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10 de octubre de 2017

Así se ha formado el mapa de España a través de los siglos


Así se ha formado el mapa de España a través de los siglos

7 octubre, 2017

Hace ya un tiempo publicamos una serie de artículos sobre la organización territorial de España. Estaban orientados a entender mejor la configuración actual de nuestro país. Para ello nos remontamos desde la época de los pueblos prerrománicos a la España actual “de las autonomías”.
Ahora juntamos toda esa información en un artículo completo para poder profundizar en la construcción del mapa de España a través de los siglos. Lo hacemos en un momento en el que la unidad de España como nación está siendo muy discutida por el independentismo en Cataluña, cuyos lazos con España también hemos analizado recientemente. Por ello, queremos aclarar en la medida de lo posible las raíces históricas que hay tras nuestras “fronteras” interiores.

La organización prerrománica de la Península Ibérica

La península Ibérica fue ocupada en origen por pueblos de distintas procedencias que no llevaron a cabo ninguna división administrativa.
No se trataba por tanto de una organización territorial, sino de una serie de pueblos asentados en diferentes territorios, sin una organización del territorio específica ni diferencial.
Por ello, siendo rigurosos, debe utilizarse el nombre de “pueblos ibéricos” y no de “pueblo ibérico”, ya que nunca constituyeron una unidad política o una entidad socialmente organizada.

Pueblos prerromanos de la Península Ibérica

La historiografía tradicional ha identificado a los pueblos indígenas prerromanos de la península ibérica con las categorías “iberos y celtas“. Aunque obsoleta en cuanto a determinados extremos que se han demostrado erróneos, la clasificación sigue teniendo validez genérica.

Organización en tribus de las sociedades ibéricas

Las sociedades ibéricas se organizaban en tribus agrupadas en torno a familias poderosas lideradas por un régulo, príncipe o jefe militar. Junto a la aristocracia militar y propietaria, convivían campesinos y artesanos vinculados a ésta por lazos de dependencia económica.
Los celtas se establecen en el centro y norte de la península procedentes de centroeuropa hacia el 1200 a.C. Lo hacen como clanes guerreros organizados gentiliciamente. Existía entre ellos una fuerte jerarquización social y económica en torno a la función militar.

Distribución del territorio peninsular entre los principales pueblos y grupos de pueblos citados en las fuentes clásicas.
Distribución del territorio peninsular entre los principales pueblos y grupos de pueblos citados en las fuentes clásicas.Funete: Wikipedia.

El mapa anterior muestra la distribución del territorio peninsular entre los principales pueblos y grupos de pueblos citados en las fuentes clásicas. A grandes rasgos, sigue un criterio étnico-lingüístico.
En naranja, los pueblos “preindoeuropeos-iberos”, a los que hay que añadir, en azul claro, la zona turdetana. Estos dos pueblos son los que mayor contacto tendrían con los pueblos colonizadores.
La zona centro, oeste y sur aparece diferenciada entre los pueblos “indoeuropeos-celtas” (en color claro), los pueblos “indoeuropeos-preceltas” (en color rosado) y los pueblos “aquitanos o protovascos”, que son lingüísicamente preindoeuropeos, como los iberos, mientras que culturalmente son más similares a los de la zona septentrional.

Pueblos colonizadores de la Península Ibérica

Durante el I milenio a. C. se produjo un intenso contacto, especialmente en el este y sur peninsular, entre los pueblos “autóctonos” y los colonizadores históricos provenientes del Mediterráneo oriental. Se trató fundamentalmente de fenicios, griegos y cartagineses.

Los fenicios y la cultura tartésica

El primer pueblo mediterráneo en aparecer en la península fueron los fenicios. Lo hicieron hacia el S. VIII a.C. Con su llegada introdujeron técnicas metalúrgicas y de alfarería que contribuyeron al surgimiento de la cultura tartésica.

La zona de influencia de la cultura tartésica
La zona de influencia de la cultura tartésica

Tartessos fue un reino del suroeste peninsular surgido de la síntesis de las culturas autóctonas y la de los colonizadores mediterráneos (griegos y fenicios). Su riqueza estaba en el control de los yacimientos minerales y su auge se produjo en el S. VII y parte del VI a.C., hasta que los cartagineses arrasaron los asentamientos urbanos de Tartessos.

Griegos y cartagineses en la Península

Durante el S. VI a.c., los foceos (jonios de Asia menor, griegos) fundaron colonias en el norte del mediterráneo occidental (en la zona de Ampurias). Posteriormente, los cartagineses comenzaron su expansión por la península fundando diversas colonias.
Ni la colonización griega ni la fenicia trasladaron a la península sus instituciones político-administrativas ni su ordenamiento jurídico. Se limitaban a fundar factorías con fines económicos y reclutar mercenarios.
Desde el S. III a.c. aparecen ya en la Península Ibérica los grandes poblados u “oppida” con cierto grado de desarrollo urbanístico. Son evidentes ya signos de intercambio o fusión entre las culturas ibérica y celta, hasta el punto de que el mundo grecolatino acuñó el término “celtíbero”.

El mapa de España en tiempo de los romanos

Los romanos realizaron diversas divisiones de la península Ibérica a lo largo de la historia de su Imperio. La primera organización político-administrativa del territorio peninsular se remonta a los comienzos del siglo II a.C.

Hispania Citerior e Hispania Ulterior, en torno a 197 a. C.
Hispania Citerior e Hispania Ulterior, en torno a 197 a. C.

La Hispania Citerior y la Hispania Ulterior

En el año 197 a.C. se crearon dos provincias, Hispania Citerior (con capital en Tarraco, comprendía desde el Valle del Ebro y el litoral mediterráneo) e Hispania Ulterior (con capital en Corduba, el Valle del Guadalquivir). Las provincias se encomendaban cada una a un pretor, que ejercía de gobernador provincial.

mpaa conquista romana Hispania
Mapa de la conquista de Hispania simplificado. Fuente.

Tras un intenso proceso de romanización y con la conquista efectiva de la mayor parte de la Península, César Augusto aprovechó su estancia en Tarraco en el invierno del 27-26 a.C. para reorganizar de nuevo la vieja división de la Península.

La división de la Hispania Citerior

El nuevo emperador decidió dividir definitivamente Hispania en tres circunscripciones, tres provincias llamadas Ulterior Baetica (con capital en Corduba), Ulterior Lusitania (con capital en Emérita Augusta) y la Hispania Citerior (con capital en Tarraco), que sería después llamada Tarraconense.

División de Hispania con Augusto

La subdivisión en conventus

Las provincias estaban subdivididas en ‘conventus’, algo que podría equipararse a nuestras modernas provincias. En la época republicana los conventos no habían tenido estrictamente una acepción territorial.

Con la llegada del Imperio la reorganización territorial augústea cada convento estaba dotado de una capital conventual. 

En la capital de cada uno de los conventus se centralizaba normalmente la administración de justicia, la recaudación de impuestos y el culto imperial. A través de los conventos se elaboraba también el censo.

Gracias a la Historia Natural de Plinio el Viejo, redactada a mediados del siglo I d.C., disponemos de una detallada relación de todos los conventos peninsulares.

División conventual de España en el Alto Imperio Romano
División conventual de España en el Alto Imperio Romano. Fuente: Pablo Ozcáriz Gil, Los conventus de la Hispania citerior.

Cartaginense y Gallaecia

Ya a finales del siglo III, cuando el imperio estaba en caída libre, el empreador Diocleciano lo divide en dos entidades independientes, una en Occidente y otra en Oriente.
Del mismo modo, propone en 298 d.C. una nueva división administrativa para todo el imperio. Afecta a Hispania en la creación de dos nuevas provincias: la provincia Cartaginense y la provincia de Gallaecia.

Hispania romana dividida en 5 provincias.
Hispania romana dividida en 5 provincias. Fuente.

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La península Ibérica en tiempo de los visigodos

Con la caída del Imperio romano, en el siglo V, los visigodos ocuparon la mayor parte de la Península. Mantuvieron la división administrativa provincial romana bajo el nombre de “ducados”. Incluso crearon nuevos ducados como el de Asturias y Cantabria y la provincia de Celtiberia y Carpetania.
Así, la Hispania visigoda puede considerarse en muchos sentidos una prolongación de la Hispania romana. No hay que olvidar que los visigodos constituían una minoría asentada entre una inmensa mayoría de población hispanorromana a la que debían gobernar.

División administrativa del reino visigodo.
Recreación de la diivisión administrativa del reino visigodo. Fuente.

Otra de las notas definitorias del reino visigodo es la estrecha relación entre los poderes civil y religioso, lo que suponía que las diócesis cobraban importancia más allá de las cuestiones religiosas.

La organización de los ducados visigodos

Siguiendo a Manuel Torres López, estudioso del derecho y las instituciones visigóticas, las divisiones administrativas se agrupaban en dos. Por un lado se encontraban las provincias del tipo “ducado”, que coincidían con las antiguas provincias romanas.
Al frente se colocaba a un dux (nombrado de entre los grandes magnates). Tenía atribuciones militares y de administración de justicia, con varios condes (comes) bajo su autoridad.

Sedes episcopales visigóticas. Agustín UBIETO, Génesis y desarrollo de España, II. Diapositivas, Instituto de Ciencias de la Educación, Zaragoza, 1984 (Colección Materiales para la clase, nº 3, vol. 2)

Se mantenían así las provincias existentes en la época romana: Tarraconense, Cartaginense, Bética, Lusitania, y Gallaecia. A estas se añadió una provincia al sur de las Galias y en la zona norte de los Pirineos: Narbonense o Septimania.

Los condados visigodos

Los conflictos bélicos con los pueblos del norte debieron justificar una frontera militar alrededor de la cual surgiría una provincia o territorio militar en Cantabria. Otra provincia fue la Asturiense acabando el S.VII.
Por otro lado estaban las provincias del tipo “condados” procedentes de los territoria o terrenos circundantes a las ciudades. Integraban varias fincas rústicas que con el tiempo se independizan de las mismas.
Al frente estaba un ‘comes territorii’ o ‘comes civitatis’. Eran por tanto territorios dentro de las provincias-ducados, compuestos por latifundios de la Corona o los particulares.

La organización territorial de al-Ándalus

Tras la conquista musulmana de la península ibérica en 711, la conocida como al-Ándalus pasó por varias etapas. Primero se integró en la provincia norteafricana del Califato Omeya. Más tarde se convertiría en el Emirato de Córdoba y después, con Abd al-Rahman III, en el Califato de Córdoba.
Sobre la organización territorial de al-Ándalus, desde su conquista hasta Abd al-Rahman III, las fuentes escritas no hablan claro. No se sabe si perduró la antigua distribución territorial hispano-visigoda o sólo subsistió su estructura administrativa.

Al Andalus en 732
Al Andalus en 732 dC. Funete: Wikipedia.

Los yund-s y los kuras

Los yund-s (distritos militares) son una de las primeras referencias que tenemos de la distribución territorial andalusí. Se pueden diferenciar hasta seis yund-s diferentes en la actual Andalucía.
Son el yund ubicado en Ilbira (Granada), el de Ixbilia (Sevilla), el de Yayyan (Jaén), el de Rayya(Málaga), el de Siduna (Medina Sidonia) y el de Tudmir (Murcia) y el Algarve.
Desde Abd al-Rahman I, cuando comenzó verdaderamente a organizarse el territorio, al-Ándalus quedó distribuida en dos grandes unidades geográficas. La primera era la era la kura, la división administrativa básica.
Su término geográfico podía coincidir con las antiguas diócesis o condados visigodos. Cada kurapodía fragmentarse en aqalim (distritos), centralizados en los husûn, que se subdividían en ayza(partidos).

Las coras de Al-Andalus en el siglo X
Las coras de Al-Andalus en el siglo X. Fuente.

Los tagr o marcas fronterizas

Otra unidad territorial era el tagr, una marca fronteriza con los Reinos cristianos del norte. Se pudieron diferenciar al menos tres en época califal. Se trata de al-tagr al-aqsa (frontera Superior o Marca de Zaragoza), al-tagr al-wasat (frontera Media o Marca de Toledo) y al-tagr al-Adna(Marca Inferior, en la actual Extremadura).
Al frente de las taifas se colocaba a un jefe militar. Gozaba de poder e independencia, lo que supuso en algunas ocasiones que estos gobernadores llegasen a oponer resistencia al gobierno central. Incluso en llegaron a declararse independientes. 

Los reinos de taifas

Con la disolución del Califato de Córdoba en 1031, el territorio se dividió en los primeros reinos de taifas, período al que sucedió la efímera etapa de los almorávides, los segundos reinos de taifas, la etapa de los almohades y los terceros reinos de taifas.
Más tarde, según el poder del Emirato de Córdoba iba decayendo, las coras se independizaron, creándose los reinos de taifas.

Reinos de Taifas hacia 1080. Wikipedia.

La organización de almorávides y almohades

Con la llegada y ocupación de los almorávides se mantuvo la división territorial en kuwar y se respetaron sus funciones político-administrativas. Es lo que se desprende del testimonio del geógrafo hispanomusulmán al-Idrisi.
Con los almohades, se trasladó la capital a Sevilla y, según el geógrafo Ibn Said al-Maghribi, se dividió el territorio en los reinos de Córdoba, Sevilla, Málaga, Jaén, Granada y Almería. También reordenaron y fortificaron el territorio para defenderse de la amenaza cristiana.

Mapa del reino de Granada
Mapa del reino de Granada

Por último, según Ibn al-Jatib, el reino nazarí de Granada ocupó los territorios de las antiguasKuwar de Elvira (Granada), Rayya (Málaga) y Pechina (Almería). Se estructuró en 33 aqalimcentralizados en algún núcleo de población relevante.
Sin embargo, en algunas zonas, como en la Alpujarra, se produjeron estructuras territoriales propias como la taha, que era un distrito administrativo que se mantuvo hasta la época cristiana.

La organización territorial de los reinos cristianos

La conocida como “Reconquista” es el periodo histórico que corre paralelo a la presencia de los munsulmanes en la península Ibérica. Duró casi ochocientos años, desde la Batalla de Covadonga en 722 a la Toma de Granada en 1492.
Pero durante todo este tiempo no siempre hubo enfrentamientos de manera continua. Sumados todos los años en que hubo guerras no fueron ni cien. Menos aún si tenemos en cuenta que únicamente se luchaba durante el buen tiempo (primavera-verano).

Mapa detallado de la Reconquista (en inglés).
Mapa detallado de la Reconquista (en inglés).

Durante este periodo, más allá de las batallas, tiene lugar la repoblación y la organización del territorio reconquistado. Mediante ellas se irán configurando las bases de los reinos peninsulares.

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Los reinos cristianos adquieren su forma

Así, los reinos cristianos fueron adquiriendo su forma en torno a lo que terminaron por ser cuatro cinco grandes núcleos en el siglo XII. El Reino de Portugal (ya independiente desde 1143), el Reino de León (que se uniría posteriormente a Castilla), el Reino de Castilla, el Reino de Navarra y el Reino de Aragón.

Reinos cristianos y Al-Ándalus en 1162
Reinos cristianos y Al-Ándalus en 1162

Los primeros esquemas de organización territorial en los núcleos políticos de la reconquista se redujeron a la creación de pequeños distritos militares. El proceso de territorialización en todos los reinos fue confuso debido a la existencia de señoríos que contaban con su propia organización.

Organización en condados

Hasta el S. XII el territorio de la “España” (entendida como una unidad para simplificar) cristiana se ordenó de manera general mediante condados (comitatus) de extensión variable, con diversas particularidades.
Así, en Asturias-León aparecieron pronto las mandaciones de límites inseguros, que en algunos casos coincidían con comarcas naturales. Sus encargados (mandans) actuaban en nombre del rey. Posteriormente se empezó a hablar de condes que contaban con una dignidad personal superior, aunque no ligada siempre al gobierno de un condado.

Expansión del reino de Asturias del siglo VIII al X.
Expansión del reino de Asturias del siglo VIII al X.

Castilla fue en origen un condado al sur del reino astur-leonés, con numerosas fortalezas, y que arrancó su historia como reino en el siglo XI.

Condados de Castilla 930-970
Condados de Castilla 930-970

En los núcleos del Pirineo oriental, la influencia del Imperio Carolingio y sus esquemas feudales explican la temprana organización del territorio en condados. Allí los condes tenían delegados (vicarios y bayles) pero no se delimitaron claramente distritos en cada condado.

Condados pirenaicos en torno al siglo X
Condados pirenaicos en torno al siglo X, en tiempo del Califato.

Posteriormente, en Aragón y Navarra las demarcaciones encomendadas a los magnates fueron conocidas como honores y su gobierno conferido en beneficio. Ya partir del siglo XII, la organización territorial se hizo más compleja en todos los reinos hispánicos debido al ritmo de la reconquista y a la afirmación de las monarquías.

La organización en Castilla y Navarra

En Castilla, en la Baja Edad Media, el territorio seguía ordenado en los condados o tenencias, a cuyo frente el rey situaba como tenente a un noble. A lo largo de los siglos XII y XIII se consolidaron los reinos cristianos de la Península Ibérica.
Llegaron a conquistar la mayoría de los reinos musulmanes con la excepción de Granada. En el siglo XIII se produjo también la unión definitiva de los reinos de Castilla y de León bajo el nombre de la Corona de Castilla.

Las merindades y los merinos mayores

En Castilla y Navarra aparecieron las merindades, a cuyo frente se situaba un merino. Esta figura experimentó un importante incremento de funciones. Concretamente, en Navarra, las merindades se crean en el siglo XIII bajo el reinado de Teobaldo II (1253-1270).
De este modo, el territorio del reino de Navarra queda dividido en cuatro merindades más la tierra de Ultrapuertos que no se configuró como tal. A su vez el Valle era una confederación de aldeas y villas bajo la autoridad de uno o varios bayles menores a las órdenes del Merino.

Merindades de Navarra en el siglo XIII. Wikipedia.
Merindades de Navarra en el siglo XIII. Wikipedia.

En el lado castellano, también en el siglo XIII, durante el reinado de Fernando III, se instituyó la figura del merino mayor. Los territorios comprendidos por los reinos de León, Castilla y Galicia (unidos por la corona), al que posteriormente se añadió Murcia, quedaron ordenados en cuatro grandes circunscripciones territoriales o distritos. Al frente de cada uno se encontraba un merino mayor.

Los adelantamientos mayores

Alfonso X comenzó a poner al frente de los territorios reconquistados o adelantamientos a un adelantado de la frontera y posteriormente un adelantado mayor. Los adelantados mayores fueron delegados del rey que rigieron los distritos fronterizos con amplias competencias gubernativas, judiciales, militares y económicas.
A partir de 1230 ya hay merinos mayores en los reinos de León y Castilla, a los que Femando III añade otro en Galicia y Alfonso X otro más en Murcia, en 1252, a la par que crea, al año siguiente, el Adelantamiento Mayor de la Frontera o Andalucía.
Desde 1258, los merinos mayores son sustituidos por adelantados mayores en Castilla, León y Murcia. Mientras que en Murcia y Andalucía se consolidaron los adelantamientos mayores, en Castilla, León y Galicia se observa durante los siguientes decenios una alternancia algo confusa entre adelantados mayores y merinos mayores.
Enrique II concluyó con aquella situación, al establecer que Castilla, León, Galicia, Andalucía y Murcia tendrían adelantados mayores. Se puede suponer que el ámbito teórico de acción de los Adelantados de León y Castilla comprendería también las respectivas zonas en la submeseta Sur y en las extremaduras.

Alcaldes y corregidores

Esta organización territorial se alteró pronto al ser sustituidos los adelantados por los alcaldes mayores y por los corregidores. La nueva organización, que comenzó a ser implantada desde el siglo XIV, tuvo carácter político.
Trajo consigo grandes repercusiones ya que suponía la posibilidad de administrar el territorio con criterios centralizadores que favorecían los intereses de la Corona. Las ciudades con voto en Cortes se erigieron como unidades de ordenación territoriales eficaces y manejables.

Organización de la Corona de Aragón

En la Corona de Aragón, la administración territorial no fue uniforme. Durante la Alta Edad Media el territorio se dividía en pequeños Honores o Tenencias vitalicias entregadas por el rey a gentes de confianza, apareciendo posteriormente los merinatos.
Así, en la Baja Edad Media las circunscripciones territoriales eran las Honores, las Gobernaciones, las Universidades (municipios) y las Merindades (circunscripciones fiscales).
Además los municipios se asociaron para defender el orden público constituyendo juntas con jurisdicción sobre el territorio global de los confederados. Hubo también merinos con funciones análogas a las que en Cataluña tenían los bayles.

Expansión peninnsular del reino de Aragón.
Expansión peninnsular del reino de Aragón. Fuente.

La diversidad de los reinos que formaban la Corona de Aragón y su dispersión geográfica impuso que el monarca designara a representantes investidos de amplias facultades.
Tenían poder sobre todo en el orden judicial, denominados genéricamente procuradores y procuradores generales o lugartenientes cuando eran el alter ego del monarca.

Los condados catalanes

En los condados catalanes, que no se unieron a Aragón hasta 1150, la articulación y administración del territorio descansó durante mucho tiempo en las estructuras feudales.
Estaban centradas en la existencia de 14 ó 15 condados. Algunos de ellos no tenían conde propio. Los batlles o bayles en principio eran simples administradores de zona por encargo de los condes y señores. En el siglo XII se afianzan ya como oficiales públicos, jueces locales y agentes fiscales.

Los condados catalanes en el siglo
Los condados catalanes en el siglo XI.

Tras la emancipación del imperio carolingio en el S. XII, en lo que hoy es Cataluña aparecen como nuevas demarcaciones territoriales las Baylías. Ostentaban una acumulación de competencias locales, acumulando funciones de policía, paz pública, jefatura de tropas, represión de crímenes y recaudación de tributos.
Por encima de los Bayles estaba el Bayle general. La función administrativa propiamente dicha corresponde a las vegerías desde el siglo XII y a sus titulares, los vegueres.
Cataluña, Valencia y Mallorca ya formaban en la Baja Edad Media tres Baylías a cuyo frente se encontraban, en cada una, un bayle general que, como administrador del monarca y alto magistrado territorial, recibía de él por delegación toda clase de poderes.

Los orígenes de España: los Reyes Católicos

Desde 1479, Isabel de Castilla y Fernando de Aragón inauguraron la unión dinástica de dos coronas sobre la base de una gran heterogeneidad territorial y social.
Tal y como explica Juan Carlos Rodríguez Mateos, “el dinamismo y transformación progresiva de las demarcaciones en instituciones territoriales castellanas contrastará con el inmovilismo en las aragonesas y con su resistencia frente a la construcción de una monarquía autoritaria centralizada”.

La heterogeneidad de Aragón y Castilla

A grandes rasgos, la corona de Castilla se se dividía en 13 provincias con derecho a representación en Cortes además de 5 reinos: Toledo, Cuenca, Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada.
La corona de Aragón se componía de 4 reinos: Aragón, Cataluña, Valencia, Mallorca, cada uno de ellos con diferentes entidades territoriales más pequeñas.
Los Reyes tendieron a gobernar sus territorios desde Castilla y eligieron virreyes o lugartenientes en cada uno de esos territorios.

Unión de España con los Reyes Católicos
Unión de los reinos que conformaron España con los Reyes Católicos
Así las cosas, lo Reyes Católicos llevaron a cabo ciertas transformaciones territoriales en el lado castellano como la supresión de la autonomía municipal y de los adelantamientos. También la extensión de la figura de los corregidores reales para administrar las ciudades y los distritos ocorregimientos.

Chancillerías y virreyes

En Castilla se configurará una nueva organización político-judicial superior al corregimiento. Estaba basada en chancillerías (con sede en Valladolid y Granada; ambas chancillerías separadas por la línea del Tajo) y en audiencias.
Aragón no llegó a aplicar nunca un programa político similar. Sólo se crearon ciertas instituciones como los virreyes (representantes del poder real en cada uno de los territorios de la Corona de Aragón).
También el Consejo de Aragón que, con sede en Castilla, servía de nexo con esos territorios. Las demarcaciones territoriales aragonesas permanecieron igual que a fines de la Edad Media.

La organización territorial de España en tiempo de los Austrias

Con Carlos I de España llega la dinastía de los Austrias a España, en el año 1516. Reinó en todos los reinos y territorios de España con el nombre de Carlos I desde 1516 hasta 1556. Unió así por primera vez en una misma persona las Coronas de Castilla —el Reino de Navarra inclusive— y Aragón. Asimismo fue emperador del Sacro Imperio Romano Germánico como Carlos V de 1520 a 1558.
Hijo de Juana I de Castilla y Felipe I el Hermoso, fue nieto por vía paterna de Maximiliano I de Habsburgo y María de Borgoña. De ellos heredó los patrimonios borgoñones, los territorios austriacos y el derecho al trono imperial. Por vía materna era nieto de los Reyes Católicos, de quienes heredó Castilla, Navarra, las Indias, Nápoles, Sicilia y Aragón.

La herencia de Carlos I.
La herencia de Carlos I. Fuente: Carlos Pérez Torregrosa.

Administración separada de los reinos

Carlos I se titulará rey de España, pero mantendrá la estructura de reinos independientes en la península. De este modo, bajo su reinado perduraron las aduanas, las instituciones y la administración separada de todos los reinos.
Castilla contaba con unas Cortes, mientras que Navarra y el reino de Aragón tenían las suyas por separado.
Así, en esta época, que un reino estuviera unido significaba que tenía un heredero común, por lo que la monarquía se erigía como un elemento aglutinador. Los reyes debían respetar las leyes vigentes en cada lugar. No obstante y en virtud del carácter autoritario de los reyes de la Edad Moderna, progresivamente se irá unificando la legislación y las diferencias disminuirán.

La organización de Monarquía hispánica

España era una monarquía compuesta, denominada Monarquía hispánica o Monarquía Católica.Estaba organizada a través de un sistema en el que cada uno de los reinos retenía su peculiaridades institucionales.
Se constituía como un conjunto de territorios con sus propias estructuras institucionales y ordenamientos jurídicos. Eran diferentes y particulares, gobernados por el mismo soberano, el monarca español, a través de un sistema polisinodial de Consejos.
De este modo, el soberano español actuaba como rey según la constitución política de cada reino y su poder variaba de un territorio a otro. No obstante, reinaba como monarca de forma unitaria sobre todos sus territorios.
Con todo, el respeto de las jurisdicciones territoriales no impidió un refuerzo de su autoridad y poder regio del monarca en cada reino en particular.
A pesar del respeto y autonomía jurisdiccional, existía una política o directriz común que había que obedecerse. Estaba encarnada por la diplomacia y la defensa. La Corona de Castilla ocupaba la posición central y preeminente sobre los demás.
La Monarquía incluía las coronas de Castilla (ya con el reino de Navarra y los territorios de Ultramar) y Aragón (con Sicilia, Nápoles, Cerdeña y el Estado de los Presidios). También Portugal entre 1580 y 1640, los territorios del Círculo de Borgoña, el ducado de Milán y el marquesado de Finale.

Felipe II y el equilibrio entre dos fuerzas

Felipe II será quien busque un equilibrio entre el centralismo autoritario de la monarquía y la tendencia separatista de la periferia. Había recibido, en 1580, la herencia de Portugal y su imperio.
De este modo, la península en su conjunto estaba unificada bajo una sola corona. La unión sólo durará sesenta años, hasta 1640, cuando Felipe IV pierde Portugal y mantiene una guerra con Cataluña.
Bajo este sistema, Castilla se lleva la mejor parte de los beneficios de la conquista de América, pero también los mayores gastos. Cuando caen los beneficios y comienzan las guerras europeas, la Corona, a través del conde-duque de Olivares, tratará de repartir las cargas entre todos los reinos.

El triunfo del foralismo o la España asimétrica

Es en este momento cuando surgirán los conflictos, ya que esto suponía terminar con la separación por reinos y mezclar los vasallos. Una situación que atentaba contra el concepto de naturaleza y extranjería, el nombramiento de cargos públicos, la recaudación de impuestos, el servicio de armas y las leyes tradicionales (fueros).
Al final, triunfa el foralismo, impidiendo hacer de España una monarquía eficaz con un gobierno y una administración más “racional” (al estilo francés).

La atomización de los territorios

La división en reinos acabó por sucumbir. Había 19 merindades y 17 distritos, cuyos límites coincidían con los de los obispados. Las Cortes se reunían por ciudades. Estas se convocaban para aprobar los impuestos extraordinarios, por lo que había que delimitar las circunscripciones fiscales.

La España de Felipe II en 1590
La España de Felipe II en 1590.

En el siglo XVII se va fragmentando la estructura territorial. Esto provoca que aparezcan toda una serie de enclaves o varíe la estructura de los reinos.

La organización territorial en la España borbónica del XVIII

El sistema de ordenación del territorio de los Austrias se revelaba como demasiado complejo y poco eficaz para un Estado moderno del siglo XVIII. La España borbónica tendría que hacer frente a este desafío de la organización territorial.
En 1701, tras la muerte sin descedencia de Carlos II “El Hechizado”, Felipe V, un Borbón, accedió al trono. Con su llegada se desató la llamada Guerra de Sucesión (1701-1713).

La Guerra de Sucesión, una guerra civil internacionalizada

Fue un conflicto internacional (Francia y algunos ducados alemanes de un lado, Austria, Gran Bretaña u las Provincias Unidas de otro) pero también una guerra civil.

Guerra de Sucesión española
Las potencias internacionales en la Guerra de Sucesión española

La Corona de Castilla y Navarra se mantuvieron fieles al candidato borbónico (Felipe V). En cambio, la mayor parte de la Corona de Aragón prestó su apoyo al candidato austriaco (Carlos VI).
Los Borbones, que salieron victoriosos tras 12 años de conflicto, eran más centralistas que los Austrias y trataron de hacer de su monarquía un Estado absolutista. Para ello necesitaban una ordenación del territorio diferente, más racional. Más francesa.

Los decretos de Nueva Planta

Era imperativo terminar con las diferentes legislaciones y las peculiaridades de cada reino. Y no era tarea fácil. La labor uniformizadora se llevó a cabo por medio de los Decretos de Nueva Planta. Se aplicaron a la Corona de Aragón y en general a todos los territorios que lucharon en contra de Felipe V en la guerra de Sucesión.
En este documento el rey  declara “abolidos y derogados todos los referidos fueros, privilegios, práctica y costumbre hasta aquí observados en los referidos reinos de Aragón y Valencia”.
Y prosigue: “siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y ha tenido en ella y en sus tribunales sin diferencia alguna en nada”.
En 1711 se impone en Aragón el Decreto de Nueva Planta, en 1715 en Mallorca, en 1716 en Cataluña. Con ellos desaparecen las instituciones tradicionales y los fueros de los reinos. En 1717 se intentan suprimir las aduanas internas, pero la rebelión en el País Vasco lo impide, por lo que las fronteras volverán al interior.

El Nomenclátor de Floridablanca

Durante el siglo XVIII la necesidad perentoria de la organización territorial de España se convierte en un tema central. Está muy relacionado con el de la “decadencia” del Imperio. La fuente documental que marca la división territorial española del S XVIII es el Nomenclátor de Floridablanca 1789.
Elaborado ya bajo el reinado de Carlos IV, en él se realiza un inventario de todas las entidades locales, con el propósito ilustrado de mejorar la administración.

Las Intendencias de Floridablanca
Las Intendencias de Floridablanca

Las intendencias como órgano administrativo

La España borbónica trae consigo la creación de las intendencias, que  reúnen todas las atribuciones administrativas. Esto sin duda supone un importante paso centralizador
La característica de las provincias e intendencias en este siglo se resumen en dos: desigualdad de tamaños e irregularidades en los límites.
Hay provincias enormes como son las de la Corona de Aragón, Cuenca, La Mancha, Toledo, Burgos, León, Galicia, Extremadura, Sevilla, Granada y Murcia en un extremo. Enfrente estaban las pequeñas provincias Vascongadas, las de Nuevas Poblaciones y las provincias castellanas de Madrid, Palencia, Toro y Zamora.

Provincias e intendencias de España en 1789
Provincias e intendencias de España en 1789 sobre el mapa de Comunidades actual.

A pesar del esfuerzo uniformador, no se pudo reintegrar a todos los señoríos, para dotarlos de una nueva organización. De este modo, se mantuvieron muchas peculiaridades.
Estas peculiaridades tendrán especial importancia en la recaudación de impuestos. Habráprovincias exentas, como Navarra y el País Vasco, y fiscalidad diferenciada para la Corona de Aragón.
A finales del siglo XVIII la España peninsular cuenta con cuatro territorios forales, 21 provincias correspondientes al resto de la Corona de Castilla y 3 reinos en la Corona de Aragón. Esto suma, en total, 28 provincias.
La función de éstas en la Corona de Aragón era sinónima a los reinos. En la Corona de Castilla tenían una función fiscal y representativa de Cortes, pero no política o judicial, pues de ello se encargaba el corregidor.

Las nuevas provincias de finales del XVIII

Con todo, este sistema se sigue demostrando como muy irracional y no permite un gobierno eficaz. Los ilustrados tratarán de remediar la situación. En 1799, Miguel Cayetano Soler como superintendente de Hacienda propondrá la creación de otras seis provincias para equiparar la extensión de todas.
Así, Soler creó las provincias marítimas de Alicante (separada de Valencia), Asturias (de León), Cádiz (de Sevilla), Málaga (de Granada) y Santander (de Burgos), que perduran en la actualidad.
También creó la provincia de Cartagena (segregada de Murcia), que quedó en el olvido, salvo para algunos cartageneros que aún la reclaman.
En 1804, Godoy crea la provincia de Sanlúcar de Barrameda, con partidos judiciales provenientes de Sevilla, pero no tiene continuidad histórica. Entre 1801 y 1805 se intenta otra división, para facilitar la recaudación de impuestos. Pero no tiene éxito. La invasión napoleónica detiene el proceso.

La organización territorial de la España napoleónica

Noviembre de 1807. Más de 20.000 soldados franceses entran a España con la misión de reforzar al ejército hispano para atacar Portugal. Lo hacían tras el engañoso pacto alcanzado entre Napoleón y Carlos IV para -supuestamente- conquistar Portugal y repartírselo. Pero los planes de Napoleón eran otros: el control de la península Ibérica.
En un primer momento, los españoles no opusieron resistencia y permitieron el libre tránsito del ejército galo.
Pero hacia febrero de 1808, los auténticos planes de Napoleón comenzaron a desvelarse y comenzaron los primeros brotes de rebeldía en varias partes del país, como Zaragoza. Esta oposición se agudizaría en toda España y sería especialmente beligerante en Madrid, con el levantamiento del 2 de mayo.

Mapa de la Guerra de la Independencia
Mapa de la Guerra de la Independencia

Con este panorama, José Bonaparte fue proclamado Rey de España el 6 de junio, una vez Carlos IV y su hijo Fernando VII se encontraban ya fuera del país.
Era la llegada de la España napoleónica, el territorio español dominado por las autoridades napoleónicas en el transcurso de la guerra de la Independencia Española (1808-1813). Fue establecido como un Estado satélite del Primer Imperio francés, para descontento de los españoles.
Francia marcaba sus reglas. La extensión del modelo de departamentos era una práctica habitual en todos aquellos territorios bajo la administración napoleónica.

El Estatuto de Bayona: 38 departamentos

Se quería transmitir la imagen de un nuevo Estado, racional y armónico, sin condicionantes históricos. En definitiva, Napoleón ansiaba la homogeneización político-cultural de los territorios conquistados.
El Estatuto de Bayona (original aquí) de 1808 fija implícitamente las directrices que ha de seguir la reorganización territorial. Establecía que la representación española -colonias aparte- en Cortes era de 40 diputados. Uno por Baleares, otro por canarias y 38 diputados para la península. Los diputados se elegían con un umbral de unos 300.000 habitantes.
Por lo tanto, la división más lógica sería la que dividiera la península en 38 departamentos  con similar cifra de población. Esto hacía necesario una profunda separación con el modelo territorial anterior. Un modelo que estaba caracterizado por las distintas cifras poblacionales: Galicia pasaba del millón de habitantes, Álava no superaba los 70.000.

Mapa de prefecturas de 1811
Mapa de prefecturas de 1811. Se puede ver en alta calidad Fuente.

La nueva organización departamental francesa

En 1808 se encarga a Francisco Amorós una división en departamentos. Desde una óptica afrancesada, se veía la resistencia al dominio napoleónico como un fenómeno de carácter provincial. Por eso, la división departamental intenta diluir las expresiones de particularismo encarnadas en las provincias.
Amorós presenta un proyecto de 38 departamentos, designados por sus capitales. De las antiguas capitales se suprimen Ávila, Guadalajara y Palencia. Confirma las capitales marítimas de Alicante, Asturias, Málaga y Santander.
También cambia la capital de Cádiz a Jerez y unifica las tres provincias vascas en una sola con capital en Vitoria. De las antiguas provincias más extensas, divide Galicia en Santiago, Lugo, Orense y Tuy; Extremadura en Badajoz y Plasencia. Además crea el departamento de La Rioja. Elige nuevas capitales en la Corona de Aragón: Huesca, Segorbe, Solsona y Tortosa.

El modelo de prefecturas españolas de Lanz

El siguiente proyecto es el de José María Lanz, que aunque nacido español, fue nacionalizado francés. De formación matemática y cartográfica, con el gobierno napoleónico le fue encargado el profundizar en la división en departamentos. De manera provisional, el gobierno napoleónico había adoptado la división clásica, incluyendo las provincias marítimas.
Lanz elabora la propuesta a partir de las notas de Amorós, manteniendo el número de departamentos (prefecturas) en la cifra de 38. Las principales novedades son que en Cataluña se sustituye Solsona por Lérida y Tortosa por Tarragona o Reus y se crea un departamento en Gerona.
También se prefiere Teruel en vez de Segorbe. Por otro lado, se llevó a cabo un cambio de capitales en Extremadura: Cáceres por Plasencia y Mérida por Badajoz. Se suprimen los departamentos de Logroño, Segovia y Zamora y se crean los de Ciudad Rodrigo, Guadalajara y Palencia.
También se traslada la capitalidad de Jaén a La Carolina, de Santiago de Compostela a La Coruña. Se preveía asimismo un posible traslado de Orense a Monterrey, de León a Astorga, de Jerez de la Frontera a El Puerto de Santa María y de Vitoria a Bilbao.

Prefecturas Napoleónicas
Prefecturas Napoleónicas. Fuente.

Primer gran proyecto de división territorial española

Si bien la propia estructura departamental de Lanz pasará inadvertida, ya que en algunos territorios ni siquiera pudo ponerse en práctica, fue el primer gran proyecto de división territorial española, lo cual asentó las bases para posteriores reorganizaciones. Así, por ejemplo, el número de prefecturas y el de provincias posteriores es el mismo en Aragón, Cataluña, Extremadura o Galicia.
Al mismo tiempo, el de unir o no las tres provincias vascas fue todo un debate en medio del proceso provincializador. Si bien algunos límites son poco coherentes, hay algunas provincias cuya delimitación sigue siendo la misma.
Por su carácter pionero, el sistema francés fue un revulsivo para la anticuada estructura provincial, ya que los nuevos mapas de prefecturas traían la imagen de modernidad y racionalidad, sin enclaves, ni límites irregulares, con el uso de líneas rectas, de accidentes naturales.
Además, alertó a las élites de las ciudades para que lucharan por las capitalidades provinciales, ya que se veía como un proyecto que mejoraría los servicios, daría una mayor área de influencia y una dinamización económica. Por todo ello, la división provincial alcanzó el rango de precepto constitucional.

Organización territorial en las Cortes de Cádiz

La necesidad de una nueva división provincial era ya a comienzos del siglo XIX imperativa. En este sentido, durante la ocupación francesa, los invasores se esforzarán por poner en marcha un modelo racional al estilo napoleónico.
En el lado español, los políticos de cualquier tendencia también estaban de acuerdo: había que organizar el modelo para una racionalización del Estado. Los nuevos aires del liberalismo flotaban en el ambiente y bajo este influjo, una organización del Estado se hacía absolutamente necesaria.

El poder constituyente de Cádiz

En ausencia del monarca que los españoles consideraban legítimo, Fernando VII, durante la ocupación francesa se organizaron Juntas provinciales y una junta central, que tras las dorrotas militares (tras la derrota en Ocaña -Toledo- en 1809) se retiró a Cádiz. La ciudad gaditana albergaría a las cortes, “depositarias del poder de la Nación” y que, por tanto, se erigían como poder constituyente.
La Constitución de Cádiz de 1812 enumera los territorios y reinos históricos. Se trata de Aragón, Asturias, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Córdoba, Extremadura, Galicia, Granada, Jaén, León, Molina, Murcia, Navarra, Provincias Vascongadas, Sevilla, Valencia y las islas Baleares y Canarias, así como las posesiones de África, América y Filipinas.

La provincia adquiere un sentido político

Frente al concepto de provincias del Antiguo Régimen, donde se basaban en los órganos de gestión económica, la Constitución de Cádiz da a la provincia un sentido político. Está basado en dos instituciones: la Diputación y el Gobernador. Cada uno tiene sus funciones, pero se tutelan mutuamente.
Es un modelo de autonomía y centralización, reflejo del sentir de la época, pues había diputados de posición centralista y otros autonomistas. La controversia se resuelve a favor de los provincialistas, al ponerse en práctica las diputaciones. La representación de cada provincia -circunscripción- en Cortes sería proporcional a la población, según el censo más reciente, de 1797.

La propuesta de provincias de Ranz y Espiga

Pero la Carta Magna dejaba por determinar las provincias constitucionales. Así las cosas, la primera propuesta llega en el mismo 1812, elaborada por Antonio Ranz y José Espiga
Esta división pone de manifiesto que centralismo y división provincial no eran lo mismo. Estos autores eran partidarios de reducir el margen de actuaciones de las diputaciones.
Al tiempo, tendían a una agrupación provincial (o “regional”) en entidades administrativas mayores. Preservaban así los antiguos grandes reinos. El patrón de referencia era el tomar como base las entidades más extensas y pobladas e igualar por arriba.
Esta división despierta críticas, en especial de los diputados de las provincias que se extinguen.

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El plan de organización de España de Felipe Bauzá

El siguiente paso fue la fragmentación de los grandes reinos. En junio de 1813, con la salida de José I, las Cortes entendieron que ya era momento de comenzar a realizar la división provincial, de forma que la Regencia encargó al marino, cosmógrafo y geodesta Felipe Bauzá un proyecto de división.
En él establecía una curiosa jerarquía administrativa entre provincias de primera, de segunda y de tercera, intentando combinar los reinos tradicionales con las entidades de nueva creación.

La categorización de las provincias

Según Bauzá serían “provincias de primera” Aragón, Cataluña, Valencia, Granada, Extremadura, Toledo, Madrid, León Provincias Vascongadas y Galicia.
Las “provincias de segunda” serían Asturias, Santander, Navarra, Soria, Cuenca, Murcia, Jaén, Málaga, Cádiz, Córdoba, La Mancha, Salamanca, Valladolid, Burgos, Segovia, Islas Baleares e Islas Canarias. Las provincias “de tercera” o subalternas serían dependientes de las de primera. El mapa de España quedaba formado por 21 provincias en total.

Un reparto equilibrado de la población

El objetivo básico de esta división era el reparto equilibrado de población entre las provincias, aunque admitiendo que era incompatible con la igualación territorial -porque las densidades de población diferían de unos lugares a otros-.
Para la elaboración de su propuesta, Bauzá emplea las cifras de población de 1797, corregidas por el tiempo pasado. La media de población era de 250.000 habitantes, con poca diferencia entre unas provincias y otras.
No obstante, la metodología deja algo que desear, pues en muchos casos se basa en simples reglas de proporcionalidad, sin corregir por las densidades demográficas.

Límites provinciales que existían en un 60%

En comparación con el proyecto de Lanz, el de Bauzá más conservador en la delimitación, pues los límites propuestos existían con anterioridad en un 60%.
Hay muchas gobernaciones cuyos límites apenas cambian, como es el caso de Álava, Jaén, Murcia, Soria o Santander, y otros en los que se respetan en su totalidad, como Aragón, Asturias, Córdoba, Galicia, Navarra y Sevilla.
El proyecto fue remitido a las Cortes para su examen a últimos de abril de 1814. Pero apenas habría tiempo para revisarlo, ya que diez días después, Fernando VII derogaba la Constitución de Cádiz y disolvía las Cortes.

La vuelta del absolutismo y el trienio liberal

Fernando VII, el por entonces Deseado, que había pasado la Guerra de Independencia Española retenido en Francia. A su vuelta a España rechazó jurar la Constitución española de 1812. Restaurado en el trono, como rey absoluto comenzó una dura represión de los liberales. Eran muy numerosos en el ejército e intentaron una serie de pronunciamientos militares fracasados entre 1816 y 1820.
El 1 de enero de 1820 se produce la sublevación o pronunciamiento del coronel Rafael de Riego, en Las Cabezas de San Juan (Sevilla). Apoyado por otros oficiales como Antonio Quiroga proclamó la Constitución. Esperó a recibir apoyos del resto del ejército y de las ciudades más importantes.
Las tropas de Riego fueron avanzando por Andalucía sin decidirse a emprender una marcha clara en dirección a Madrid. Encontraron poco apoyo y la intentona parecía que iba a terminar con el mismo fracaso que sus predecesoras.

Revolución de 1820 en España
Revolución de 1820 en España

A comienzos de marzo, mientras se iban dispersando las tropas de Riego, estalló una insurrección liberal en Galicia. Se expandió por todo el país en lo que se convirtió en una verdadera revolución. Una muchedumbre rodeó el Palacio Real de Madrid el día 7 de marzo.
Fernando VII, viéndose acorralado, esa misma noche firmó un decreto por el que se sometía a la voluntad general del pueblo. Tres días más tarde juró finalmente la Constitución de Cádiz. Allí  incluyó la famosa frase: “Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional”. Poco tardaría en arrepentirse.

La España de Bauzá y Larramendi

Restablecida la Constitución en 1820 el Gobierno liberal encarga a dos técnicos, Joaquín Bauzá y José Agustín de Larramendi, el estudio de la división provincial, que ya había sido frustrada varias veces.
En marzo de 1821 se anuncia en las Cortes la presentación del proyecto de división provincial, que constaba de 47 provincias más Canarias. Todas las provincias tenían igualdad jurídica, es decir, eran independientes entre sí. También se acompañaba una división judicial y militar.
El proyecto de Bauzá y Larramendi de 1821 poco tiene que ver con el proyecto del mismo Bauzá de 1812. Cambia el número de provincias, su organización jerárquica, los límites y es mucho más preciso en su descripción, con las capitales y el cálculo de la población.

Propuesta de Bauzá-Larramendi de 1821
Propuesta de Bauzá-Larramendi de 1821

La tramitación del proyecto en las Cortes de 1822

La comisión parlamentaria constituida para abordar la división provincial contó con reclamaciones. Un buen número de peticiones fueron asumidas por la Comisión. De este modo, hubo importantes revisiones en la división en Castilla, Cataluña, León, Valencia y Provincias Vascongadas, tal que se aumentaron las provincias de 48 a 51.

Así queda el proyecto de Bauzá y Larramendi tras pasar por las cortes
Así queda el proyecto de Bauzá y Larramendi tras pasar por las cortes

Así, en Castilla se reimplanta la provincia de Palencia, al estilo tradicional, y se devuelve la capitalidad a Soria. Las provincias de Álava y Guipúzcoa se unían, segregándose Vizcaya de ellas tal como prefería esa Diputación.
En Cataluña, los diputados catalanes proponían suprimir la provincia de Seo de Urgel y sustituirla por otra vertebrada por el río Segre, con capital en Lérida -al estilo de su propuesta de 1820-.
En capitalidades, se conserva la tradicional de Guadalajara, y se prefiere Villafranca del Bierzo a Ponferrada; Huelva a Valverde del Camino o a Moguer, Almería a Baza -lo que provoca un nuevo deslinde de estas provincias-, y Chinchilla a Albacete. Como capital canaria se propuso La Laguna.
Sobre la denominación, se propusieron nombres genéricos para las demarcaciones, que si bien era correcto para algunas (Asturias, La Rioja, Mancha Alta, Extremadura Alta, Navarra), resultaba equívoco en otras (Cataluña se aplicaba sólo a la provincia de Barcelona, Castilla a Burgos, Aragón a Zaragoza, y Guipúzcoa a la provincia con capital en Vitoria.

Las Cortes aprueban el proyecto

En enero de 1822 las Cortes aprueban el Decreto. Un primer problema fue la correcta delimitación de las provincias, la interpretación de los límites señalados en el decreto.
Todavía se seguía usando la ya por entonces anticuada cartografía de Tomás López, que adolecía de una localización errónea de muchas localidades, ausencia de otras, a lo que se unían contradicciones y errores por la sucesiva reelaboración de los límites. Esto obligó a pactar los deslindes entre Diputaciones.

Mapa de España y Portugal de Tomás López
Mapa de España y Portugal de Tomás López (1804)

El proyecto no pudo llevarse a cabo por la insurrección absolutista de julio de 1822, y finalmente, por la invasión de los Cien mil hijos de San Luis en abril de 1823. En octubre de 1823, Fernando VII declaraba nulos y de ningún valor todos los actos del Gobierno durante el llamado Trienio Liberal, volviendo a regir la vieja división de intendencias.
Pese a ello, el mapa de España de Bauzá y Larramendi marcará notablemente los proyectos posteriores de organización territorial de España. Sin duda, supondrá un antes y un después.

El nacimiento de las provincias españolas actuales

No fue hasta el segundo tercio del siglo XIX cuando el proyecto de división provincial de España al fin tomó forma. El gobierno formado en octubre de 1832 conservó la intención de continuar en el proyecto de división provincial y abandonar definitivamente la estructura de intendencias.
El Rey Fernando VII fallece en septiembre de 1833 y la Reina Regente decide continuar con las reformas administrativas. A tal efecto, en octubre de ese año, nombra ministro de Fomento a Javier de Burgos, que sería el máximo responsable de llevar a cabo la ansiada división provincial.

El proyecto de Javier De Burgos

De Burgos se encuentra con el plan de división territorial de Larramendi, quien junto a Bauzá se puede considerar el verdadero precursor de la división administrativa contemporánea de España. Conocía a Larramendi y veía su plan como muy correcto en lo fundamental, si bien ponía peros a algunos aspectos.
Para De Burgos, el proyecto contaba con más provincias de las que deseaba (40) y la mayoría de ellas no alcanzaban los 300.000 habitantes que creía idóneos. También había criticado algunas capitalidades y a su juicio los límites eran poco ajustados a la naturaleza y demasiado a la historia. También echaba de menos los distritos o “subprefecturas”.
El Consejo de Gobierno no puso ninguna objeción al plan en sí. No obstante, apoyó a instancias del Ayuntamiento de Huesca, la capitalidad de esta ciudad en detrimento de Barbastro. Esto sucedía cuatro días antes de la promulgación del célebre Decreto de 30 de noviembre de 1833, por la que se divide España administrativamente en 49 provincias.

División en partidos judiciales

Tras la división administrativa, llegó el turno de la judicial, que se ajustaba a este esquema provincial. En enero de 1834 se publicó la nueva división de de audiencias y en abril de ese mismo año quedó aprobada la división en partidos judiciales de todas las provincias, salvo las forales, que inmersas en las guerras carlistas retrasaron su implantación hasta 1841.
El único aspecto que no se llevó a cabo fue la completa reforma del mapa municipal. Este punto, mucho más pegado a la tradición, suscitaba la frontal oposición de muchos territorios y las consecuencias de la supresión generalizada de ayuntamientos en una época políticamente delicada.
No obstante, en 1836 se procedió a agrupar a las parroquias gallegas en municipios mayores. Un plan que se hubiera querido extender al resto del Estado. En enero de 1845 se publicó la ley de ayuntamientos, que suprimió los municipios con menos de 30 vecinos.
Desde entonces no se han realizado más modificaciones en el número de ayuntamientos, aunque en 1867 se pretendió suprimir los ayuntamientos de menos de 200 habitantes, algo que no se llevó a cabo.

La provincia como símbolo del sistema liberal

Aunque Javier de Burgos sólo estampó su firma en un proyecto ya realizado -del cual conocía su proceso-, ha pasado como el impulsor definitivo de la reforma provincial.
Así, el proyecto de división provincial realmente se remonta al de Bauzá y Larramendi de 1821. Un proyecto debatido en la propuesta de Cortes de 1822 y retomado sin grandes modificaciones en 1829 por Larramendi reproduciendo casi todas las provincias y capitales.
No hubo una oposición generalizada a este proyecto provincial. En las elecciones de mayo de 1834 ya se usan las nuevas provincias como circunscripción electoral, según las disposiciones del Estatuto Real.
Ya en 1835 se instauran de manera efectiva las diputaciones provinciales. En pocos meses, la provincia pasó a ser un símbolo del régimen liberal.
El nuevo modelo se puso en conocimiento de la sociedad mediante la publicación de unacartografía actualizada en 1834 y 1836, que divulgó la nueva división.

Mapa de la provincia de Toledo en 1834
Mapa de la provincia de Toledo en 1834. Fuente .

El camino hacia el mapa de la España de las Autonomías

Una vez asentada por fin una organización más racional del territorio a través de las provincias a lo largo del XIX y con su mapa definitivo dibujado, llegó el turno de las regiones a lo largo del siglo XX.
Sabido es que la España contemporánea se ha caracterizado por una “pugna” entre el centralismo y el regionalismo/nacionalismo. No es de extrañar que, tras el desastre del 1898 y en una España vista por muchos “en descomposición” de lo que algún día fue, los movimientos regionalistas comenzaran a arraigar.

La mancomunación de Maura

El primer proyecto de organización territorial del siglo XX fue el de Antonio Maura, en 1907. Suscitó una larga discusión parlamentaria en su principal aspecto, la mancomunación de Diputaciones (y de provincias).
La mancomunación era voluntaria, pero por una parte, se vio insuficiente por los grupos catalanistas, y por otra parte, era vista como una imposición catalana al resto del Estado.
Así las cosas, la posibilidad de formar mancomunidades fue bloqueada en las Cortes hasta que se aprobó en diciembre de 1913, por el gobierno de Eduardo Dato. La de Cataluña fue la única mancomunidad que se estableció, en 1914.
No se logró el consenso para aplicar las mancomunidades a Galicia y a Valencia -por la oposición de Alicante-, lo cual fue visto como un triunfo del provincialismo. Otras mancomunidades se debatieron, pero sin llegar a más, como el caso de Aragón o de la Alta Andalucía.

Las regiones de Primo de Rivera

Primo de Rivera, antes de asumir el poder, había manifestado su intención de suprimir las 49 provincias, para crear de 10 a 14 regiones dotándolas de múltiples competencias. Pero una vez en el cargo negó ese carácter regionalista: disolvió la mancomunidad de Cataluña en julio de 1925.
Como alternativa, la dictadura optó por el fortalecimiento de la provincia, promulgando un Estatuto provincial, que configuraba a la provincia como entidad local, aparte de ser la circunscripción electoral.
Además, se promueve una regionalización natural. Estaba basada en parámetros naturales de relieve, clima y otros factores y daba alternativas a las regiones históricas. Estas regiones naturales eran: la meseta norte (cuenca del Duero), la meseta sur (las actuales Castilla-La Mancha, Extremadura y Madrid), la región andaluza, la región gallega, la cantábrica (provincias de Oviedo, Santander, Vizcaya y Guipúzcoa), la aragonesa (cuenca del Ebro, esto es, Álava, Aragón, Lérida, Logroño y Navarra); la región levantina (actuales Comunidad Valenciana y Murcia), y la región catalana (provincias de Barcelona, Gerona y Tarragona).

La reactivación de los regionalismos en la II República

Es en la Segunda República cuando se reactivan los regionalismos y se cuestiona nuevamente la organización provincial. Durante este periodo, hubo una diversidad de actitudes.
Oscilaron desde las posiciones más unitarias, hasta las federales, pasando por las autonomistas. Muchos regionalistas lo eran sólo por el hecho de la insatisfacción que generaban las provincias.
La Constitución de 1931 no implantaba una estructura regionalizada, pero posibilitaba la formación de regiones autónomas, como una vía intermedia entre el Estado federal y el unitario. Esto vendría a ser un precedente de las Comunidades Autónomas actuales.

Mapa de la Segunda República
Mapa de la Segunda República

No obstante, hubo un primer proyecto que propugnaba incluir la definición en 14 regiones en la misma Constitución. Éstas eran: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Extremadura, Galicia, León, Murcia, Valencia y Vasco-Navarra.
Cada una elaboraría su propio estatuto. Incorporaba las regiones expresamente por temor a incongruencias geográficas en un posible mapa político regional. Esta enmienda fue rechazada.

Generalización del “hecho regional”

Aunque la normativa regionalista republicana se creó para satisfacer las reivindicaciones catalanistas, el hecho regional fue generalizándose a toda España. De hecho, había una disposición constitucional que requería la existencia de regiones en todo el Estado.
Así, el Tribunal de Garantías requería un miembro de cada región. Las 50 provincias se agrupaban en 15 regiones, las mismas que figuraban en el decreto de 1833.
El Estatuto de Autonomía para Cataluña se sometió a referéndum incluso antes de la aprobación de la Constitución de 1931. Una vez adaptado a ésta, se aprobó en septiembre de 1932. En el Estatuto vasco, Navarra se descolgó de este proceso -porque así lo decidieron la mayoría de sus ayuntamientos, incluido Pamplona-. Las provincias Vascongadas ratificaron su Estatuto en 1933.
El gobierno de la CEDA paralizó el proceso autonómico y cuando se retomó, Galicia plebiscitó afirmativamente su proyecto autonómico en junio de 1936. Otras regiones no pudieron refrendarlas por la situación de guerra civil.
Desde 1933, el estatuto para Andalucía estaba en discusión y en mayo de 1936, se elaboró un estatuto para Aragón. Estos Estatutos preveían una organización territorial alternativa a la provincia.

Retorno al sistema de provincias en el Franquismo

La derrota republicana supuso la vuelta al viejo esquema administrativo de provincias y diputaciones. En el caso de las regiones durante la dictadura franquista, nos encontramos con una división que ni siquiera tiene una significación administrativa.
Por ello podemos hablar de unas regiones “inexistentes”. De las actuales Comunidades, las únicas que tenían en los mapas del colegio su configuración anterior y denominación fueron Galicia, Asturias, Extremadura, Andalucía, Canarias, Baleares, Navarra, Cataluña y Aragón.

España “regionalizada” en 1976

También hay casos en los que se mantiene la configuración pero no su denominación, como es el caso de Valencia (ahora Comunidad Valenciana) y Vascongadas (hoy Euskadi o País Vasco). En el resto de España cambian las denominaciones y la distribución de provincias.
De este modo, donde hoy situamos Castilla y León, en el Franquismo se distinguía entre Castilla la Vieja y León, con la exclusión de Santander (hoy comunidad autónoma de Cantabria) y Logroño (hoy La Rioja).
Murcia es, actualmente, una comunidad autónoma uniprovincial, a diferencia de lo que sucedía en el franquismo, donde Albacete formaba parte de la región. Albacete más las provincias que conformaban Castilla la Nueva, forman en la actualidad Castilla-La Mancha, excluyendo a Madrid. Ceuta y Melilla, que en el principio eran municipios dependientes de las provincias de Cádiz y Málaga, se convierten en ciudades autónomas.

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El nacimiento del Estado de las Autonomías

Pero es entre 1977 y 1983 cuando se configura el actual mapa autonómico en España. Y lo hace con una clara base provincial. La Constitución española de 1978 se abstuvo de establecer un mapa regional de España, ordenando la instauración de Comunidades autónomas en todos los territorios que la integran. 
La Carta Magna se limitaba a reconocer a “las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica (artículo 143.1) el derecho de acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades autónomas con arreglo a la Constitución y a lo dispuesto en sus respectivos Estatutos de autonomía”.
Así las cosas, se corrían dos peligros. Por un lado, la proliferación de Comunidades Autónomas uniprovinciales (7 de las 17 lo son). También el que algunas provincias con personalidad más ambigua quedasen descolgadas de las autonomías vecinas.
El precedente de la Constitución de 1931 hizo que se prefiriese no mencionar las regiones en la Constitución y que las autonomías se fueran constituyendo progresivamente.

Las 17 Comunidades Autónomas españolas

Tras los pactos autonómicos de 1981 y 1992, España queda organizada en 17 comunidades autónomas, incluyendo una comunidad foral (Navarra). Además contaba con dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla). Cada comunidad autónoma está formada por una o varias provincias hasta un total de 50 en todo el territorio nacional.

Mapa de la España autonómica
Mapa de la España autonómica

La provincia ante la división autonómica

Las provincias siguen siendo compatibles con las regiones. De hecho, la Constitución otorga a la provincia un cuádruple carácter. Por un lado es ámbito con iniciativa en el proceso autonómico, división territorial del Estado, circunscripción electoral y base para la demarcación de un ente intermedio, la diputación.
De este modo, las 10 Comunidades Autónomas pluriprovinciales han reforzado a la provincia como circunscripción electoral para sus respectivos parlamentos o asambleas y para el ámbito de la administración autonómica periférica.
La constitución de 1978 quiso cerrar capítulo, con la creación del “Estado de las Autonomías”. Se trataba de un modelo inédito, no federal, pero que otorgaba a las regiones unas competencias que a la postre se han visto superiores a las de muchos estados federados del planeta.
Pero ese capítulo, esa pugna, nunca está zanjada en España. La constante redefinición del modelo territorial es parte constituyente de nuestro país.

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