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12 de mayo de 2016

El negocio menos visible : Las comisiones bancarias




Una cuenta de ahorro, disponer de una tarjeta de crédito, realizar transferencias o cobrar un cheque cuestan dinero, y mucho. 

Muchos bancos cubren sus todos sus gastos simplemente con las comisiones,cuyos ingresos son iguales a todas las demás partidas de ingresos del banco sumadas.

El Banco de España avisa de que las comisiones se han triplicado desde 1995; curiosamente siguen siendo las únicas empresas que sólo abren sus locales por la mañana.
Las comisiones bancarias son cantidades que los bancos y cajas de ahorro cobran por los servicios de intermediación o gestión que prestan. 

 Salvo puntuales excepciones, facturan a los clientes tanto por la actividad que se mantenga con la entidad como por la inactividad ,por la contratación de un producto como por su cancelación .

Por todo ello, los tipos de interés de los productos financieros no han de ser las únicas cifras a las que debemos prestar atención antes de elegir una entidad bancaria, si bien hemos de saber que el margen de maniobra del consumidor es escaso: las variaciones de las comisiones entre entidades bancarias son generalmente escasas. 

Cada entidad aplica las comisiones que estima oportunas, previa consulta con el Banco de España y con la Comisión Nacional del Mercado de Valores. 

Las normas de protección al consumidor incluyen la obligación de informar al usuario. Las entidades deben publicar en sus tablones de anuncios estas tarifas y facilitar al cliente un extracto de las mismas.

Ahorrar se paga 

Bancos y cajas cobran por ingresar dinero, por sacarlo, e incluso, aunque parezca una incongruencia, también cobran por no hacer ni una cosa ni la otra, ya que la inactividad también se paga. 

En concreto, a partir del tercer año de inactividad en una cuenta de ahorros algunos bancos y cajas cobran seis euros semestrales en concepto de comisión.

Por disponer de una cuenta corriente, el titular debe abonar -en concepto de gastos de mantenimiento- entre 10,80 y 54,10 euros anuales, según la entidad bancaria de que se trate. 

A estas cantidades hay que sumar las comisiones por cada apunte u operación realizada. 

Aunque algunos bancos o cajas no cobran por este concepto y otras solamente lo hacen a partir de un número determinado de apuntes, cada anotación en cuenta –no son computables a estos efectos los reintegros en efectivo, los adeudos de cheques ni los apuntes generados por la liquidación de intereses o comisiones- puede suponer al titular un coste de hasta 0,45 euros.

Los números rojos, cómo no, también cotizan, y los descubiertos en cuenta corriente y libretas de ahorro son considerados operaciones de crédito a todos los efectos, aplicándose comisiones.

El dinero de plástico también es caro

La posesión de una tarjeta de crédito puede ocasionar un desembolso anual de hasta 24,04 euros, mientras que el coste de una de débito oscila entre 3,61 y 12,02 euros al año. 

Si la tarjeta es “oro” o similar (ofrecen un tope mayor de crédito), la cuota se puede elevar hasta los72,12 euros anuales.

Pero las tarjetas de plástico exigen precauciones a la hora de usar el cajero automático, ya que también se ven afectadas por el cobro de comisiones, y al no estar sometidas a una regulación específica respecto a las comisiones aplicables, las entidades las aplican libremente. 

Extraer dinero de un cajero puede suponer hasta un 4%, con un mínimo de 2,50 euros, según se retire el dinero en la propia entidad, en un cajero de la red o de red ajena. 

Es decir, extraer 60 euros en un cajero de la competencia puede generar al usuario un coste añadido de 2,50 €. Por lo que respecta a las disposiciones a crédito, tambien estan grabadas.

Movimientos de fondos

Bancos y cajas de ahorro cobran a sus clientes cada vez que éstos realizan una transferencia o gestionan un ingreso por cheque, letra o pagaré. 

Los gastos dependen de las siguientes variables: la forma en la que se formula la orden de pago (manualmente es más cara que en soporte magnético o informático), la urgencia de la transmisión y el destino de la operación.

Préstamos con mucho interés

Los gastos bancarios representan cantidades importantes cuando el usuario formaliza un crédito hipotecario o de consumo, con unos costes de apertura que se mueven entre el 1’5% y el 4% de la cantidad prestada. 
También acarrean comisiones la mayoría de las cancelaciones anticipadas de préstamos, hasta el 1%  en los créditos hipotecarios y entre el 1’5% y el 3% en los créditos personales.

El estudio previo a la concesión del préstamo también supone comisión bancaria. 
En los préstamos hipotecarios, esta comisión debe presentarse dentro de la comisión de apertura. Normalmente, se calcula como porcentaje, entre el 0'20 y el 2% del im-porte del préstamo, con unos mínimos que oscilan entre los 12’02 y los euros.

Requisitos de las comisiones bancarias

Ser realmente necesarias. El servicio cobrado debe responder a un servicio efectivo y no recogido por otro producto ya contratado por el cliente.

No ser sorpresivas. El precio de la comisión debe ser comunicado de forma inteligible al consumidor.

Ser legales. Aunque el cobro está liberalizado, debe respetar diversas normas que regulan la materia.

> No resultar abusivas. Deben cubrir los gastos de la entidad y su margen de beneficios; ello implica que no puedan cobrar comisiones cuya cuantía sea proporcional al nominal de la operación.

También es ilícito cobrar comisiones por seguimiento y administración de un préstamo, pues son actuaciones que el banco realiza por su propio interés.

No pueden exceder la cuantía fijada. En las cancelaciones anticipadas de hipotecarios variables, son del 1%, y en los créditos al consumo, del 1,5% en los variables y del 3% en los fijos. Respecto a las hipotecas a tipo fijo, y aunque haya que hacerlo sin soporte legal, conviene reclamar las comisiones superiores a un 2,5%.

Modificaciones de las comisiones. Para modificarlas deben haber transcurrido dos meses desde su publicación en el Tablón de Anuncios de la Entidad.

No pueden repercutir en el cliente los gastos generados por la insuficiente diligencia de la entidad (gastos que se ocasionen por la no presentación dentro de plazo de recibos u efectos, como consecuencia de la actuación negligente del banco o por fallos en el sistema informático).

Tampoco pueden cobrarse comisiones no previstas en el contrato.

No se puede cobrar ninguna comisión por descubierto cuando éste se produzca como consecuencia de normas de valoración a la hora de imputar un abono o adeudo en una determinada fecha. En todo caso, las comisiones por descubierto, si proceden, deben ser proporcionales al descubierto generado.

Comisiones por devolución de cheques, letras, recibos... entregados para su presentación al cobro a una entidad bancaria. El Banco de España las considera incorrectas, si el Banco o Caja no ha informado previamente a los clientes que en caso de impago del titulo, se cobrará comisión por devolución.

¿Qué dice la ley?

- Las dos normas en las que se basan las comisiones bancarias en España son la Orden ministerial de 12 de diciembre de 1989, sobre tipos de interés, comisiones, normas de actuación e información a los clientes y publicidad de las entidades de crédito, y la Circular 8/1990 del Banco de España de transparencia de las operaciones de las entidades de crédito y protección de la clientela, con sus posteriores modificaciones.

- Ambas normas prevén un sistema de libertad de precios para la práctica totalidad de las comisiones, pero con limitaciones: los bancos y cajas de ahorro no podrán cargar tipos o cantidades superiores a las contenidas en las tarifas, ni cobrar comisiones por conceptos no mencionados en las mismas. 

Tampoco podrán cargar comisiones y gastos por servicios no aceptados o solicitados formalmente por el cliente.

Además, se establece que las comisiones o gastos repercutidos tendrán que responder a servicios efectivamente prestados o a gastos reales.

- La ley establece también garantías formales para los usuarios, como la publicidad de las tarifas y la entrega del documento contractual.

Un supuesto práctico de gasto anual en comisiones

Gasto anual del titular de una cuenta corriente y 2 tarjetas, una de crédito y otra de débito:

- Mantenimiento anual de la cuenta corriente y 5 apuntes al mes... entre 10’80 y 81’10 euros.

Coste anual de una tarjeta de crédito clásica, con cinco disposiciones en efectivo de 60’02 euros en la propia entidad y una de 120’20 euros en otra red... entre 9’62 y 37,83 euros

Coste anual de la tarjeta de débito, con 33 disposiciones en efectivo de 60’02 euros y 2 de 150,25 euros en la propia entidad, 11 disposiciones en efectivo de 60’02 euros en otra entidad de la red, 2 disposiciones en efectivo de 200 euros en otra entidad de la red y 4 disposiciones de 60,02 euros en otra red… entre 5’04 y 42’52 euros

Seis transferencias normales de 180’30 euros a otra cuenta de la que es titular en la misma plaza. Una transferencia urgente de 120’20 euros a una cuenta en otra ciudad… entre 7’51 y 31’23 euros

Seis ingresos en cuenta de cheques de 721’21 euros… entre 5’4 y 14’4 euros
Total del gasto anual de comisiones: entre 38’37 y 209’49 euros

http://usuariosbancos.blogspot.com/2011/02/las-comisiones-bancarias-el-negocio_21.html 

Diez comisiones bancarias que se pueden evitar


¿Es posible evitar las comisiones bancarias? 

¿Cuáles de ellas son negociables? ¿Hay establecido algún límite para evitar comisiones abusivas?

Las entidades cobran comisiones por los propios productos bancarios, pero también por sus servicios, y por la administración, tramitación y prestaciones de servicios de inversión. 
Aunque las entidades tienen la obligación de informar de cuánto cuesta cada producto y de cuáles son los gastos de las operaciones, lo cierto es que muchas veces el cliente es consciente de ellas cuando las descubre revisando los movimientos a través de la banca online o cuando llegan los extractos de operaciones a su correo. 
¿Es posible evitar las comisiones bancarias? ¿Cuáles de ellas son negociables? 
¿Hay establecido algún límite para evitar comisiones abusivas?
La tendencia de las entidades bancarias es la de eliminar comisiones en la mayoría de sus productos o servicios, pero lamentablemente todavía hay muchas comisiones que gravan el ahorro de los españoles. Si se compara adecuadamente, es posible evitar no sólo una sino hasta diez comisiones diferentes:
1. Mantenimiento y administración de cuenta: la banca online ha eliminado prácticamente estas comisiones, otras permiten dejar un saldo mínimo en cuenta para evitarlas. 
Lo ideal es que den intereses por el dinero en cuenta (las cuentas remuneradas), pero como mínimo es muy importante negociar que no cobren comisiones por servicios o cambiar de banco.
2. Descubierto de cuenta: es una comisión difícil de evitar, ya que se trata de una situación en "números rojos" que el banco procederá a aplicar un pago, una comisión mínima o un porcentaje sobre el saldo que ha quedado ha descubierto. 
Bastará con mantener siempre un saldo mínimo a prueba de recibos de última hora, fácil de decir pero a veces imposible de cumplir.
3. Inactividad o exceso de movimientos: una pequeña retirada de efectivo cada cierto tiempo o un depósito de manera frecuente, pero sin excedernos, mantendremos un ciclo de movimientos natural en la cuenta.
4. Mantenimiento de tarjeta de crédito: no hay que llevarse a engaño. Muchas entidades ofrecen tarjetas de crédito gratuitas, pero sólo durante una primera etapa promocional. Mientras algunas verdaderamente lo son, otras cobran una pequeña cantidad anual, y con otras sólo será necesario realizar diferentes pagos al año por un importe mínimo que, en la mayoría de los casos, suele ser perfectamente asumible si hacemos un uso frecuente de la misma.

5. Retirada de efectivo de cajeros: si se va a retirar de manera frecuente dinero del cajero con la tarjeta de crédito, es mejor optar por una tarjeta de débito y tener clara la relación de cajeros en las que esta operación está exenta de comisiones.
6. Transferencias e ingresos de cheques y pagarés: forman parte del grupo de comisiones eliminadas de los bancos que trabajan a través de Internet. En el caso de las transferencias es posible evitarlas solicitando una orden de transferencia o traspaso de efectivo en la que, como requisitos, debemos ser titulares de ambas cuentas y que la cuenta origen acepte este tipo de operaciones.
7. Gastos de correspondencia: en la plataforma online de la entidad, se puede desbloquear la opción para que no envíen correo postal de los movimientos o solicitudes que se realicen en la cuenta.
8. Comisión de estudio y apertura de un crédito: este tipo de comisión puede evitarse si se solicita dentro de las condiciones especiales de los préstamos para jóvenes, autónomos o pequeñas empresas, donde este tipo de comisiones suelen ser más flexibles.
9. Modificación de las condiciones: las novaciones, o modificaciones de las condiciones de un préstamo, tienen la ventaja de que nos evitan los costes notariales y registrales de las hipotecas. La comisión está limitada al 0,1% del capital que quede por amortizar cuando el préstamo a interés variable.
10. Cancelación anticipada del depósito a plazo: las entidades que operan online y aquellos depósitos que se realizan con un importe bajo y con un vencimiento a corto plazo, no suelen disponer de este tipo de comisión. Para una liquidez completa, es posible optar por un depósito a la vista o cuenta remunerada, donde no sólo se puede cancelar en cualquier momento, sino que permite realizar retiradas de efectivo total o parcial, sin modificar la rentabilidad del producto.
Negociar comisiones
A cambio de disfrutar de productos sin comisiones el cliente tendrá que asumir algún tipo de condición que puede ir desde una mínima vinculación con la entidad, 
como la domiciliación de la nómina (que en la mayoría de los casos no supone mayor inconveniente al bolsillo), 
mantener un saldo o consumo mínimo anual (habrá que hacer cuentas y una estimación de si esta condición se puede llevar a cabo sin problemas mayores) 
o la contratación de otro producto de la entidad (es necesario plantearse si realmente nos interesa contratar un plan de pensiones o una tarjeta de crédito;
 las condiciones que ofrecen pueden no ser tan interesantes como otros productos del mercado, teniendo en cuenta que seguramente acarreen unas comisiones que hagan perder todo el ahorro anterior).
Las entidades bancarias tienen la obligación de publicar un folleto con todas las tarifas máximas de comisiones, registrado en el Banco de España, indicando cuáles son los gastos que puede acarrear cada operación. Las entidades que ofrecen servicios de inversión también están sujetas a las mismas obligaciones, en este caso, sus tarifas máximas están registradas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Eva Llorca es editora del comparador de bancos iAhorro.com

http://www.expansion.com/2012/08/10/midinero/1344599071.html 

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