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25 de mayo de 2016

7 comisiones ilegales de bancos que no te pueden cobrar


7 comisiones ilegales de bancos que no te pueden cobrar
 por Javi Navarro   el 05/09/2013 
Detalles de carteles publicitarios de bancos y cajas en una misma calle.


Contra las comisiones ilegales de los bancos, la Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, denuncia las prácticas abusivas e ilegales a las que nos tienen acostumbrados la banca en general. Por eso destaca las comisiones que cobran los Bancos y que han sido declaradas ilegales por casi todas las Audiencias Provinciales de España, creando jurisprudencia. “Denunciamos la actitud inmoral, carente de toda ética profesional de los bancos, que dadas las actuales circunstancias siguen considerando a los clientes como un producto al que engañar en todo lo que se dejen o puedan. Animamos a todos los afectados, personas o empresas, a denunciar a sus respectivos bancos directamente en los tribunales, después de haber reclamado por escrito y sellado en cualquier sucursal de su banco la reclamación, al Departamento de Atención al Cliente, que en la mayoría de los casos ni contesta”, explican desde ASGECO.


Son ilegales las siguientes comisiones:
1.- Comisión por comunicación de posiciones deudoras vencidas. Oscila entre 20 y 40 €. El Banco de España ha dictaminado que es una mala práctica bancaria, independiente de numerosas Audiencias Provinciales.
2.- Comisión por el retraso en el pago de una cuota de préstamo, sea normal, hipotecario, en cuenta de crédito, así como a los pagos retrasados en las cuotas de las tarjetas de crédito. Aun cuando figure en los contratos o escrituras, es una cláusula nula.
3.- Comisión de descubierto en cualquier tipo de cuenta incluidas las cuentas de crédito. Suele oscilar entre el 2% y el 6%, y la aplican los bancos sobre el mayor saldo deudor mensual, o sea no se cobra de una vez, es todos los meses.
4.- Comisiones de devolución de efectos comerciales, talones, pagarés y recibos. Estas comisiones afectan a quién presente para su compensación cualquiera de estos productos y les sea devuelto. Precisamente esta comisión ilegal ha llevado a la quiebra a muchas empresas, hay sentencias con devoluciones de más de 500.000 €.
Otro tipo de productos que han sido declarados ilegales son:
5.- Los SWAPS, llamados también “permuta de interés, permuta financiera con tipo convertible a tipo variable, swap flotente bonificado, clip, swap reversible medio, etc.” Este producto es sumamente complejo y muy difícil de entender hasta para personas con ciertos conocimientos financieros. Se trata de un warrant call adaptado de forma interesada a los préstamos hipotecarios, mediante engaños y sin advertir al cliente que aunque cancele la hipoteca puede tener que seguir pagando por el swap.
6.- Cláusulas suelo. Para ASGECO es irrenunciable la retroactividad de dichas cláusulas. Los bancos suelen recurrir a chantajes y prácticas nada ortodoxas para hacer novaciones, con lo que se pierden todos los derechos, adquirir otros productos y toda clase de tropelías. La clausula suelo es ilegal y punto, no hay nada que negociar.
7.- Con respecto a la desaparición del IRPH de Bancos y Cajas y su sustitución por el IRPH entidades, normalmente en todas las escrituras hipotecarias existe una cláusula sustitutiva, que en la mayor parte de los casos suele ser el Euribor. Si es así los bancos con sus prácticas nada éticas proponen, novaciones, rebaja de intereses y aplicar otros índices, etc. Si existe esa clausula u otra cualquiera sustitutiva no hay que hacer nada, el banco está obligado a respetar lo que consta en la escritura. No permitan engaños, no hay nada que negociar.

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