La última de la mafia eléctrica:
“Las eléctricas comenzarán a recuperar en el próximo recibo de la luz los márgenes que el Tribunal Supremo dictaminó que se calcularon mal durante tres años por el Gobierno y que, en la mayoría de las ocasiones, ocasionaron una minoración de sus ingresos.
Esta refacturación afectará a 13 millones de usuarios y supondrá un cargo en el tipo de factura más habitual de 5,67 euros. ” (fuente: http://www.20minutos.es)
Lo de siempre. Esta gentuza sigue actuando con total impunidad, con la complicidad de los politicastros que ya conocemos… nada que nos sorprenda ya a estas alturas.
El caso es que un usuario de meneame.net plantea una estrategia muy interesante para no pagar este cargo extra en el próximo recibo y ganar dinero, todo legalmente.
Veamos en que consiste el “truco”:
“Recomiendo la siguiente estrategia para que lejos de pagar, ganéis dinero con este nuevo cobro. Me explico:
Según la ley (esto poca gente lo sabe), el Real Decreto 1955/2000 (BOE de 27/12/2000) establece en el punto 2.D de su artículo 103 que ante cualquier reclamación presentada a una eléctrica, si ésta tarda más de 5 días en responder, el consumidor tiene derecho a una indemnización de 30,05 euros.
Así pues, recomiendo:
1. Esperar a que se reciba ese cargo extra (sea del importe que sea).
2. Presentar una reclamación a la eléctrica correspondiente bajo el argumento de que tal cantidad está mal calculada (independientemente de que lo esté o no).
Eso obligará a la eléctrica a respondernos diciendo que sí que está bien calculada y que tenemos que pagar esa cantidad.
3. Como tardarán en respondernos más de cinco días (da igual que no llevemos razón), automáticamente tendremos derecho a la indemnización de 30,05 euros
4. Réstense a esos 30,05 euros la cantidad que nos haya cobrado la eléctrica y la diferencia será nuestro beneficio.
5. Listo. Habremos ganado a esos hijos de puta y su puto cargo extra nos habrá hecho ganar unos euros.”
En este blog ya hemos dado difusión a este recurso que tiene el consumidor que hace una reclamación a las eléctricas, pero la verdad es que nunca se nos hubiera ocurrido utilizarlo de esta manera.
El usuario en cuestión comenta que ya ha utilizado este esquema de actuación en cinco recibos conflictivos, habiendo percibido un total de 150 euros.
Obviamente hay que currárselo un poco y ponerle ganas, pero él mantiene que le ha funcionado y bien contento que debe de estar.
En fin, os voy a pasar el enlace donde podréis conocer más detalles sobre esta peculiar propuesta… veréis que otros usuarios van haciendo preguntas (alguno incluso le pone pegas) que son contestadas por este caballero con bastante seguridad y solvencia.
DUDAS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS
DUDAS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Aconsejo que sigáis todo el hilo:
6. En todos aquellos supuestos en que se incumpla lo establecido en el apartado 2 del artículo 103 del presente Real Decreto, las empresas distribuidoras procederán a abonar al consumidor, por cada incumplimiento, en la primera facturación que se produzca, la mayor de las siguientes cantidades: 5.000 pesetas o el 10 por 100 de la primera facturación completa.
Esto es un poco anuncio de internet de "Quieres ganar dinero fácilmente, pincha y te diré como". No se fien de esas cosas. Si quieren reclamar algo, hagánlo, si no reciben respuesta activen los mecanismos correspondientes. Pero si creen que #17 se está haciendo rico con esto es que son demasiado ingenuos y la prueba definitiva la ha dado en #22
3. Industria tramitará nuestra reclamación y hará pagar a la eléctrica.
Esto es radicalmente incierto.
"D) Atención de las reclamaciones que los consumidores hubieran presentado en relación a la medida
de consumo, facturas emitidas, cortes indebidos, en un plazo máximo de cinco días hábiles para los usuarios de menos de 15 kW contratados y de quince días hábiles para el resto."
Errr... eso de los 30,05 no aparece. O es que no sé buscarlo
Aparte que aparezca "5.000 pesetas" me da lugar a pensar que está un poco anticuado ese punto ¿no se las habrán agenciado para modificar ese punto?
De todas formas como presentas la reclamación ¿por escrito? Y ¿cuenta el tiempo desde que reciben la reclamación?
1. La reclamación se presenta a la eléctrica (se va a una oficina de Endesa por ejemplo) y nos sellan nuestra copia (esa es la fecha que cuenta)
2. Cuando pasen cinco días sin haber recibido respuesta por escrito y con acuse de recibo, cogemos y presentamos otra reclamación a la consejería de industria de nuestra comunidad autónoma (en mi caso, la Junta de Andalucía), adjuntando copia de la reclamación primera sellada y alegando que reclamamos los 30,05 euros de indemnización basándonos en la ley (aquí se cita el BOE correspondiente).
3. Industria tramitará nuestra reclamación y hará pagar a la eléctrica.
Nótese que en este proceso es irrelevante que la eléctrica nos llegue a responder. Todo el proceso se tramita a través de la consejería de Industria que es quien nos dará la razón y obligará a pagar a la eléctrica.