de ahorros algunos bancos y cajas cobran seis euros semestrales en concepto de comisión.
Por disponer de una cuenta corriente, el titular debe abonar -en concepto de gastos de mantenimiento- entre 10,80 y 54,10 euros anuales, según la entidad bancaria de que se trate.
A estas cantidades hay que sumar las comisiones por cada apunte u operación realizada.
Aunque algunos bancos o cajas no cobran por este concepto y otras solamente lo hacen a partir de un número determinado de apuntes, cada anotación en cuenta –no son computables a estos efectos los reintegros en efectivo, los adeudos de cheques ni los apuntes generados por la liquidación de intereses o comisiones- puede suponer al titular un coste de hasta 0,45 euros.
Los números rojos, cómo no, también cotizan, y los descubiertos en cuenta corriente y libretas de ahorro son considerados operaciones de crédito a todos los efectos, aplicándose comisiones.
El dinero de plástico también es caro
La posesión de una tarjeta de crédito puede ocasionar un desembolso anual de hasta 24,04 euros, mientras que el coste de una de débito oscila entre 3,61 y 12,02 euros al año.
Si la tarjeta es “oro” o similar (ofrecen un tope mayor de crédito), la cuota se puede elevar hasta los72,12 euros anuales.
Pero las tarjetas de plástico exigen precauciones a la hora de usar el cajero automático, ya que también se ven afectadas por el cobro de comisiones, y al no estar sometidas a una regulación específica respecto a las comisiones aplicables, las entidades las aplican libremente.
Extraer dinero de un cajero puede suponer hasta un 4%, con un mínimo de 2,50 euros, según se retire el dinero en la propia entidad, en un cajero de la red o de red ajena.
Es decir, extraer 60 euros en un cajero de la competencia puede generar al usuario un coste añadido de 2,50 €. Por lo que respecta a las disposiciones a crédito, tambien estan grabadas.
Movimientos de fondos
Bancos y cajas de ahorro cobran a sus clientes cada vez que éstos realizan una transferencia o gestionan un ingreso por cheque, letra o pagaré.
Los gastos dependen de las siguientes variables: la forma en la que se formula la orden de pago (manualmente es más cara que en soporte magnético o informático), la urgencia de la transmisión y el destino de la operación.
Préstamos con mucho interés
Los gastos bancarios representan cantidades importantes cuando el usuario formaliza un crédito hipotecario o de consumo, con unos costes de apertura que se mueven entre el 1’5% y el 4% de la cantidad prestada.
También acarrean comisiones la mayoría de las cancelaciones anticipadas de préstamos, hasta el 1% en los créditos hipotecarios y entre el 1’5% y el 3% en los créditos personales.
El estudio previo a la concesión del préstamo también supone comisión bancaria.
En los préstamos hipotecarios, esta comisión debe presentarse dentro de la comisión de apertura. Normalmente, se calcula como porcentaje, entre el 0'20 y el 2% del im-porte del préstamo, con unos mínimos que oscilan entre los 12’02 y los euros.
Requisitos de las comisiones bancarias
> Ser realmente necesarias. El servicio cobrado debe responder a un servicio efectivo y no recogido por otro producto ya contratado por el cliente.
> No ser sorpresivas. El precio de la comisión debe ser comunicado de forma inteligible al consumidor.
> Ser legales. Aunque el cobro está liberalizado, debe respetar diversas normas que regulan la materia.
> No resultar abusivas. Deben cubrir los gastos de la entidad y su margen de beneficios; ello implica que no puedan cobrar comisiones cuya cuantía sea proporcional al nominal de la operación.
> También es ilícito cobrar comisiones por seguimiento y administración de un préstamo, pues son actuaciones que el banco realiza por su propio interés.
> No pueden exceder la cuantía fijada. En las cancelaciones anticipadas de hipotecarios variables, son del 1%, y en los créditos al consumo, del 1,5% en los variables y del 3% en los fijos. Respecto a las hipotecas a tipo fijo, y aunque haya que hacerlo sin soporte legal, conviene reclamar las comisiones superiores a un 2,5%.
> Modificaciones de las comisiones. Para modificarlas deben haber transcurrido dos meses desde su publicación en el Tablón de Anuncios de la Entidad.
> No pueden repercutir en el cliente los gastos generados por la insuficiente diligencia de la entidad (gastos que se ocasionen por la no presentación dentro de plazo de recibos u efectos, como consecuencia de la actuación negligente del banco o por fallos en el sistema informático).
> Tampoco pueden cobrarse comisiones no previstas en el contrato.
> No se puede cobrar ninguna comisión por descubierto cuando éste se produzca como consecuencia de normas de valoración a la hora de imputar un abono o adeudo en una determinada fecha. En todo caso, las comisiones por descubierto, si proceden, deben ser proporcionales al descubierto generado.
> Comisiones por devolución de cheques, letras, recibos... entregados para su presentación al cobro a una entidad bancaria. El Banco de España las considera incorrectas, si el Banco o Caja no ha informado previamente a los clientes que en caso de impago del titulo, se cobrará comisión por devolución.
¿Qué dice la ley?
- Las dos normas en las que se basan las comisiones bancarias en España son la Orden ministerial de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés, comisiones, normas de actuación e información a los clientes y publicidad de las entidades de crédito, y la Circular 8/1990 del Banco de España de transparencia de las operaciones de las entidades de crédito y protección de la clientela, con sus posteriores modificaciones.
- Ambas normas prevén un sistema de libertad de precios para la práctica totalidad de las comisiones, pero con limitaciones: los bancos y cajas de ahorro no podrán cargar tipos o cantidades superiores a las contenidas en las tarifas, ni cobrar comisiones por conceptos no mencionados en las mismas.
Tampoco podrán cargar comisiones y gastos por servicios no aceptados o solicitados formalmente por el cliente.
Además, se establece que las comisiones o gastos repercutidos tendrán que responder a servicios efectivamente prestados o a gastos reales.
- La ley establece también garantías formales para los usuarios, como la publicidad de las tarifas y la entrega del documento contractual.
Un supuesto práctico de gasto anual en comisiones
- Gasto anual del titular de una cuenta corriente y 2 tarjetas, una de crédito y otra de débito:
- Mantenimiento anual de la cuenta corriente y 5 apuntes al mes... entre 10’80 y 81’10 euros.
- Coste anual de una tarjeta de crédito clásica, con cinco disposiciones en efectivo de 60’02 euros en la propia entidad y una de 120’20 euros en otra red... entre 9’62 y 37,83 euros
- Coste anual de la tarjeta de débito, con 33 disposiciones en efectivo de 60’02 euros y 2 de 150,25 euros en la propia entidad, 11 disposiciones en efectivo de 60’02 euros en otra entidad de la red, 2 disposiciones en efectivo de 200 euros en otra entidad de la red y 4 disposiciones de 60,02 euros en otra red… entre 5’04 y 42’52 euros
- Seis transferencias normales de 180’30 euros a otra cuenta de la que es titular en la misma plaza. Una transferencia urgente de 120’20 euros a una cuenta en otra ciudad… entre 7’51 y 31’23 euros
- Seis ingresos en cuenta de cheques de 721’21 euros… entre 5’4 y 14’4 euros
Total del gasto anual de comisiones: entre 38’37 y 209’49 euros
http://usuariosbancos.blogspot.com/2011/02/las-comisiones-bancarias-el-negocio_21.html
Como reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”
Como reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”
Como reclamar a los Bancos el cobro indebido de “comisiones por descubierto”
Los cargos por comisiones bancarias debidas al descubierto en nuestras cuentas es algo habitual, de hecho son cientos de miles los usuarios que una o varias veces han visto como sus bancos o cajas les cobraban una comisión que va normalmente desde los 24 a los 40 €, dependiendo de la entidad.
Estas comisiones son “justificadas” por las entidades como los gastos provocados por la notificación al cliente de su situación dedescubierto, algo que casi nunca sucede, y cuando el banco lo hace es a través de una simple llamada teléfonica o unacarta ordinaria (no certificada).
Evidentemente dichas vías de comunicación (teléfono o carta) no son proporcionales a los costes tan elevados que aplican en las comisiones, además de que la entidad tampoco puede demostrar que las ha realizado.
Los bancos lo saben de sobra, pero no les importa, puesto que la única “misión” de estas comisiones es simplemente la de recaudar y no la de sufragar coste alguno, ya que se realizan de forma automatizada y sistemática, todo ello a sabiendas de que si el cliente las reclama adecuadamente se las tendrán que devolver.
Recuerda que cada banco utiliza distintas formas de expresarlo en sus apuntes bancarios, por lo que ante cualquier duda de un cargo que pueda poner “gastos varios” o cualquier otro concepto, exige que te expliquen CLARAMENTE a que se deben esas comisiones.
Por supuesto a estas comisiones hay que añadir los correspondientes intereses de demora, los cuales son legales, siempre y cuando estén bien calculados.
No debes confundir estas comisiones con las que corresponden a la gestión de cuentas o a los gastos de mantenimiento, algunas de estas comisiones también se pueden reclamar, pero NO a través del formato de carta que te ofrecemos al final del post.
Si te han cobrado una o varias comisiones por descubierto en tu cuenta causados por el retraso en el pago de recibos, de créditos o préstamos hipotecarios, o de los plazos de tu tarjeta, RECLAMA….
NO DEJES QUE TE ROBEN.
Los pasos a seguir son los siguientes:
1º- Este paso es optativo, ya que es el de acudir a tu oficina bancaria y hablar con el director o responsable de turno, algo que SOLO te recomendamos que hagas SI SABES que no vas a acabar saliendo del banco sin que te devuelvan el dinero, y además con un cabreo de dos pares de narices porque te han tratado como si fueras idiota, y ellos MUY LISTOS.
2º- Solicita a tu banco o imprime on-line (si tienes acceso a tus cuentas por internet), el o los extractos donde figuran lascomisiones indebidas, y si no tienes en tu poder el contrato firmado al abrir la cuenta o solicitar la tarjeta, pide también una copia, ya que puede ser que más tarde lo necesites a la hora de reclamar al Banco de España, y te ahorraras visitas a tu sucursal y el tener que verles la cara más de lo imprescindible.
3º- Rellena con tus todos tus datos (incluido el NIF) y firmada, LA CARTA que te adjuntamos al final del post, y envíala al DEFENSOR DEL CLIENTE del banco, en la propia entidad te tienen que informar de como hacerlo.
Hay varias opciones que debes tener en cuenta para este paso:
- Puede ser que el banco acceda a sellarte una copia de la carta, así que llévala por duplicado y podrás enviarla al Banco de España en caso de que no te contesten o te nieguen la devolución.
- Si no te la sellan, puedes optar por enviarla y confiar en que te respondan o enviarla por correo certificado, aunque si reclamas una cantidad pequeña puedes intentarlo sin certificar, y si en 2 meses no recibes respuesta, volver a enviarla certificada.
- Dependiendo de la comunidad autónoma donde vivas, puedes solicitar en tu banco una hoja de reclamaciones, que tendrás que cubrir “in situ” y de la que el banco te debe dar una copia, esta copia la llevas a la oficina de consumo de tu población y ellos te tramitan la reclamación sin coste alguno, por lo que te ahorras el tener que certificarla y tienes copia para una posible reclamación al Banco de España.
- Si en tu banco se niegan a darte la hoja de reclamaciones, no te cortes, llama tranquilamente a la policía municipal y verás como pierden el culo para dártela, eso si, entérate bien antes de que en tu comunidad sea obligatorio para el banco (que sepamos Castilla y León NO tiene esa obligación, pero puede haber más).
4º- En muchos casos el defensor del cliente te contestará favorablemente y te devolverán los cobros indebidos, aunque a veces pretenden descontarte una parte de TU DINERO basándose en “inventos” que no te deben distraer de tu fin último, que no es otro que el que te devuelvan TODO EL DINERO que te han ROBADO…..
!!! NO PERMITAS QUE TE ROBEN NI UN EURO DE LO RECLAMADO !!!
5º- Si no te contestan en un máximo de dos meses, lo hacen desfavorablemente para ti o quieren ROBARTE una parte de lo reclamado, ponte en contacto con el Banco de España.
En ESTE ENLACE tienes toda la información de como hacerlo.
Recuerda que tendrás que enviar al Banco de España la siguiente documentación:
Fotocopia de tu DNI.
Los extractos bancarios donde figuran las comisiones indebidas claramente señaladas, a poder ser con un rotulador fosforescente.
La copia de la carta enviada al defensor al cliente, bien sea ordinaria, certificada o en hoja de reclamaciones, y si las ha recibido, la contestación del defensor del cliente.
La copia del contrato de apertura de la cuenta o de la tarjeta, esto hasta ahora no era necesario, pero últimamente se están recibiendo contestaciones del Banco de España solicitando los contratos, algo insólito, porque el reclamar un apunte realizado ya justifica la existencia de la cuenta o tarjeta, pero se ve que el Banco de España ante la masiva llegada de reclamaciones está protegiendo, como siempre, a sus amigos los bancos, y trata de obstaculizar en lo posible los tramites a los ciudadanos.
6º- Como ultima opción siempre te quedaran los juzgados de primera instancia, algo que no debes descartar en el caso de que el montante de dinero que te hayan ROBADO ascienda a una cantidad moderada, aunque lo más seguro es que si realizas todos los pasos anteriores no necesites llegar a este extremo.
Son muchas las sentencias favorables por parte de los jueces sobre este y otros asuntos relacionados con los abusos bancarios.
¿Las reclamaciones dan de verdad resultados?
Pues SI, ya que en muchas ocasiones el propio banco al recibir la carta de reclamación comprueba que estamos bien informados y dispuestos a llegar hasta el final, y decide devolvernos los importes ROBADOS.
En la inmensa mayoría de reclamaciones, la respuesta del Banco de España es favorable para el usuario, y aunque esta no es vinculante, los bancos suelen devolver los importes, ya que al final de cada ejercicio el propio Banco de España emite un informe con todos los casos de reclamaciones y quejas, satisfechas o no por las entidades, y ningún banco quiere destacar negativamente en ese dossier.
Además que en la propia carta ya les dejas claro que si el dictamen del Banco de España te es favorable y ellos no acceden a cumplirlo, acudirás al juzgado.
Para finalizar te pedimos que DIFUNDAS esta información y ayudes a parar esta ESTAFA que no hace más que agravar los problemas económicos de la cuidadanía más vulnerable, además de ser un autentico ATRACO sin ninguna justificación real ni legal, más allá de la insaciable voracidad de la mayoría de ESTOS ESTAFADORES PROFESIONALES llamados BANCOS.
——————————————————————————————
CARTA PARA ENVIAR AL DEFENSOR DEL CLIENTE DE TU BANCO
Lugar y fecha
Soy titular de la (tarjeta, cuenta o préstamo) __________________________ respecto de la cual desearía poner de manifiesto la siguiente irregularidad: la repercusión en mi cuenta de Gastos de Reclamación por importe de 00 € anotado el 00/00/2000, al haberse producido un retraso en el pago de la cuota, sin tener en cuenta la cuantía y duración de la mora, y no obstante la circunstancia de que el retraso ya se me penaliza mediante un tipo interés de demora de por si suficientemente elevado.
A mayor abundamiento, la mera existencia de la referida comisión es ilegal, pues no obedece ni a un servicio solicitado previamente en firme por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad, ni a un gasto que haya debido asumir ésta; de hecho la entidad no me ha reclamado en sentido estricto nada, ni me ha requerido fehacientemente para la regularización de la demora, habiéndose limitado a repercutir en mi cuenta la referida comisión.
Todo ello vulnera la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
Quiero recordar que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su Memoria que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas.
Entiende dicho Servicio que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado alguna gestión encaminada al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión».
Redunda que su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador)
Les recuerdo además que la ley del préstamo al consumo de 1995 enuncia en el artículo 13 sobre el cobro indebido:
2. Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos.
Les agradeceré que retrotraigan dichas cantidades, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva.
En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.
Sin nada más que añadir, y quedando a la espera de que accedan a las peticiones expuestas en el presente escrito, reciba un cordial saludo.
————————————————————————–
Carta extraida de Foro antiusura
http://economiazero.com/como-reclamar-a-los-bancos-el-cobro-indebido-de-comisiones-por-descubierto/
Los pasos a seguir son los siguientes:
1º- Este paso es optativo, ya que es el de acudir a tu oficina bancaria y hablar con el director o responsable de turno, algo que SOLO te recomendamos que hagas SI SABES que no vas a acabar saliendo del banco sin que te devuelvan el dinero, y además con un cabreo de dos pares de narices porque te han tratado como si fueras idiota, y ellos MUY LISTOS.
2º- Solicita a tu banco o imprime on-line (si tienes acceso a tus cuentas por internet), el o los extractos donde figuran lascomisiones indebidas, y si no tienes en tu poder el contrato firmado al abrir la cuenta o solicitar la tarjeta, pide también una copia, ya que puede ser que más tarde lo necesites a la hora de reclamar al Banco de España, y te ahorraras visitas a tu sucursal y el tener que verles la cara más de lo imprescindible.
3º- Rellena con tus todos tus datos (incluido el NIF) y firmada, LA CARTA que te adjuntamos al final del post, y envíala al DEFENSOR DEL CLIENTE del banco, en la propia entidad te tienen que informar de como hacerlo.
Hay varias opciones que debes tener en cuenta para este paso:
- Puede ser que el banco acceda a sellarte una copia de la carta, así que llévala por duplicado y podrás enviarla al Banco de España en caso de que no te contesten o te nieguen la devolución.
- Si no te la sellan, puedes optar por enviarla y confiar en que te respondan o enviarla por correo certificado, aunque si reclamas una cantidad pequeña puedes intentarlo sin certificar, y si en 2 meses no recibes respuesta, volver a enviarla certificada.
- Dependiendo de la comunidad autónoma donde vivas, puedes solicitar en tu banco una hoja de reclamaciones, que tendrás que cubrir “in situ” y de la que el banco te debe dar una copia, esta copia la llevas a la oficina de consumo de tu población y ellos te tramitan la reclamación sin coste alguno, por lo que te ahorras el tener que certificarla y tienes copia para una posible reclamación al Banco de España.
- Si en tu banco se niegan a darte la hoja de reclamaciones, no te cortes, llama tranquilamente a la policía municipal y verás como pierden el culo para dártela, eso si, entérate bien antes de que en tu comunidad sea obligatorio para el banco (que sepamos Castilla y León NO tiene esa obligación, pero puede haber más).
4º- En muchos casos el defensor del cliente te contestará favorablemente y te devolverán los cobros indebidos, aunque a veces pretenden descontarte una parte de TU DINERO basándose en “inventos” que no te deben distraer de tu fin último, que no es otro que el que te devuelvan TODO EL DINERO que te han ROBADO…..
!!! NO PERMITAS QUE TE ROBEN NI UN EURO DE LO RECLAMADO !!!
5º- Si no te contestan en un máximo de dos meses, lo hacen desfavorablemente para ti o quieren ROBARTE una parte de lo reclamado, ponte en contacto con el Banco de España.
En ESTE ENLACE tienes toda la información de como hacerlo.
Recuerda que tendrás que enviar al Banco de España la siguiente documentación:
Fotocopia de tu DNI.
Los extractos bancarios donde figuran las comisiones indebidas claramente señaladas, a poder ser con un rotulador fosforescente.
La copia de la carta enviada al defensor al cliente, bien sea ordinaria, certificada o en hoja de reclamaciones, y si las ha recibido, la contestación del defensor del cliente.
La copia del contrato de apertura de la cuenta o de la tarjeta, esto hasta ahora no era necesario, pero últimamente se están recibiendo contestaciones del Banco de España solicitando los contratos, algo insólito, porque el reclamar un apunte realizado ya justifica la existencia de la cuenta o tarjeta, pero se ve que el Banco de España ante la masiva llegada de reclamaciones está protegiendo, como siempre, a sus amigos los bancos, y trata de obstaculizar en lo posible los tramites a los ciudadanos.
6º- Como ultima opción siempre te quedaran los juzgados de primera instancia, algo que no debes descartar en el caso de que el montante de dinero que te hayan ROBADO ascienda a una cantidad moderada, aunque lo más seguro es que si realizas todos los pasos anteriores no necesites llegar a este extremo.
Son muchas las sentencias favorables por parte de los jueces sobre este y otros asuntos relacionados con los abusos bancarios.
¿Las reclamaciones dan de verdad resultados?
Pues SI, ya que en muchas ocasiones el propio banco al recibir la carta de reclamación comprueba que estamos bien informados y dispuestos a llegar hasta el final, y decide devolvernos los importes ROBADOS.
En la inmensa mayoría de reclamaciones, la respuesta del Banco de España es favorable para el usuario, y aunque esta no es vinculante, los bancos suelen devolver los importes, ya que al final de cada ejercicio el propio Banco de España emite un informe con todos los casos de reclamaciones y quejas, satisfechas o no por las entidades, y ningún banco quiere destacar negativamente en ese dossier.
Además que en la propia carta ya les dejas claro que si el dictamen del Banco de España te es favorable y ellos no acceden a cumplirlo, acudirás al juzgado.
Para finalizar te pedimos que DIFUNDAS esta información y ayudes a parar esta ESTAFA que no hace más que agravar los problemas económicos de la cuidadanía más vulnerable, además de ser un autentico ATRACO sin ninguna justificación real ni legal, más allá de la insaciable voracidad de la mayoría de ESTOS ESTAFADORES PROFESIONALES llamados BANCOS.
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CARTA PARA ENVIAR AL DEFENSOR DEL CLIENTE DE TU BANCO
Lugar y fecha
Soy titular de la (tarjeta, cuenta o préstamo) __________________________ respecto de la cual desearía poner de manifiesto la siguiente irregularidad: la repercusión en mi cuenta de Gastos de Reclamación por importe de 00 € anotado el 00/00/2000, al haberse producido un retraso en el pago de la cuota, sin tener en cuenta la cuantía y duración de la mora, y no obstante la circunstancia de que el retraso ya se me penaliza mediante un tipo interés de demora de por si suficientemente elevado.
A mayor abundamiento, la mera existencia de la referida comisión es ilegal, pues no obedece ni a un servicio solicitado previamente en firme por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad, ni a un gasto que haya debido asumir ésta; de hecho la entidad no me ha reclamado en sentido estricto nada, ni me ha requerido fehacientemente para la regularización de la demora, habiéndose limitado a repercutir en mi cuenta la referida comisión.
Todo ello vulnera la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
Quiero recordar que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su Memoria que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar -porque no existen- haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas.
Entiende dicho Servicio que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado alguna gestión encaminada al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión».
Redunda que su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador)
Les recuerdo además que la ley del préstamo al consumo de 1995 enuncia en el artículo 13 sobre el cobro indebido:
2. Si el cobro indebido se hubiera producido por malicia o negligencia del empresario, el consumidor tendrá el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios causados, que en ningún caso será inferior al interés legal incrementado en cinco puntos, o el del contrato, si es superior al interés legal, incrementado a su vez en cinco puntos.
Les agradeceré que retrotraigan dichas cantidades, y los respectivos intereses, a la mayor brevedad posible; les recuerdo que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España para dar respuesta, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva.
En el caso de que no atiendan a la petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que sería una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.
Sin nada más que añadir, y quedando a la espera de que accedan a las peticiones expuestas en el presente escrito, reciba un cordial saludo.
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Carta extraida de Foro antiusura
http://economiazero.com/como-reclamar-a-los-bancos-el-cobro-indebido-de-comisiones-por-descubierto/
próximo ataque terrorista inminente en Londres.
Una serie de mensajes escalofriantes y amenazantes han aparecido en las redes sociales advirtiendo de un ataque terrorista inminente en Londres.
Jihadistas que se identifican con el grupo terrorista ISIS grupo están publicando mensajes en Twitter acerca de sus planes para atacar Londres, bajo el hashtag #LondonAttack.
Imágenes y amenazas enviados a dicha red social incluyen fotografías de armas y cinturones suicidas, con un usuario llamado ‘Abu Aiman Al kinyi’, que afirma que “Bismillah estamos llegando #londonattack”
Otro mensaje afirma: “Acabo de aprender a fabricar un cinturón suicida que se utilizará en #LondonAttack”.
Estos tweets resultan muy preocupantes ya que el ataque de la semana pasada en una exposición de dibujos de Mahoma en Garland, Texas, fue precedida por una serie de tweets enviados bajo el hashtag #TexasAttack, muy similar al que vemos ahora.
Un retweet advierte a los musulmanes que se mantengan alejados de la zona de Covent Garden, en el West End de Londres, popular entre los compradores y turistas.
Otra sostiene directamente que Floral St, Covent Garden será el objetivo.
Otro tuit muestra la estación de metro de Paddington en un mapa junto a un cinturón suicida y las palabras: “Deja que la realidad golpee el hogar, el sabor del caos, la carnicería y el derramamiento de sangre. #foreignpolicy #QaribanQariba”.
Otro mensaje dice: “Hermanos Hermanas si estais en europa manteneos alejados de las comisarías o los edificios gubernamentales”,
Y otro dice: “ya he hecho la grabación con mi mensaje final, te quiero mamá, te veré en el paraíso: -) Bi’idnillah #LondonAttack”.
Otro mensaje afirma: “el cinturón de TNT explosivo completo lleno de bolas de metralla, imaginaos cuánto daño puede hacer en #UK en un lugar lleno de gente”.
Un mensaje diferente dice: “Muy discreto, fácil de llevar y oculto bajo la ropa. Ellos nunca lo sabrán, entraré en la comisaria de policía, la oficina de asistencia técnica”.
“Buena idea, planeando utilizar este muy pronto en #londonattack”, afirma un tweet junto con otra imagen de lo que parece ser un artefacto explosivo. “Mira a todos los rodamientos de bolas #londonattack pronto inshaAllah”
Las cuentas que han realizado estas amenazas han estado activas durante horas aunque Twitter ya las ha cerrado.
Mientras tanto, los simpatizantes de ISIS también han prometido llevar a cabo un ciber ataque llamado “Mensaje a América” en contra de una serie de objetivos la tarde del lunes 11 de mayo a las 14:00 hora Este en EEUU.
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