¡TUITEA SI TE ATREVES!
La libertad de expresión en España está bajo amenaza
Nyto Rukeli, de 23 años, fue detenido en 2016. El fiscal lo acusó de “enaltecimiento del terrorismo” por las letras de sus canciones. Letras como “Ni bajo tierra me callarán, no puede encarcelarse el arte”. En la misma operación fueron detenidos otros 11 raperos, miembros del colectivo La Insurgencia. Un grupo cuyo objetivo era “proporcionar una plataforma para que los músicos hablaran de cuestiones políticas”, según el propio Nyto. El 4 de diciembre de 2017 fueron condenados a dos años y un día de prisión cada uno, así como a nueve años de inhabilitación y a una multa de 4.800 euros.
En 2013, Alex García, cineasta de 23 años, abrió un canal de YouTube llamado Resistencia Films. Cuatro años más tarde, en julio de 2017, la policía le entregó una citación judicial y tuvo acceso a un informe policial de mil páginas en el que se enumeraban todos los vídeos del canal, fotografías, transcripciones de audio y las biografías de algunas de las personas entrevistadas. Alex fue acusado de “enaltecimiento del terrorismo” y puede ser condenado a dos años y un día de prisión, más nueve años de inhabilitación y una multa de 4.800 euros.
Usuarios de redes sociales, periodistas, profesionales del derecho y artistas musicales han sido procesados en España en virtud del artículo 578 del Código Penal, que prohíbe el “enaltecimiento” del terrorismo y la “humillación de las víctimas de los delitos terroristas”. El impacto de esta aplicación es devastador para las personas: cuantiosas multas, largos periodos de exclusión del sector público, penas de prisión… y una consecuencia intangible: la autocensura por miedo a sufrir la represión.
En 2013, Alex García, cineasta de 23 años, abrió un canal de YouTube llamado Resistencia Films. Cuatro años más tarde, en julio de 2017, la policía le entregó una citación judicial y tuvo acceso a un informe policial de mil páginas en el que se enumeraban todos los vídeos del canal, fotografías, transcripciones de audio y las biografías de algunas de las personas entrevistadas. Alex fue acusado de “enaltecimiento del terrorismo” y puede ser condenado a dos años y un día de prisión, más nueve años de inhabilitación y una multa de 4.800 euros.
Usuarios de redes sociales, periodistas, profesionales del derecho y artistas musicales han sido procesados en España en virtud del artículo 578 del Código Penal, que prohíbe el “enaltecimiento” del terrorismo y la “humillación de las víctimas de los delitos terroristas”. El impacto de esta aplicación es devastador para las personas: cuantiosas multas, largos periodos de exclusión del sector público, penas de prisión… y una consecuencia intangible: la autocensura por miedo a sufrir la represión.
El Gobierno español debe asegurar que se defienden los derechos de las víctimas del terrorismo en lugar de sofocar la libertad de expresión en su nombre. El artículo 578 del Código Penal debe ser derogado. Mientras tanto, deben retirarse todos los cargos formulados por expresarse pacíficamente
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