Europa Laica DENUNCIA que no es admisible mantener en el Código Penal por más tiempo la absurda, ancestral e indeterminada tipificación del delito de “ofensa a los sentimientos religiosos” por el cual se está condenando a multitud de personas en el ejercicio de su libertad de expresión.
Europa Laica SE SOLIDARIZA con las personas afectadas por las acusaciones y sentencias judiciales promovidas por asociaciones y sectores ultramontanos católicos que hacen uso de este tipo penal.
Europa Laica INSTA AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO a que se tomen medidas en las fiscalías sobre el alcance y contradicciones en la aplicación práctica de este tipo penal que está limitando gravemente la libertad de expresión como derecho fundamental que debe ser garantizado. Se adjunta la carta enviada al Fiscal General del Estado.
Por último, Europa Laica considera que se hace necesaria una respuesta política y social de amplio espectro en defensa de una libertad de expresión que está deviniendo en seriamente amenazada por razón de actuaciones gubernamentales, legislaciones, actitudes y sentencias judiciales que la limitan severamente.
FISCAL GENERAL DEL ESTADO
Europa Laica es una asociación civil que tiene como objetivo la instauración en España de un Estado laico. Desgraciadamente, un principio tan indisociable y tan elemental de la democracia como es el laicismo está muy lejos de alcanzarse en nuestro país, presentando serias carencias e incumplimientos de, incluso, la propia aconfesionalidad formal declarada por la Constitución.
Una de esas distorsiones es la persistencia en nuestro Código Penal del delito de blasfemia revestido de “ofensa a los sentimientos religiosos”. La aplicación de esta ancestral e indeterminada figura penal está dando lugar a una creciente serie de actuaciones por parte de las fiscalías cuando dan trámite punitivo a todo tipo de denuncias presentadas normalmente por asociaciones y sectores fundamentalistas y ultramontanos del catolicismo contra todo tipo de manifestación artística, plástica, musical, periodística, humorística, satírica o de cualquier otra naturaleza, difundidos por cualquier medio, incluso particulares en las redes sociales, que son así obtusamente interpretadas hasta acabar en absurdas aunque costosas sentencias condenatorias para sus autores.
Esta situación pone en evidencia la inequívoca incompatibilidad de esta tipificación de base religiosa con la libertad de expresión como valor superior proclamado por la Constitución, con sentencias que violan claramente la libertad de conciencia de las personas que han sido acusadas, además de entrar en contradicción con diversa jurisprudencia de los tribunales europeos.
Europa Laica denuncia que no es admisible mantener por más tiempo esta ancestral tipificación en el Código Penal, a la vez que instamos a que se aborde esta situación en el Consejo Fiscal para que, desde la perspectiva de la acusación pública, se den instrucciones y orientación a las fiscalías sobre el alcance y contradicciones de la aplicación práctica de este tipo penal que está limitando gravemente la libertad de expresión como derecho fundamental a preservar.
Europa Laica SE SOLIDARIZA con las personas afectadas por las acusaciones y sentencias judiciales promovidas por asociaciones y sectores ultramontanos católicos que hacen uso de este tipo penal.
Europa Laica INSTA AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO a que se tomen medidas en las fiscalías sobre el alcance y contradicciones en la aplicación práctica de este tipo penal que está limitando gravemente la libertad de expresión como derecho fundamental que debe ser garantizado. Se adjunta la carta enviada al Fiscal General del Estado.
Por último, Europa Laica considera que se hace necesaria una respuesta política y social de amplio espectro en defensa de una libertad de expresión que está deviniendo en seriamente amenazada por razón de actuaciones gubernamentales, legislaciones, actitudes y sentencias judiciales que la limitan severamente.
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Europa Laica es una asociación civil que tiene como objetivo la instauración en España de un Estado laico. Desgraciadamente, un principio tan indisociable y tan elemental de la democracia como es el laicismo está muy lejos de alcanzarse en nuestro país, presentando serias carencias e incumplimientos de, incluso, la propia aconfesionalidad formal declarada por la Constitución.
Una de esas distorsiones es la persistencia en nuestro Código Penal del delito de blasfemia revestido de “ofensa a los sentimientos religiosos”. La aplicación de esta ancestral e indeterminada figura penal está dando lugar a una creciente serie de actuaciones por parte de las fiscalías cuando dan trámite punitivo a todo tipo de denuncias presentadas normalmente por asociaciones y sectores fundamentalistas y ultramontanos del catolicismo contra todo tipo de manifestación artística, plástica, musical, periodística, humorística, satírica o de cualquier otra naturaleza, difundidos por cualquier medio, incluso particulares en las redes sociales, que son así obtusamente interpretadas hasta acabar en absurdas aunque costosas sentencias condenatorias para sus autores.
Esta situación pone en evidencia la inequívoca incompatibilidad de esta tipificación de base religiosa con la libertad de expresión como valor superior proclamado por la Constitución, con sentencias que violan claramente la libertad de conciencia de las personas que han sido acusadas, además de entrar en contradicción con diversa jurisprudencia de los tribunales europeos.
Europa Laica denuncia que no es admisible mantener por más tiempo esta ancestral tipificación en el Código Penal, a la vez que instamos a que se aborde esta situación en el Consejo Fiscal para que, desde la perspectiva de la acusación pública, se den instrucciones y orientación a las fiscalías sobre el alcance y contradicciones de la aplicación práctica de este tipo penal que está limitando gravemente la libertad de expresión como derecho fundamental a preservar.
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