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3 de septiembre de 2016

Pelotón de Linchamiento de la Opinión Pública


El Jurado Popular es a menudo utilizado por el Sistema, como Pelotón de Linchamiento de la Opinión Pública

JURADO POPULAR:

Doce HOMBRES sin PIEDAD o doce HOMBRES sin CONOCIMIENTO?
Los Jurados Populares son utilizados, a menudo por el sistema como pelotones de linchamiento de la opinión pública mayoritaria.
Ya sabemos que en cualquier parte del mundo donde existe, un Jurado Popular, éste carece de preparación jurídica, pero hay cierta reticencia al hora de decir que a menudo, se sentencia olvidándose de la premisa principal que debe regir un juicio y es que aunque todo apunte al acusado no se puede condenar sin pruebas.
Por eso mayoritariamente son utilizados por el sistema, en aquellos casos que tienen por su índole, gran repercusión mediática y que por ello, todos esperan que se haga justicia sí o sí en un determinado sentido.
Son casos en los que por su dificultad, resulta difícil demostrar la culpabilidad del acusado y que por ello, pueden ser difícilmente declarados culpables por un jurista profesional y al endosárselo al jurado popular, el sistema simplemente se lava las manos.
En otros, al contrario, se busca la absolución del acusado, por ser de una ideología concreta mayoritaria entre la gente, partidario de una causa que provoque simpatías, miembro de la iglesia o componente de las fuerzas del orden y esperan de éstos y con razón, que levanten un poco la mano a la hora de juzgar.
Normalmente, los integrantes del jurado, llegan al juicio con una opinión previamente deformada y manipulada por los medios.
Y en muchas ocasiones ocurre, que no sentencian con objetividad ni ateniéndose a la pruebas, si las hay, inculpatorias, sino en virtud de aquello que ellos piensan que la sociedad ya ha dictaminado por ellos.
Y se convierten de facto, en simples intermediarios y verdugos de la voluntad popular.
O sea, actúan como vulgares pelotones de linchamiento de la opinión pública mayoritaria y al hacerlo, institucionalizan el linchamiento como una forma jurídica perversa al servicio del poder.
Incluso, en aquellos juicios con jurados populares que no tienen tanta repercusión mediática, muchas sentencias tienen un marcado sesgo basado en perjuicios y opiniones predeterminadas y mayoritariamente establecidas en el acerbo cultural del ciudadano común, que es el que se presupone en la mayor parte de los integrantes del jurado.
Es más fácil condenar a un musulmán o inmigrante que a un español, a una persona con antecedentes que a un componente de las fuerzas de seguridad o a una persona de dudosa moral, de bajos recursos o anti-sistema que a alguien de apariencia más conservadora, con recursos altos o más integrada en el sistema.
El sistema, con los jurados populares, en muchos casos, se cubre las espaldas. Tanto si declaran culpable o no al acusado, la responsabilidad del error o el acierto de la sentencia recaerá tan solo sobre los miembros de los mismos.
Y en el caso de que el error sea de bulto, aquí en España siempre nos quedará el Tribunal Supremo para enmendarlo.
ARMAK de ODELOT





Juicio al jurado popular. La Verdad
July 5, 2010
Nueve personas de la calle. Nueve hombres y mujeres con un objetivo en común: decidir sobre la suerte de un prójimo.
El jurado popular ha vuelto a saltar en las últimas semanas a la palestra. Su decisión de absolver a Francisco José Cano, el policía local de Ceutí acusado de matar de un tiro a un joven lituano, no dejó indiferente a nadie. Llovieron las críticas.
Sin embargo, meses más tarde, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado esa polémica decisión. Esta vez, el jurado ha ganado la partida. La Fiscalía Superior de Murcia, sin embargo, no se da por vencida y recurrirá ante el Tribunal Supremo.
Desde la aprobación de la ley en 1995, la historia del jurado popular ha estado poblada de duras críticas y acérrimas defensas.
¿Es correcto que unos ciudadanos, sin formación jurídica alguna, impartan justicia? Lo cierto es que ni los expertos en Derecho Penal consiguen ponerse de acuerdo sobre este espinoso asunto.
'La Verdad' ha querido en este reportaje plantear el tema a algunos de los más afamados penalistas de la Región y también ellos se alejan en sus posturas.
«Yo, personalmente, suprimiría la institución del jurado. Aún con sus faltas, prefiero los jueces, los profesionales».
El que habla es José MaríaCaballero, director de la Cátedra de Derecho Penal de la UCAM y conocido abogado penalista.
En su trayectoria profesional, Caballero se ha tenido que enfrentar a ocho juicios por jurado que, reconoce, no le fueron nada mal.
No obstante, cree que la justicia habitual, la que ejercen los jueces y magistrados, ofrece más garantías al penado que la de los tribunales populares. «A los ciudadanos les afectan más sus prejuicios y son más dados a dejarse llevar por juicios paralelos», sostiene.
Críticas a la propia Ley
El problema, sin embargo, no pasa simplemente por la falta de formación y la supuesta maleabilidad de los jurados populares. Según Caballero, la propia Ley del Jurado ya arrastra, en sus procedimientos, varias deficiencias. «Resulta políticamente incorrecto decirlo, pero tanto la ley como la institución deberían suprimirse», concluye.
En una postura totalmente opuesta se encuentra el abogado José Luis Mazón -famoso, entre otras cosas, por su demanda para retirar el Cristo de Monteagudo- que se declara totalmente 'jurista'.
«El jurado popular tiene sus puntos oscuros, pero la justicia profesional también los tiene», advierte. «Prefiero, con mucho, el jurado».
Este abogado argumenta que para impartir justicia sólo es necesario el sentido común y que, por lo tanto, cualquier ciudadano con dos dedos de frente es apto para ejercer de jurado.
«Para decidir si alguien intentó matar o no a otra persona sólo hace falta cierto sentido común», recalca.
Mazón reclama, además, un jurado 'al estilo americano', esto es, que sus decisiones no puedan ser revocadas por los juzgados.
«En España se está produciendo un falseamiento de la institución del jurado», denuncia. «Al final son los jueces profesionales los que acaban decidiendo». Este letrado explica que los penados deberían tener derecho a un segundo juicio por jurado, en el caso de que en el primer juicio se haya producido algún error, pero que debería ser la justicia popular la que dijese la última palabra.
En este punto, curiosamente, coinciden ambos letrados. «Lo cierto es que las reglas del juego tendrían que ser estar a lo que el jurado esté», recalca Caballero. «Ahora es al final el Tribunal Supremo el que acaba decidiendo».
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Una de cada cinco sentencias de jurado popular son revocadas por el Supremo
Más de 5.000 acusados han escuchado desde mayo de 1995 el veredicto emitido por los ciudadanos
MATEO BALÍNMadrid / Colpisa, 24 de mayo de 2015
Salvando las distancias, Francisco Camps, Jaume Matas, Lluis Corominas, Dolores Vázquez o José Bretón tienen algo en común. Son algunos de los 5.500 acusados que han pasado por el veredicto de un jurado popular desde que volvió a instaurarse, el 22 de mayo de 1995.
Entonces era ministro de Justicia, el socialista Juan Alberto Belloch, quien encargó al magistrado del Supremo Luciano Varela el borrador del proyecto legal que este viernes cumplió 20 años.
En síntesis, el tribunal del jurado fue creado para acercar la administración de justicia a los ciudadanos. Los requisitos son ser español, mayor de edad, saber leer y escribir y no estar impedido ni aforado.
El 15 % se excusa tras salir elegido en un sorteo. «Es como meter camiones en descarga continua de sentido común en el aparato judicial.
La novedad es que quienes tienen el poder lo pierden a favor de los ciudadanos», resumió en una entrevista el magistrado Varela, padre de la criatura.
En este período el jurado popular se ha consolidado como un elemento más de la Justicia. Aunque desde su creación ha caminado entre dos aguas.
Por un lado están los defensores, para los que «la institución ha funcionado bien con los datos en la mano», según Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia.
Del otro están quienes ponen en duda la profesionalidad del jurado, sobre todo en casos complejos e incluso aquellos marcados por su relevancia mediática, como el caso de los trajes de Camps (fue declarado no culpable de cohecho impropio) o en su momento el juicio a Dolores Vázquez, condenada por el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof y luego absuelta por el Supremo.
«El jurado no percibe los aspectos que aprecia el juez. Es imposible que se aparte porque son personas. En ocasiones se enfrentan a asuntos muy técnicos. En el fondo es una lotería», comenta José Cabrejas, penalista zaragozano que ha asistido a tres juicios con jurado popular como defensor.
«No me fue mal: una absolución, un condena y un acuerdo», enumera. «Los abogados sabemos los márgenes y previsiones reales de los juicios, y con los jurados es imprevisible.
Hay un dicho: si eres culpable que te juzgue un jurado», añade Cabrejas.

Juicios y condenas
La mejor radiografía del tribunal del jurado son los datos. En estos 20 años se han abierto unos 10.000 procedimientos, de los que más de la mitad han acabado en juicio. Una media superior al 89 % de las vistas con ciudadanos acaba en condena, un porcentaje superior al de los jueces en procedimientos sumarios (85 %) o abreviados (79 %).
La fiabilidad de los fallos del jurado popular se mide por la estimación parcial o total de los recursos ante los tribunales profesionales.
Pues bien, en los Tribunales Superiores de Justicia se estiman un 27 % de las apelaciones, mientras que las casaciones al Supremo se sitúan en el 20 %, según los datos del Consejo General del Poder Judicial. Es decir, el alto tribunal revoca en su totalidad una de cada cinco sentencias que dicta el jurado popular y de forma parcial, el 13 % del total.
«Es cierto que existen decisiones puntuales revocadas, pero esto ocurre igualmente con los tribunales profesionales», apunta el magistrado Joaquim Bosch.
Entre los defensores también están quienes plantean revisar el catálogo de delitos juzgados por el jurado y sobre aquellos casos mediáticos en los que se encausa a políticos como Camps. «En este supuesto abogo por un tribunal profesional», opina el portavoz de Jueces para la Democracia.
La ristra de delitos para el jurado popular son parricidio, asesinato, homicidio, inducción al suicidio, cohecho, malversación, fraudes y exacciones ilegales, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, amenazas e incendios forestales.
En el caso de los delitos conexos, aquellos casos en los que algunos delitos imputados son competencia del jurado y otros no, el Tribunal Supremo ha ido haciendo diversas aclaraciones.
La última fijaba que corresponderá a un jurado aquellas conductas cuyo objetivo principal sea la realización de un delito previsto en el anterior catálogo. Si hubiese dudas la competencia se determinará de acuerdo con la que corresponda al delito más gravemente penado.
El alto tribunal también dejó claro que la prevaricación, clave en los casos de corrupción, no la juzga un jurado.
Jose Bretón a su llegada al juicio.| Efe

El jurado popular funciona en España desde 1995
Se realizan unos 500 juicios anuales con este tipo de tribunal
Los profesionales creen que debe seguir, pero que hay aspectos mejorables
Isabel F. Lantigua | Madrid
Veredicto al jurado popular
June 28, 2013


"Ya está crucificado", dijo el letrado de José Bretón cuando supo que le iba a juzgar un jurado popular compuesto por siete mujeres y dos hombres. "La opinión pública le ha condenado", añadió. Es un temor, una corazonada a raíz de la reacción que ha despertado esta historia, pero no una realidad. De momento. No hay nada fijo de antemano. Son las nueve personas del jurado, de entre 35 y 60 años elegidas de forma aleatoria, quienes decidirán, en función de lo que vean y escuchen en el juicio que se está celebrando, si Bretón es culpable o no de la desaparición y el asesinato de sus hijos, Ruth y José.
¿Podrán alejarse de la presión social y mediática que rodea el caso? ¿Pueden mantener la mente fría y evaluar las pruebas sin ser expertos en leyes? Son las preguntas que surgen de manera recurrente en torno al jurado popular, una figura defendida por los profesionales, aunque con matices.
¿Puede abstraerse el jurado completamente y aislarse de lo que dicen los medios?
Este jurado funciona en España desde la ley del jurado de 1995, aunque ya se contemplaba en el artículo 125 de la Constitución de 1978. Está formado por nueve ciudadanos que se eligen del censo electoral. La selección se hace multiplicando por 50 el número de causas que vaya a conocer el Tribunal, en función de los procesos de años anteriores. En la actualidad, el número de procedimientos anuales con jurado popular se ha estabilizado alrededor de 500, según cifras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Los únicos requisitos para formar parte del mismo son ser español, mayor de edad, saber leer y escribir y no padecer ninguna incapacidad física o psíquica que impida el desarrollo de la función como jurado. Nada más.
"Esta ley fue una conquista para toda la sociedad y tiene muchas virtudes, pero también defectos. Está claro que necesitaría una reforma", explica a ELMUNDO.es el letrado Francisco Gómez Gracia. "Uno de los aspectos criticables es el proceso de selección. Mientras en otros países, como EEUU, acceder al tribunal exige varias pruebas duras y se tiene en cuenta el caso que se juzga, por ejemplo que si el acusado es un negro no sea todo el jurado blanco y cosas así, aquí no se piensa en eso", añade.
Otro problema es "la sobreexposición del jurado a los medios, como ocurre con el juicio a Bretón. No hay forma de evitar esto, porque el caso lleva tres años y ha sido muy mediático. Es posible que condicione un poco a los miembros del tribunal", señala Gómez Gracia.
Críticas recurrentes
Para José Luis Garrido, decano del Colegio de abogados de Córdoba, "no es lógico que cada vez que hay un juicio mediático se ponga en duda una figura tan importante como el jurado popular. Cuando los juicios, como el de Bretón, son tan públicos es una garantía para todos. El riesgo está en la utilización que hacen los medios de comunicación y en la existencia de juicios paralelos. Es ahí donde se debe actuar, porque es eso lo que hace daño a la Justicia", protesta.
En la misma línea se expresa Marc Molins, vicepresidente de la sección de Derecho Penal del Colegio de Abogados de Barcelona. "Todas las críticas hacia el jurado popular parten de una premisa equivocada: la infalibilidad de la sala profesional. Pensamos que los jueces profesionales no se dejan influir o son menos permeables que los ciudadanos, pero no es así. Ambos jurados trabajan con rigor".
"Pensamos que los jueces profesionales no se dejan influir o son menos permeables que los ciudadanos, pero no es así".
La propia Ley del Jurado establece que los miembros del tribunal popular estén aislados, "pero esto es imposible hoy día", admite Garrido. "Están expuestos a valoraciones de fuera y eso influye. Hay que informar verazmente, pero sin emitir juicios de valor. Sería bueno entrar en la autorregulación de los medios", dice.
Para Molins es difícil lograr un equilibrio entre "el derecho a estar informado y la necesidad de estar incomunicado. La ley prevé mecanismos para que el jurado popular no se deje influir, pero hay que aceptar algún tipo de daño colateral".
Esto no es Hollywood
Mitificado por las películas de Hollywood, el jurado no cuenta en España con la misma credibilidad e influencia que tiene en otros países. "Debería ser una figura muy respetada, pero lo cierto es que aquí nadie quiere que le toque ser miembro de un jurado popular", reconoce Francisco Gómez. De hecho, un 15% de las personas que reciben citación para ser jurado trata de librarse con alguna excusa, en general poco convincente.
En España funciona el sistema puro, es decir, los nueve miembros son inexpertos en cuestiones legales y responden a preguntas sobre las pruebas para elaborar su veredicto de 'culpable o no culpable'. Luego es el presidente del tribunal, un magistrado, el que decide la pena. Existe otra modalidad, denominada sistema escabinado o mixto, en el que jueces profesionales se mezclan en el jurado popular y deciden todos juntos. No obstante, el decano de los abogados cordobeses no es partidario de este sistema mixto porque "los que más saben influirían en el resto y el proceso estaría viciado". Algo que también comparte Molins.
"La malversación de caudales públicos es algo demasiado complejo para un jurado popular"
Como consta en la legislación, los delitos que deben ser enjuiciados con tribunal popular son los de asesinato, homicidio, auxilio o inducción al suicidio, infidelidad en la custodia de presos y documentos, allanamiento de morada, cohecho, tráfico de influencias, omisión del deber de socorro, malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios, amenazas e incendios. En teoría se trata de delitos que no conllevan mucha complejidad técnica. Aunque en la práctica, las cosas no son tan fáciles.
Para Garrido, "la malversación de caudales públicos, por ejemplo, no debería juzgarse por gente ajena a la justicia, porque es una cuestión muy técnica". Marc Molins también piensa que "el catálogo es mejorable" mientras que Gómez Gracia, por su parte, "no quitaría ningún delito de la lista".
Además de la presión a la que están sometidos y la capacidad para centrarse en las pruebas y abstraerse del ruido exterior, uno de los aspectos cuestionados sobre este jurado es que eleva mucho los costes del proceso. Sobre todo, si éste se alarga en el tiempo. Cada miembro recibe unos 67 euros por día, 18 euros por dietas y compensación económica por costes de desplazamiento.
Pero sobre si falla más o menos que los jurados profesionales no hay duda. Molins explica que según sus datos y su experiencia "el número de sentencias falladas con jurado popular que luego se han anulado es mínimo".
Francisco Camps durante una de las jornadas del juicio.| José Cuéllar
Casos famosos
Entre los procesos recientes en los que ha participado el jurado popular destacan el del caso de Francisco Camps, que fue absuelto de un delito continuado de 'cohecho impropio'. Por cinco votos a favor y cuatro en contra, el tribunal consideró al ex presidente de la Generalitat Valenciana no culpable, una sentencia después ratificada por el Supremo.
Más controversia despertó el juicio a Dolores Vázquez por la muerte de la joven Rocío Wanninkhof. Los miembros del jurado la consideraron culpable y estuvo 17 meses en la cárcel, hasta que la Audiencia Provincial de Málaga la exculpó. Después se decretó que el asesino de Wanninkhof era el británico Tony King. El de Marta del Castillo también podía haber caído en manos de un jurado popular. Pero al valorar que el móvil había sido la violación, antes que el crimen, el caso pasó a manos de profesionales.
Y delicada y polémica fue la causa contra Mikel Otegi, acusado de matar a dos ertzainas en Itsasondo y puesto en libertad porque un jurado popular lo absolvió al considerar que no era dueño de sus actos. Aunque los delitos de terrorismo no se contemplan para jurado popular, en este caso se estableció que Otegi no pertenecía a la banda armada cuando cometió los asesinatos. La Audiencia Nacional contradijo después a este jurado y condenó a Otegi a 34 años de cárcel.

El jurado condena sobre la base de rumores

Película realizada por Pilar Miró sobre la base del caso

El Crimen de Cuenca consistió en una serie de errores judiciales y policiales con tortura y penas de prisión para los acusados, ya que el crimen jamás existió. Ocurrió entre las localidades de Tresjuncos y Osa de la Vega, en la provincia de Cuenca, España, en el año 1910.
José María Grimaldos López, un joven pastor de 28 años apodado El Cepa (al parecer por su baja estatura y pobre entendimiento), que trabajaba en la finca de Francisco Antonio Ruiz, era objeto de continuas burlas por parte de León Sánchez, mayoral de la finca y también por el guarda Gregorio Valero.
El 20 de agosto de 1910, José María vendió unas ovejas de su propiedad y desapareció.
Posteriormente se averiguó que fue a tomar unos baños a «La Celadilla», laguna cuyas aguas y barros, con los que se embadurnan los bañistas, se cree que poseen propiedades curativas ("Baños medicinales La Celadilla"), y que se encuentra situada en el término municipal de El Pedernoso a unos 4 km de la población.
León Sanchez, uno de los acusados injustamente por el inexistente crimen


Después de varias semanas desde su desaparición, comenzaron a correr rumores por los alrededores del pueblo de Tresjuncos sobre el posible asesinato de José para robarle el dinero que había obtenido por la venta de las ovejas.
Al tener conocimiento los familiares de las burlas que José María recibía, puesto que él mismo las comentaba continuamente cuando estaba en casa, decidieron presentar denuncia de la desaparición en el juzgado de Belmonte, acusando a León y a Gregorio de ser los presuntos asesinos del supuesto crimen, por lo que fueron apresados para ser presentados a juicio.
En el mes de septiembre de 1911 la causa fue sobreseída, luego de interrogar a los detenidos, se instruyó el sumario y por falta de pruebas el juez puso a los acusados en libertad.
Al cabo de un par de años, en 1913, por insistencia de los familiares de Grimaldos se reabre el caso. La familia de José María vuelve a denunciar coincidiendo con la llegada del nuevo juez, Emilio Isasa Echenique. Nuevamente se vuelve a cursar orden de detención a los mismos sospechosos iniciándose así un largo proceso de calvario para éstos.
Gregorio valero en primer termino junto a su mujer. Arriba a la izquierda León Sanchez, y a la derecha, el cura de Tresjuncos, en la prensa de la época

La Guardia Civil comenzó a torturar y maltratar a los detenidos a fin de conseguir las confesiones de los inculpados de la muerte de José María como responsables del crimen y conseguir también averiguar qué habían hecho con el cadáver del desaparecido.
Así transcurre hasta que el 11 de noviembre de 1913 y por orden del juez de Belmonte, el juez de Osa de la Vega levanta acta de defunción haciendo constar que, José María Grimaldos López, natural de Tresjuncos, falleció el 21 de agosto de 1910 a las 8.30 o las 9.00 de la noche a consecuencia de haber sido asesinado por Gregorio Valero y León Sánchez. El acta recoge la anotación marginal: No ha podido ser identificado el cadáver por no haber sido hallado.
En 1918 después de llevar 4 años y medio encarcelados, comienza el juicio contra los inculpados con un sumario plagado de contradicciones y diligencias sin esclarecer, el juicio termina condenando a los acusados a 18 años de cárcel por sentencia de la Audiencia Provincial.
El tribunal que condenó a los acusados apenas deliberó durante treinta minutos, y los doce miembros que componían el jurado los consideró culpables de la muerte de José María.
La labor de la defensa consistió en limitarse a evitar la pena capital, el garrote vil aún vigente en esos días. Gregorio cumplió condena en el penal de San Miguel de los Reyes en Valencia, mientras que León la cumplió en la prisión de Cartagena.
Los condenados injustamente por un jurado popular

El 8 de febrero de 1926, el cura de Tresjuncos recibe correo del cura del municipio de Mira, que le envía una carta en la que solicita la partida de bautismo de José María Grimaldos a fin de celebrar el matrimonio de este.
El cura de Tresjuncos, sin salir de su estupor ante semejante noticia, decide no responder al párroco de Mira. Mientras tanto pasa el tiempo y José María Grimaldos, impaciente por que su partida de nacimiento no llega, decide partir hacia Tresjuncos y se presenta sin más en el pueblo.
La gente del pueblo al ver a José María no dan crédito y todo el pueblo y sus alrededores se conmueve ante la noticia, entonces, el juez de Belmonte interviene y ordena detener al llamado José María Grimaldos.
En las siguientes horas, la noticia llega a la prensa y a la opinión pública y alcanza enorme trascendencia. El Cepa desapareció el 21 de agosto de 1910 porque, según él mismo declaró, «me dio un barrunto y me marché» a tomar los baños medicinales a la cercana finca de La Celadilla.
Jose Maria Grimaldos "El cepa" junto a varios vecinos del pueblo en la esquina inferior izquierda


Tras la indiscutible identificación de Grimaldos, el Ministro de Gracia y Justicia ordena la revisión de la causa y manda al fiscal del Tribunal Supremo interponer recurso de revisión contra la sentencia de la audiencia de Cuenca. En dicha orden se anota que, "hay fundamentos suficientes para estimar que la confesión de los reos Valero y Sánchez, base esencial de sus condenas, fue arrancada mediante violencia continua inusitada". (...)
Según el Tribunal Supremo: "en vista del error de hecho que motivó la sentencia, se declara la nulidad de la misma, por haberse castigado en ella delito que no se ha cometido, afirmándose así la inocencia de Gregorio Valero y León Sánchez" (Tribunal Supremo, sentencia del juicio de revisión de 10 julio 1926). La sentencia publicada por el Tribunal Supremo, declara nula la resolución dictada en Cuenca en 1918 estableciendo así la inocencia de Sánchez y Valero, al mismo tiempo, establece la nulidad en el acta de defunción de José María Grimaldos, y determina, las indemnizaciones correspondientes que el Estado debe abonar a los presos en estos casos.
Es muy atinada la editorial escrita en el Diario El Debate de España (9 de marzo de 1926) con motivo del error judicial que originó la actuación del jurado en el juzgamiento del Crimen de Cuenca: "La policía y el sumario se limita a recopilar prueba que, reproducidas en el juicio oral, son apreciadas libremente por el jurado popular. Los magistrados no tienen más misión que aplicar como autómatas la pena que señala el código penal al delito definido en el veredicto, del cual no se pueden apartar. El error judicial no es responsabilidad de la policía, ni del instructor del sumario, ni de las partes, ni del magistrado que en base al veredicto del jurado dicta la sentencia. El error ha de cargarse a cuenta exclusiva del jurado" (citado por Alejandre, J.A., La justicia popular en España. Análisis de una experiencia histórica: los Tribunales de Jurados, Madrid, 1981, p. 223).
Sánchez y Valero acabaron sus días en Madrid, lejos de su pueblo y de las gentes que los habían condenado, ahí se les ofreció un trabajo de guarda jurado al servicio del Ayuntamiento.
Fuentes:
Wikipedia
España: Caso Wanninkhof
El jurado influenciado por la prensa

Rocío Wanninkhof, víctima del homicidio

Introducción
El caso Wanninkhof es un caso de error jurídico grave que sucedió cuando, en un ambiente de histeria popular creado por los medios de comunicación, Dolores Vázquez Mosquera, sobre la base de ninguna prueba de cargo, fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de Rocío Wanninkhof, quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas, provincia de Málaga.
Dolores Vázquez, víctima del jurado


Unos años después se descubrió el error al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, en agosto de 2003 y descubrirse que el ADN del asesino de Sonia Carabantes coincidía con el ADN encontrado en pruebas del caso Wanninkhof.
Desaparición
La tarde del 14 de octubre de 1999 Rocío Wanninkhof, de 19 años, visitó a su novio, Antonio José Jurado, en su domicilio en la cala de Mijas y hacia las 9:30 de la noche salió sola camino de su propia casa que distaba unos 500 metros con intención de ducharse y volver a ver a su novio en la feria de Fuengirola. Tras este hecho desaparece y se le pierde la pista.
En las declaraciones a la Guardia Civil hubo discrepancia en lo que respecta a la vestimenta que llevaba ese día ya que la madre, Alicia Hornos y la hermana, Rosa, declararon que vestía una camiseta blanca con logotipo “Nike” y un pantalón morado elástico mientras que el novio declaró que no llevaba tal camiseta y que nunca la había visto con tal prenda.
Un hombre declaró haberla visto camino de su casa pero la policía no le preguntó por la vestimenta.
A la mañana siguiente Alicia Hornos, su madre, se extrañó por la ausencia de su hija y envió a su otra hija Rosa a la casa de Antonio José Jurado para que preguntara por ella.

A su regreso, Rosa, le dice que no se preocupe ya que, aunque Antonio José no fue a la feria porque se quedó dormido, le ha dicho que la vieron en la feria, y era posible que se hubiera quedado a dormir en casa de alguna amiga.

Pero nadie comprobó si realmente la habían visto sus amigas o si se había quedado a dormir con alguna.
Con el paso de las horas, Alicia Hornos, intranquila por falta de noticias de su hija, con el fin de despejarse sale a dar un paseo junto con su compañero sentimental Juan Cerrillo.

Alicia comentó a Juan que le iba a enseñar unas ruinas que existían adentrándose en un descampado, percatándose ella, a escasos metros, de la existencia de unas zapatillas de deporte que identificó como pertenecientes a su hija, de un pañuelo y de manchas de sangre en el suelo.
Inmediatamente lo pone en conocimiento de la Guardia Civil la cual procede al acotamiento de la zona y se confirma que tanto las zapatillas como los restos de sangre existentes en el suelo y el pañuelo, corresponden a Rocío Wanninkhof.
La investigación afirma en el acto del juicio que las gotas de sangre se inician en la misma calzada a una distancia de 1,10 metros de la acera, formando un reguero que continúa hacia el descampado hasta una zona donde existe un gran charco de sangre donde se desangró.

En dicho lugar había huellas de un vehículo que por las características de las mismas podrían corresponder a un modelo pequeño, cuyos neumáticos ya no estaban disponibles en el mercado, estimándose que debían tener una antigüedad de unos 6 años.

En dicho vehículo fue muy probablemente donde se trasladó el cuerpo pues las huellas dejadas estaban superpuestas a los restos de sangre y a las dejadas por el arrastramiento del cadáver que en un primer momento se realizó para ocultarlo.
La investigación sitúa los hechos a las 22.00 del día 9/10/99 coincidiendo con la declaración en juicio de un taxista que manifestó que ese día regresaba de dejar a unos clientes en Fuengirola y al llegar a la altura en donde aparecieron los restos de sangre y zapatillas, esquivó a un vehículo todo-terreno que se encontraba parado encima de la acera (contraria al sentido de dicho vehículo) con las luces puestas y que al cruzarse con él pudo oír un enorme "chillido o grito" que le hizo asustarse hasta el punto de subir rápidamente los cristales de las ventanas de su vehículo. A los tres o cuatro días de enterarse de lo que allí había sucedido acudió a la Guardia Civil para manifestar lo que él había visto y oído. Este dato es importante porque sitúa la agresión a Rocío a las 22.00 de dicho día pues según su declaración se fijó en el reloj de su vehículo y marcaba exactamente dicha hora.
El día 17 de octubre de 1999 se organiza en la Cala de Mijas una búsqueda dirigida por la Guardia Civil que distribuyó a los vehículos que acudieron en grupos integrados cada uno de ellos por 6 u 8 coches, entregando a cada una de las personas que iban en los vehículos una pegatina con el número del grupo al que pertenecían. A las pegatinas autoadhesivas se les desprendía su parte posterior y se la colocaba cada persona que participaba. Estas pegatinas fueron hechas por el párroco Sr. Tejero.
Tras más de tres semanas de búsqueda infructuosa, el día 2 de noviembre apareció el cadáver de Rocío, totalmente desnudo, en unos terrenos ubicados entre Marbella y San Pedro de Alcántara, pertenecientes al complejo donde se encuentra el restaurante denominado "El Rodeito". Más tarde se determinó que había sido apuñalada repetidamente. El cadáver estaba en muy mal estado, probablemente por haber sido rociado con líquido inflamable y quemado, por lo que no pudo determinarse si había sido violada.
A poca distancia del cuerpo se encontraron dos bolsas de basura tipo "industrial o comunitaria" de color negro conteniendo entre otros objetos personales dos camisetas, de las cuales una de ellas era de color blanco con el anagrama "Nike", pero no se encontró en dichas bolsas ninguna vestimenta correspondiente a la parte inferior ni tampoco de su ropa interior.
No existe duda en cuanto a que dichas prendas eran las que llevaban Rocíocuando la mataron ya que constan en ellas los desgarros ocasionados por las puñaladas. Según declaración de los investigadores en el acto del juicio, en una de las bolsas que aparecieron junto al cadáver constaba escrito en grandes caracteres el número 8. Según los investigadores estas bolsas fueron unidas entre sí con cinta adhesiva en forma de sudario. Apareció, asimismo, una pegatina de las repartidas por el párroco Sr. Tejero en la búsqueda organizada del día 17 de octubre de 1999. Esto hizo sospechar que quizá el asesino o algún cómplice fueran del círculo de Rocío o de su familia.
El lugar donde fue hallado el cadáver necesariamente debía ser bien conocido por la persona/s que allí lo depositaron ya que el acceso al mismo parte de un camino existente que se inicia perpendicularmente a la carretera, inapreciable para los conductores que no conozcan su situación.
El propietario del citado restaurante "El Rodeito" manifestó que viendo en la televisión la noticia de la aparición del cadáver de Rocío, reconoció a una persona, y que ésta, junto con otra, muy poco tiempo atrás habían mantenido contactos para arrendarle el negocio. Este dato lo puso en conocimiento de los investigadores así como el nombre y teléfono de la persona a la que reconoció en la TV quienes resultaron ser familiares de Rocío. Esto también parecía indicar que el/los culpables podrían estar entre el círculo familiar de Rocío ya que conocían bien esa zona donde fue depositado el cadáver.
Investigación
Durante los primeros días tras la aparición del cadáver la Guardia Civil facilita a los medios de comunicación tres informes diferentes y contradictorios sobre las condiciones en que fue encontrado el cadáver.
Interrogan inicialmente como principal sospechoso al novio de Rocío, Antonio José Jurado. El hecho de haberse quedado dormido en su casa en lugar de haber acudido a la feria de Fuengirola como había acordado, la contradicción respecto a la ropa que vestía Rocío, la circunstancia de la poca altura desde su dormitorio a la calle, etc., le puso en situación muy sospechosa. Durante los interrogatorios negó contundentemente los hechos y afirmó, asimismo, no tener carné de conducir, extremo éste que se comprobó pero, paradójicamente se supo que conducía habitualmente. Fue puesto en libertad sin cargos.
Otra persona sospechosa y sometida a vigilancia fue a María Dolores Vázquez Mosquera, nacida en Betanzos (provincia de La Coruña), profesional de la hostelería, vecina de la Cala de Mijas y ex pareja de Alicia Hornos, la madre deRocío. La Guardia Civil le intervino su línea telefónica e incluso introdujo en su círculo social una agente femenina, quizá psicóloga, quien posteriormente declararía que Dolores "era fría, calculadora y agresiva".
La Guardia Civil fue reduciendo la lista de sospechosos hasta centrarse enDolores Vázquez. La propia Alicia Hornos estaba convencida de la culpabilidad de Dolores Vázquez y fue una de las principales instigadoras de la acusación.


Alicia Hornos, madre de Rocío Wanninkhof


Ante la publicidad y alarma social suscitadas por el caso la Guardia Civil aceleraba sus pesquisas y finalmente la detuvo como sospechosa por lo que pasó a prisión preventiva.
Durante varios días se la sometió a largos interrogatorios sin que en ningún momento se "derrumbase". Dolores Vázquez negó una y otra vez haber tenido parte en los hechos declarando que el día 9 de octubre de 1999 estaba al cuidado de su madre y de una hija de su sobrina de dos años y medio. Manifiesta, asimismo, que esa noche realizó algunas llamadas telefónicas desde su domicilio que se podrán acreditar mediante los correspondientes recibos. El Juez declaró que la acusada mantenía una actitud manifiestamente amable diciendo que, cuando se la invitó a realizar un descanso, ella dijo que no era necesario y que, tras un vaso de agua, estaba presta para continuar.
En una rueda de prensa el fiscal y la Guardia Civil declararon que dos fibras correspondientes a la ropa deportiva que Dolores Vázquez vestía habitualmente, habían sido cotejadas con fibras encontradas en el cadáver deRocío y se correspondían casi en su totalidad. La prueba se había realizado con microscopio por el Instituto de Toxicología. La fiscalía se opuso a la libertad de la acusada aseverando la certeza de la prueba. El juez instructor de Fuengirola D. Román Martín, deniega la libertad provisional solicitada por el abogado defensor de la detenida, Pedro Apalategui.
A partir de ese momento, la opinión pública, alimentada por la prensa y televisión sensacionalistas, ya condenaba a Dolores Vázquez como culpable del asesinato.
Desde el Laboratorio de Investigación Criminalista de la Guardia Civil, se solicitan las fibras para realizar un nuevo análisis ya que, con el efectuado por el Instituto de Toxicología, no hay garantías de fiabilidad. El análisis de ADN definitivo, concluye que las prendas intervenidas no guardan similitud con las encontradas en el cadáver de Rocío Wanninkhof.
El abogado de Dolores Vázquez, Pedro Apalategui, ante la evidencia de todos estos extremos, vuelve a solicitar su libertad provisional pero el Juez Instructor deniega nuevamente la petición.

Dr. Pedro Apalategui


Juicio
El juicio se hizo con un jurado popular y la fiscalía se concentró en descalificar la persona de Dolores Vázquez sin aportar pruebas concluyentes que la inculparan. Se centró en la relación lésbica que la acusada había mantenido en el pasado con la madre de Rocío y en la relación "paternal" que la acusada había tenido hacia Rocío.
Testimonios
Testificó la Guardia Civil para declarar que ninguna de las huellas dactilares encontradas en las bolsas de plástico se correspondía con las de Dolores Vázquez.
También declararon que las fibras encontradas en el cadáver de Rocío no coincidían con fibras de la ropa de la acusada y que la pegatina de los grupos de búsqueda que había aparecido en los alrededores del cadáver no había sido utilizada ya que no estaba despegada del papel protector.
Declararon que el día del crimen Dolores Vázquez no utilizó su coche ni alquiló otro. Por otra parte, el modelo del coche de marca Toyota de la acusada era de tipo deportivo de rueda ancha y no aparecieron ese tipo de huellas ni en lugar de la agresión ni en el de la aparición del cadáver. Es destacable que los neumáticos del vehículo utilizado en el crimen eran muy antiguos y ya no se encontraban disponibles en el mercado, a pesar de lo cual los investigadores barajaron la hipótesis de que Dolores Vázquez hubiera podido alquilar el vehículo para trasladar el cadáver ya que las compañías de alquiler de coches renuevan la flota con mucha frecuencia.
El fiscal del caso, el Dr. Montijano, manifestó que María Dolores, "vive en una zona en donde residen muchos extranjeros y éstos tienen costumbre de dejar las llaves puestas, por lo que pudo coger cualquier coche que su dueño hubiera dejado en tales condiciones".
Begoña Martínez, sobrina de la acusada, que declaró que, el día 9 de octubre de 1999, junto a su marido e hija de dos años y medio se trasladaron, desde su domicilio habitual en Granada, hasta el chalet de su tía Dolores en Mijas adonde llegaron sobre el mediodía. Almorzaron y alrededor de las nueve de la noche se trasladaron a Málaga para cenar en casa de unos amigos dejando a Dolores Vázquez en la vivienda al cuidado de la niña y de su madre.
María del Mar Torres, amiga de la sobrina de la acusada confirmó que el día 9 de octubre de 1999 ésta fue con su marido a cenar a su casa dejando a su hija a cargo de su tía Dolores Vázquez.
La acusada, Dolores Vázquez, declaró que sólo se ausentó de su casa el tiempo de cruzar al restaurante Oasis (a 7 metros desde su domicilio) para comprar tabaco, y tirar la basura. El resto de la noche no se movió de casa. Se acredita con documentos de Telefónica que estuvo hablando por teléfono desde las 22.34 hasta las 23.10 y, posteriormente, de nuevo, a las 23.17 durante dos minutos.
Rosa María Díaz, compañera de trabajo de Dolores Vázquez, declaró que ésta le telefoneó para decirle que no podía ir a visitarla por motivo de estar al cuidado de su madre y sobrina. Describe a la acusada como persona "buenísima, generosa, a la que le encantan los niños y que atiende con dedicación a los mayores entregándose a las personas que la necesitan", añadiendo que "jamás he presenciado una sola escena de violencia suya, sino un comportamiento exquisito".
Una empleada ucraniana que había trabajado en el domicilio de Dolores Vázquez declaró que ésta agredió con un cuchillo un cartel de Rocío el día 2 de noviembre de 1999, día del descubrimiento del cadáver.
Marisa Sevillano, "la Bruja", declaró que la acusada había acudido a su consulta de vidente y le había contado ciertos planes de venganza contra Rocío.
Encarnación Lozano, empleada del restaurante Oasis declaró, al año de transcurridos éstos, que María Dolores Vázquez se acercó a la ventana de la cocina a las 23:30 del día 9 de octubre de 1999 para comprar tabaco, con signos de estar nerviosa, al tiempo que decía que venía de correr.
El propietario del restaurante Oasis declaró que Dolores Vázquez nunca se ausentaría de su domicilio sin tener a una persona al cuidado de su madre.

Asimismo manifestó que la última vez que Dolores limpió la fosa séptica de su casa fue aproximadamente un año antes de ocurrir los hechos y que lo hizo porque un vecino se lo pidió.

Posteriormente nunca se volvió a limpiar pues si lo hubiera hecho se habría dado cuenta no sólo por el olor que se desprende al realizar esta operación sino también porque hubiera visto el camión de la empresa que lo hace, ya que es un camión grande que ocupa la mitad de la estrecha calle.
Antonio José Jurado, novio de Rocío declaró que Rocío salió de su casa a las 21:30 vestida con un body de color burdeos con tirantes y pantalón vaquero. Otra testigo ocular declaró que, efectivamente, Rocío iba así vestida cuando la vio dirigirse por el camino de “La Cortijera”.
El abogado defensor de Dolores Vázquez, Pedro Apalategui, insistió al novio en el tema de la camiseta blanca con el logotipo “Nike” y éste aseguró que jamás vio a Rocío vestir esa prenda.
La madre del novio de Rocío declaró que sobre la camiseta llevaba una rebeca gris marengo con cremallera porque recuerda que ella misma se la subió.
La madre de Rocío y la hermana, Rosa, declararon que a las 17:30 de esa misma tarde salió vestida con una camiseta blanca con el logotipo “Nike” y unos pantalones morados de tipo elástico.

Ambas declararon que fue la última vez que la vieron con vida y que no había subido de nuevo a su casa. Alicia Hornos, madre de Rocío, dijo que su hija no podía llevar esa chaqueta ya que se encontraba en su domicilio.
Los forenses manifestaron que Rocío murió desangrada en el lugar donde fue asaltada y que aproximadamente pudo permanecer en dicho lugar de 4 a 6 horas y que, posteriormente, el cadáver fue trasladado a alguna casa en donde se le desnudó y se prepararon las bolsas que aparecieron junto al mismo.

Según los cinco forenses es inusual que en tan poco período se produzca en un cadáver tan avanzado estado de descomposición ―casi esqueletizado―, pero que existían casos, aunque muy pocos, constatados en la práctica forense.
Conclusiones del Ministerio Fiscal
Según las conclusiones del fiscal basadas en la investigación de la Guardia Civil, Dolores Vázquez, que se encontraba haciendo deporte por la zona de “La Cortijera”, alrededor de las 10 de la noche, se encontró inesperadamente conRocío.
Discutieron y, con un estilete o punzón que portaba, la asesinó arrastrando su cadáver hasta unos matorrales para esconderlo.
De camino a su casa se detuvo a comprar tabaco en el restaurante Oasis en la urbanización "El Chaparral" y entró en su domicilio que está, justo enfrente.
Posteriormente, cogiendo el coche de "cualquier extranjero" o auxiliada por otras personas involucradas, volvió al lugar de los hechos sobre las 2 de la madrugada para recoger el cadáver, introducirlo en el coche, y llevarlo hasta su domicilio desde donde, tras varios días, realizó su posterior traslado.
Sentencia
El jurado popular en su veredicto se limitó a repetir literalmente las conclusiones del fiscal y en septiembre de 2001 declaró a la acusada culpable del asesinato.
Tras este veredicto, el juez de la Audiencia Provincial de Málaga, Fernando González Zubieta, el día 25 de septiembre de 2001, condenó a María Dolores Vázquez a 15 años y un día de prisión y a una indemnización de 18 millones de pesetas.

Miembros del jurado en una de las sesiones


El abogado defensor de Dolores Vázquez, Pedro Apalategui, presentó recurso contra la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que revisó la sentencia y ordenó a la Audiencia celebrar un segundo juicio a la vista de la falta de motivación detectada en el veredicto del Jurado.

Se consideró que la gran repercusión que el crimen había tenido en los medios de comunicación y la marea de opinión pública contra Dolores Vázquez tuvieron quizás más influencia de la debida en un jurado popular formado por ciudadanos legos en Derecho.
Caso Sonia Carabantes
En agosto de 2003 desapareció en la localidad malagueña de Coín ―muy cerca de Mijas―la joven de 17 años Sonia Carabantes y un mes más tarde, en el curso de sus investigaciones, la Guardia Civil descubrió que el ADN del presunto asesino de Sonia coincidía con los restos biológicos hallados en una colilla recogida en el lugar donde había aparecido el cadáver de Rocío Wanninkhof cuatro años antes.

Sonia Carabantes


El segundo juicio de Dolores Vázquez había sido señalado para el otoño de 2003 pero fue suspendido a la vista de la nueva información.

A mediados de agosto de 2004, la juez de instrucción número 6 de Fuengirola, María Jesús del Río, decidió el sobreseimiento provisional del sumario, rechazando la petición de la acusación particular (Alicia Hornos).

Finalmente,
tras 17 meses de cárcel, Dolores Vázquez fue puesta en libertad.
Dolores Vázquez con ropa de presidiaria


Tony Alexander King
Tony Alexander King, un británico residente en la zona, fue denunciado por su ex mujer como sospechoso de los crímenes y el 21 de septiembre de 2004, reconoció ante el juez, además de los crímenes de las jóvenes de Coín y Mijas, haber cometido al menos tres agresiones sexuales en Málaga.

En su comparecencia ante el juez, dijo que la muerte de Sonia Carabantes se produjo "por accidente" y sobre el crimen de Rocío Wanninkhof dio detalles concretos.

El asesino Tony Alexander King


Posteriores investigaciones policiales descubrieron que tenía historial delictivo en el Reino Unido donde su nombre original era Tony Alexander Bromwich.

En 1986, cuando apenas contaba 19 años de edad, fue condenado a 10 años de cárcel por una serie de agresiones sexuales en Londres.

Tras salir en libertad en 1991, volvió a ser condenado por robar a una mujer a punta de pistola. Salió de la cárcel en 1996 y cambió su nombre legal a Tony Alexander King.

En 1997 se mudó con su mujer, Cecilia, al sur de España. En 1999 se separó de su mujer, el mismo año en que asesinó a Rocío Wanninkhof.

En 2003 asesinó a Sonia Carabantes y en 2005 fue condenado a 36 años de cárcel por la muerte de Sonia Carabantes y a otros siete por un intento de violación en Benalmádena en 2001.

En diciembre de 2006 fue condenado a 19 años de cárcel y 294.000 euros de indemnización por la muerte de Rocío Wanninkhof.
En diciembre de 2006 un jurado popular compuesto por 9 jurados declaró por unanimidad que Tony King era culpable del asesinato de Rocío Wanninkhof pero lo exoneró de la acusación de agresión sexual que no pudo ser probada dado el mal estado del cadáver de la víctima cuando fue encontrado.

No obstante el jurado declaró por siete votos a favor y dos en contra que King no actuó solo y que tuvo que tener ayuda de cómplices.
No hay perdón para Dolores Vázquez
Un jurado popular destrozó la vida de Dolores Vázquez. Su testimonio es verdaderamente desgarrador:



Pero nadie se hace responsable. Los "gurúes" que promocionan los juicios por jurado, los legisladores que sancionan las leyes y los gobiernos que los implementan deberían ofrecer sus disculpas y sepultar para siempre el oscurantista y retrógrado sistema de juicios por jurado.
Fuente Wikipedia
Mas información:






Para el jurado hay balas que surgen de la nada

Alejandro Muñoz Rojas-Marcos
Víctima del homicidio impune

Extractos:

Han pasado seis años desde la noche del tristemente famoso "crimen de Heaven" en que murió Alejandro Muñoz Rojas-Marcos. Y lo que ha sucedido desde entonces es, quizás, aún más difícil de creer.

El asesinato quedó impune. El asesino, que recorrió el centro de Madrid pegando tiros como si estuviera en Vietnam, está libre.

Mientras Alejandro vuelve a "Joy Eslava" desde otra discoteca cercana, Palacio de Gaviria, un hombre, Carlos Monge, dispara a quemarropa al portero de la discoteca Heaven en la cercana plaza de Ópera. Catalin Stefan Craciun, que así se llamaba el portero, muere en el acto, y Monge huye disparando a diestro y siniestro por el mismísimo centro de Madrid, muy cerca de la Puerta del Sol.

Al igual que otros porteros y relaciones públicas, Rojas-Marcos, sobrino del célebre psiquiatra español que ejerce en Nueva York, sale corriendo tras el asesino en una escena cinematográfica si no fuera dramática. A la altura de la calle Arenal, Monge, apodado "El Cuchillos", intenta subirse en un taxi que por allí cruza. El taxista, siquiera por la excitación de la escena, percibe algo raro y pega un acelerón. "El Cuchillos" se ha equivocado al intentar cogerlo, sus perseguidores se le echan encima.

Es en ese momento cuando saca la pistola y dispara, ciego, casi en dirección a la multitud. El asesino corre por Arenal y Rojas-Marcos, al ver a amigos suyos de Heaven intentar darle caza, se une al grupo por un momento.

Trágicamente: Monge se da la vuelta de golpe y dispara en su dirección.Alejandro se percata. Pega un salto. Se contrae de una forma muy particular. Intenta huir de la muerte de tal manera que la bala, el proyectil que le matará, le atraviesa cuatro órganos y los agujeros en su ropa, finalmente, casi no casarán con los de su cuerpo.
La Policía recogió en los alrededores del lugar donde “El cuchillos” mató al portero Cracium un total de “siete vainas dubitadas del 9 mm Parabellum recogidas con ocasión de los disparos que produjeron la muerte de Catalín Stefan Cracium y Alejandro Muñoz Rojas-Marcos.

En este mismo documento se afirma rotundamente que las siete vainas dubitadas fueron percutidas por la pistola semiautomática “Glock, modelo 19, con número de serie 5522, del 9 milímetros Parabellum”. Es decir, el mismo arma que la Policía secuestró aCarlos Monge.

A la vaina del proyectil que mató al chaval la Policía no la encontró aquella noche, y tuvo que ser un ciudadano rumano el que la aportara a las pesquisas policiales varias horas después. La defensa de Monge consiguió sembrar la duda con respecto a ella, y logró convencer al jurado: aquella vaina podría no ser la de la bala que mató al chaval.

«Sin embargo, ¿de qué pistola iba a proceder, si no había nadie más disparando aquella noche junto a la Puerta del Sol?», dice el abogadoAnsón.

«Es evidente que la bala no podía haber salido de ninguna otra arma, e incluso se podría haber analizado la vaina para certificar que procedía de aquella pistola...

Es más, muchas veces los tribunales dan por hecho que, en un sitio donde sólo se ha disparado un arma, cualquier víctima lo es de esa misma arma».

El jurado popular, institución temida por demasiados profesionales del Derecho, simplemente no considera a Monge autor de la muerte de Rojas-Marcos. Como si la bala que le mató hubiera podido salir de quién sabe dónde (pero no de la pistola del asesino).

Pese a los testimonios de varios testigos que le vieron disparando. Contra toda lógica. La muerte de Rojas-Marcos fue gratis, y aún lo es hoy.

Pilar Rojas-Marcos
Madre de la víctima

La madre Pilar Rojas-Marcos no entiende nada.

Declaró: "No me lo creía. Fue como un... [a punto de llorar] Me parecía como si estuviéramos en el Tercer Mundo. Con los testigos, con todas las cámaras, con este sujeto disparando a diestro y siniestro...

Aún es el día de hoy y todavía no me lo creo, me parece de una irracionalidad... Es que es tremendo, ¿no?

Que alguien pueda asesinar así y quede impune, en pleno siglo XXI en la calle Arenal. Le quitan la vida a un estudiante de 24 años y no pasa nada... Es tremendo pero éste es el país que tenemos".

Enlace: Versión On Line 1 y 2

Nadie juzgó la muerte de Alejandro Rojas-MarcosPor Jesús Mendoza
El Estrella Digital
27 de noviembre de 2013
La muerte impune de Alejandro Muñoz Rojas-Marcos
Por Quico Alsedo y Pablo Herraiz
El Mundo
23 de junio de 2015

Debería cundir el ejemplo


El conmovedor gesto de una estrella del fútbol americano con un niño autista
Publicado: 2 sep 2016 23:11 GMT

Bo es ignorado por sus compañeros en la escuela, pero la visita de los integrantes del equipo de fútbol americano de la Universidad Estatal de Florida cambió su rutina.


El pequeño gesto de un jugador de fútbol americano, que decidió almorzar junto a un niño autista a quien los demás niños de la escuela ignoran, ha conmovido a la sociedad estadounidense, informa Associated Press.

Bo Paske, es un niño autista de Tallahassee (Florida, Estados Unidos) con el que ninguno de sus compañeros de clase se quiere sentar a comer en la cafetería, y tampoco le invitan a sus fiestas de cumpleaños. Pero la triste rutina de Bo cambió este miércoles cuando Travis Rudolph, un conocido jugador de fútbol americano, decidió hacerle compañía al ver que se encontraba solo en una mesa separado de los demás.
'Rudolph fue uno de los varios jugadores de la Universidad Estatal de Florida que ese día visitó la escuela. Tomó dos rebanadas de pizza y le preguntó si podía sentarse. "Me dijo 'por supuesto' y me contó que era fan del equipo. Charlamos un buen rato. Fue muy fácil, nunca habría pensado que algo estaba mal con él. Tenía una bonita sonrisa en su rostro. Es una persona muy cálida", comentó posteriormente el deportista.

Uno de los trabajadores de la escuela y amigo de la familia Paske tomó una foto de la escena y se la envió a la madre de Bo, para aliviarla y comunicarle que su hijo no estaba solo. "No sé qué llevó a este hombre amable a compartir la hora de la comida con mi hijo, pero estoy feliz de poder decir que su gesto no caerá en el olvido. Este ha sido un día en el que no he tenido que preocuparme de si mi niño estaba comiendo solo, porque estaba sentado frente a alguien que para muchos es un héroe", escribió Leah Paske en su cuenta de Facebook

2 de septiembre de 2016

nuevo FRAUDE ELECTORAL como el 26-J?



Si hay Nuevas Elecciones, hay que evitar que se produza de nuevo FRAUDE ELECTORAL como el 26-J




Fraude electoral, aquí te pillo aquí te mato (1)
Publicado el 01/09/2016
El fraude electoral es posible, esta es la conclusión a la que se puede llegar después de analizar a fondo el procedimiento electoral de los comicios para el Congreso y el Senado del 20-D y el 26-J.
La manipulación del resultado electoral se debe a la “modernidad” en delegar a terceros las funciones del Estado en el recuento de votos y en la opacidad con que se lleva a cabo.
Si el fraude es posible quiere decir que es viable bajo ciertas premisas:
a) una vez consumado se deben de eliminar todo rastro de fraude, es decir, no debe ser posible, a quienes sospechen del engaño, la reconstrucción del resultado,
b) cumplida la premisa anterior todo lo que acontece es coser y cantar, el sistema de voto electrónico es manipulable ya que lo proporciona un tercero aplicando un software de código cerrado dificultando la tarea de los análisis que se puedan practicar.
No hay vuelta de hoja el sistema está blindado por los delincuentes que disfrutan de la hegemonía de llevarlo a cabo.
El delito se las trae, es alta traición de un partido que pretende mantenerse en el poder a toda costa: es un golpe de Estado.
La oligarquía que controla el país no puede permitir, si no es por encima de su cadáver, que una fuerza política con base popular arrincone al bipartidismo sumiso y controlado.
Aquí habíamos llegado el 26-J con unas encuestas, todas ellas, que pronosticaban que la unión de Podemos e Izquierda Unida podían ganar las elecciones.
A los oligarcas no les quedó más remedio que la manipulación del resultado electoral. Es posible, es viable y es fácil.
Antes de continuar adelante y aportar una batería de razones en interés de la ciudadanía quisiera detenerme en la premisa a) una vez consumado se deben de eliminar todo rastro de fraude.
Se inicia en el momento en que se priva al populacho de un dato fundamental:
las actas de los resultados electorales de cada una de las mesas de cada uno de los colegios electorales.
Con estos datos en la mano el fraude se ha acabado, por lo tanto es el punto clave para, con un análisis posterior, poder determinar el engaño.
La premisa b) la trataré más adelante, ahora centrados en a) el Ministerio del Interior que custodia el proceso electoral, a pesar de mantener en su página informativa en Internet que facilita los datos por mesa electoral, No lo cumple.
Estamos al cabo de la calle o mejor dicho en el principio del fraude: escindir toda posibilidad de que puedan comprobarse, en masa, los resultados de los comicios que el ministro, muy ufano, presenta en la noche electoral.
Para acabar de trinchar el asunto las papeletas de voto se destruyen de inmediato con lo que se puede decir: muerto el perro muerta la rabia.
Para poder hablar de soluciones tan solo queda que el populacho se dirija a la justicia, primero habrá que denunciarlo en España y si nos envían con la música a otra parte nos queda la opción de los tribunales europeos.
Echemos un vistazo a lo que nos dice el Artículo 105 de la Constitución Española, en su punto b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.
Ninguna de estas salvedades afecta a los archivos y registros administrativos en manos del Ministerio de Interior ya que el sumatorio de los datos, de cada una de las mesas electorales, acaba conformando la información que se proporciona por municipios.
Liberar esta información oculta tiene el respaldo de la madre de todas las leyes: la constitución. Con esta petición de justicia el fraude electoral queda cercenado, es el equivalente al aquí te pillo aquí te mato. Nos tendremos que poner en ello.
Ahora podemos tratar la premisa b)
el sistema de voto electrónico es manipulable.
Ver No te dejes engañar, hay Pucherazo en las elecciones del 26-JSeguir leyendo → donde se acredita la vulnerabilidad del procedimiento electoral, pero a estas alturas de la película ya conocemos quienes son los malos, y como manipulan los datos.
No obstante, nos encontramos en una dicotomía, aún en el supuesto que pudiéramos liberar la información que oculta el Ministerio del Interior de las actas por mesas electorales no es factible la introducción de los votos obtenidos mesa a mesa y partido a partido.
El volumen supera su aplicación, y aunque fuera a través de una participación colectiva, los errores y la infiltración de los troles invalidaría el resultado.
No queda otra, que de nuevo recurrir a la vía judicial.
El argumento, se basa en que todo proceso electoral debe ser auditado públicamente con el fin de despejar cualquier duda sobre el resultado final.
Este derecho ha quedado amputado por los designios de los oligarcas al interponer en el recuento de votos un tercero aplicando un software de código cerrado.
Por lo que se debe de solicitar al juez, a quien recaiga el asunto, el libre acceso a la base de datos del sistema de voto electrónico.
Por mucho que la empresa, contratada por el gobierno para el recuento de votos, pueda sostener que le legitima una patente sobre el software aplicado, el derecho de los ciudadanos a disponer de una información veraz sobre un asunto tan capital y trascendente supera el copyright de cualquier sociedad mercantil.
Dicho a la pata llana: el código fuente debe de ser abierto y que a través de una “búsqueda” pueda ser auditable por cualquier ciudadano.
La dedicación empleada en profundizar los sorprendentes resultados electorales del 26-J nos lleva al encuentro con el “loco de la autopista”.
Mientras todas la encuestan, incluidas las de a pie de urna, iban en una dirección: el “sorpasso” de Unidos Podemos al bipartidismo se quedo en nada.
Al “loco” se le dio la razón ya que controla la “maquina” que quita y pone gobierno en España.
Un sistema de voto electrónico es vulnerable y por ésta razón fue declarado inconstitucional en Alemania en 2009.
Sobre el control absoluto del recuento de votos por una sociedad mercantil y la falta de transparencia en el proceso electoral lo dejo para el siguiente artículo con el añadido de como se ha resuelto en otros países
Aquí tan solo me queda decir que el fraude que práctica la oligarquía tiene otro frente: el voto por correo.
Es una infamia lo que está ocurriendo con los votantes desde el extranjero, el censo llega a los 1,9 millones de personas con ese derecho.
Si las premisas descritas a) y b) son susceptibles de la intervención judicial, bien se le puede aplicar como c) el voto por correo.
El gobierno del PP interpreta que buena parte de los votantes en el extranjero son aquellos que se han tenido que buscar la vida en otro país por falta de oportunidades de trabajo en España y están proclives a pasar cuentas.
Con su mayoría absoluta, en 2011 cambiaron la ley con el fin de dificultar que el emigrado pudiera votar.
A fe que lo han conseguido.
Una razón de peso para ir a la justicia por el tratamiento que se da al voto por correo, nos lo proporciona el Artículo 68 de la Constitución Española, dice así:
Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.
No hay que darle más vueltas, los tribunales de justicia nos esperan. En el próximo artículo, como he dicho, acabaré de cuadrar el asunto.
Al populacho solo le faltaba, después del empacho de corrupción política a los que nos tienen sometidos, tener que delegar nuestro voto y nuestra confianza en un sistema electrónico manipulable.
Los antecedentes también cuentan, quienes son capaces de robar descaradamente, echar mano a la caja y de un sinfín de tropelías es capaz de manipular un ordenador, aunque este sea el de Indra.
Origen: Ataque al poder

WEB DE PROMOCIÓN ALTERNATIVA

El FBI publica información relacionada con la investigación a Hillary Clinton

La decisión de poner el material a disposición de los ciudadanos obedece a numerosas peticiones amparadas en la Ley de Libertad de Información.
La candidata demócrata a la presidencia de EE.UU., Hillary Clinton
La candidata demócrata a la presidencia de EE.UU., Hillary ClintonJonathan ErnstReuters

El FBI ha publicado las notas de la entrevista que hizo a la candidata demócrata a la presidencia de EE.UU.,Hillary Clinton, con relación a la investigación de sus correos electrónicos. La información recopilada había sido entregada al Congreso de EE.UU. el mes pasado y fue dada a conocer este viernes en lapágina oficial de la agencia de investigación.
"Hoy, el FBI hace público un resumen de la entrevista a la exsecretaria de Estado, Hillary Clinton, en relación a las alegaciones con respecto a la información almacenada en un servidor de correo personal que utilizó durante su mandato de manera inapropiada", informa la agencia

El comunicado señala que la decisión de poner el material a disposición de los ciudadanos obedece a numerosas peticiones amparadas en la Ley de Libertad de Información (Freedom of Information Act, FOIA) en "aras a la transparencia".
La primera parte del informe, corresponde a un resumen de 47 páginas de la investigación que se inició en julio de 2015 a solicitud de la Dirección Nacional de Inteligencia de EE.UU. La segunda es un compendio de 11 páginas de la entrevista que Clinton concedió al FBI en julio de este año.
A principios de julio, el director del FBI, James Comey, anunció que Clinton utilizó "varios servidores diferentes" y "numerosos móviles" de dominio personal para enviar y leer correos electrónicos. De los 30.000 correos del Departamento de Estado analizados por el FBI, 110 "contenían información clasificada

¿La cura del alcoholismo?

¿La cura del alcoholismo? Hallan un 'interruptor' para evitar el consumo excesivo de alcohol


Un neurofisiólogo de EE.UU. encontró un remedio para saber los límites tomando alcohol y la zona del cerebro donde se debe insertar. Cree que es aplicable a personas, ya que funcionó en ratones.
Stephanie KeithReuters
Una serie de experimentos con ratones de laboratorio ha permitido a un científico estadounidense detectar en el sistema nervioso de los pequeños mamíferos una zona responsable de la regulación del consumo de alcohol. Inyectando en esta zona un fármaco conocido como 'un somnífero experimental', se lograba inhibir en ellos el deseo de seguir bebiendo cuando habían alcanzado el estado de embriaguez ligera.
La verdad es que existen dos grupos de ratones según su comportamiento frente a un comedero lleno de bebida alcohólica, según revela en unartículo el profesor de Neurociencia David Rossi, de la Universidad Estatal de Washington. Unos paran después de tomar un análogo de dos copas, porque "conocen sus límites". Es que al tomar esta dosis, ya no pueden guardar el equilibrio sobre un cilindro rotatorio.
Otros siguen bebiendo porque se sienten cómodos sobre el cilindro, incluso con una cantidad de etanol en su sangre "tres veces mayor que el límite de conducción bajo los efectos de alcohol", según los cálculos del investigador. En comparación con aquellos 'abstemios', estos son propensos a la 'borrachera', revela en larevista 'EurekAlert!'.
Su sensación de comodidad tenía que ver con el funcionamiento de las células granulosas del cerebelo, dedujo Rossi. El propio alcohol suprimía en ellos la sensibilidad de unos receptores especiales, conocidos como GABA-A. Al restablecer la sensibilidad, se podría cambiar el comportamiento: esta fue la hipótesis de la segunda parte de la investigación.
El científico consiguió un éxito al encontrar una sustancia que producía el efecto deseado. Fue el derivativo de un alcaloide presente en varias setas venenosas THIP, conocido también como 'Gaboxadol'. Durante los años 2000 realizó pruebas en EE.UU. como un fármaco somnífero, pero sin mucho éxito.
Foto ilustrativaEE.UU.: Denuncian que varios pilotos manejaron en estado de embriaguez
Sin embargo, en ratones esta sustancia pudo activar los receptores de sus cerebelos de la manera deseada. Aquellos 'ebrios' dejaban de consumir alcohol después del segundo trago, al igual que lo hacían los 'abstemios'.
Aunque los efectos del THIP no han sido probados en personas, hay cierto paralelismo con el comportamiento humano en esta historia, admitió Rossi en un comentario: "Si usted es sensible a los efectos que el alcohol ocasiona en la motricidad, suele no beber mucho. Si no es sensible, usted beberá más", explicó.


'The Financial Times': "Rusia ha cambiado el orden mundial"
Publicado: 7 abr 2016 11:56 GMT

Desprendiéndose de la imagen de poder regional, Rusia ha reforzado su posición, no solo en Siria, sino también en toda la región de Oriente Medio.

Alexander ZemlianichenkoReuters

Siria ha demostrado que Rusia, que fue dada de baja en los años 90 como una potencia regional regular, tiene una capacidad militar significativa y el deseo de usarla si se da la oportunidad

Con el presidente Vladímir Putin al frente, Rusia ha logrado "cambiar el orden mundial" existente y, al mismo tiempo, su propia imagen, escribe Eugene Rumer, director del programa de Rusia y Eurasia de la Fundación Carnegie para la Paz Internacional y exempleado de la Comisión Nacional de Inteligencia de EE.UU., en un artículo publicado por 'The Financial Times'.

La imagen de Rusia como país débil y poder regional que influye poco en los acontecimientos del mundo, resultó ser errónea, asegura el columnista. Los acontecimientos en Siria así lo evidencian. No en vano, según Rumer, Putin ha demostrado un gran "determinación" en esta crisis. La participación de las Fuerzas Aéreas rusas en las operaciones militares en territorio de la república árabe "cambió el curso del conflicto", sostiene en su artículo.

"La 'putinofobia' en Occidente alcanza tal nivel que a priori no se puede hablar bien sobre Rusia"

El operativo ruso antiterrorista "abrió el camino para el primer alto el fuego serio en la guerra y para posibles conversaciones reales de paz", señala Rumer. "Siria ha demostrado que Rusia, que fue dada de baja en los años 90 como una potencia regional regular, tiene una capacidad militar significativa y el deseo de usarla si se da la oportunidad", escribe. "Al Assadfue salvado y todas las partes en la guerra civil fueron disuadidas de que una solución militar al conflicto fuera posible", indica Rumer.

Según él, Rusia reforzó su posición, no solo en Siria, sino también en Oriente Medio en su conjunto. "Moscú no puede resolver los problemas de la región (¿quién puede?); sin embargo, ahora no se los puede resolver sin su participación", continúa Rumer.

Sin embargo, según el columnista, esto no significa que Rusia haya entrado en una "nueva era de la aventura militar". "Putin se ha acercado a la línea roja de la OTAN, pero no la ha cruzado", subraya el analista. Hoy en día, Moscú tiene suficiente "ambición, recursos y disposición" para repeler a sus oponentes si le lanzan una llamada, concluye.

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