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Una inciativa de la UE recluta expertos en innovación para encontrar soluciones al Cambio Climático
La Tierra está enferma i la UE busca soluciones. Por eso lanzan la iniciativa Pioneers into Practice para reclutar expertos y emprendedores contra el cambio climático
La Unión Europea se preocupa por el Medio Ambiente y quiere hacer extensible la preocupación a sus ciudadanos. Constantemente los gobiernos europeos tratan de conseguir programas o herramientas para luchar contra el Cambio Climático. Así se ha dado la aparición de una nueva iniciativa, el Pioneers into Practice, un programa de Climate- KIC del Instituto Europeo de Innovación i Tecnología. Esta convocatoria llama a profesionales, investigadores y emprendedores con conocimientos sobre el Cambio Climático que trabajan para encontrar aquellas soluciones y alternativas a las medidas adoptadas hasta ahora. Hasta el 23 de marzo está abierto el plazo de inscripción en toda Europa para apuntarse. La idea es que aquellos seleccionados trabajarán fuera de su país para poder conocer nuevas realidades y nuevas fórmulas para formarse y aportar ideas. En España la sede del proyecto, donde vendrán sus participantes a investigar, estará situada en Valencia. Los perfiles demandados serán de expertos en residuos, energía, movilidad o edificios inteligentes
Google podría eliminar las contraseñas de acceso a sus servicios
El sistema de contraseñas tradicional para acceder a servicios en la nube podría tener sus días contados
Cada vez trabajamos con más servicios online a los que tenemos que acceder identificándonos con una contraseña de acceso, y tener que recordar todas las contraseñas es cada vez más complicado, ya que si queremos un buen nivel de seguridad estas tienen que ser complejas y diferentes entre sí. Además, las últimas filtraciones de contenido privado (recordemos el sonado de caso de las fotografías íntimas de artistas famosas) y de hackeo de bases de datos confidenciales han puesto de manifiesto los puntos flacos de estos sistemas de control de acceso.
Ya hace unas semanas anunciamos en este blog la intención de Yahoo de implementar un sistema de control de acceso a sus servicios online basado en la identificación vía móvil, de modo que un usuario no tuviera que utilizar ningún tipo de contraseña, y ahora es Google quien parece estar planeando hacer esta misma apuesta. Y es que un usuario llamado Rohit Paul, invitado por Google para probar esta nueva funcionalidad, ha filtrado información sobre la misma en la que desvela que el sistema de acceso se basa totalmente en el dispositivo móvil, dejando el sistema de contraseñas solo para casos de urgencia o de sospecha de una irregularidad.
Lo primero que pide el nuevo sistema es el disponer de un terminal compatible con el mismo y que tenga, preferiblemente, una protección de seguridad por bloqueo de pantalla (parece que no es una condición obligatoria, pero sí altamente recomendada por Google por motivos obvios). Una vez configurado el acceso desde este terminal, que será considerado como “principal”, si intentamos acceder a algún servicio de Google desde otro dispositivo solo tendremos que introducir nuestro nombre de usuario, sin contraseña necesaria, y nos llegará una notificación al terminal principal para que verifiquemos que somos nosotros quien estamos accediendo.
De este modo eliminamos la necesidad de recordar contraseñas y todo el proceso de verificación se hace mediante nuestro teléfono móvil, que se convierte en nuestro sistema global de control de acceso. Parece ser que el futuro apunta claramente por esta vía, por lo que quien no tenga un buen bloqueo de pantalla en su smartphone debería ir planteándoselo seriamente
Cada vez trabajamos con más servicios online a los que tenemos que acceder identificándonos con una contraseña de acceso, y tener que recordar todas las contraseñas es cada vez más complicado, ya que si queremos un buen nivel de seguridad estas tienen que ser complejas y diferentes entre sí. Además, las últimas filtraciones de contenido privado (recordemos el sonado de caso de las fotografías íntimas de artistas famosas) y de hackeo de bases de datos confidenciales han puesto de manifiesto los puntos flacos de estos sistemas de control de acceso.
Ya hace unas semanas anunciamos en este blog la intención de Yahoo de implementar un sistema de control de acceso a sus servicios online basado en la identificación vía móvil, de modo que un usuario no tuviera que utilizar ningún tipo de contraseña, y ahora es Google quien parece estar planeando hacer esta misma apuesta. Y es que un usuario llamado Rohit Paul, invitado por Google para probar esta nueva funcionalidad, ha filtrado información sobre la misma en la que desvela que el sistema de acceso se basa totalmente en el dispositivo móvil, dejando el sistema de contraseñas solo para casos de urgencia o de sospecha de una irregularidad.
Lo primero que pide el nuevo sistema es el disponer de un terminal compatible con el mismo y que tenga, preferiblemente, una protección de seguridad por bloqueo de pantalla (parece que no es una condición obligatoria, pero sí altamente recomendada por Google por motivos obvios). Una vez configurado el acceso desde este terminal, que será considerado como “principal”, si intentamos acceder a algún servicio de Google desde otro dispositivo solo tendremos que introducir nuestro nombre de usuario, sin contraseña necesaria, y nos llegará una notificación al terminal principal para que verifiquemos que somos nosotros quien estamos accediendo.
De este modo eliminamos la necesidad de recordar contraseñas y todo el proceso de verificación se hace mediante nuestro teléfono móvil, que se convierte en nuestro sistema global de control de acceso. Parece ser que el futuro apunta claramente por esta vía, por lo que quien no tenga un buen bloqueo de pantalla en su smartphone debería ir planteándoselo seriamente
el porqué de los contratos por relevo
De la jubilación a las nuevas generaciones: el porqué de los contratos por relevo
El traspaso generacional en el trabajo es más orgánico gracias a la implantación del contrato por relevo, un acuerdo empresarial para ir adelantando la jubilación
La jubilación de un trabajador para una empresa puede llegar a ser traumática si el puesto no se cubre con un profesional que atiende las tareas de su predecesor con la misma (o más) eficacia. En este contexto se entiende la necesidad de los contratos por relevo. Estos contemplan la contratación de una persona que sustituirá a la larga un trabajador que accederá de forma parcial a la jubilación.
La jubilación parcial de un trabajador se solicita entre los 61 y los 65 años y se cuenta con una jornada de trabajo reducida en tiempo y en salario entre un 25 y un 75%. Esta jubilación parcial irá vinculada a la existencia de un contrato por relevo para la incorporación de un trabajador en situación de desempleo o que ya trabaje para la empresa pero con un contrato de duración determinada.
El trabajador sustituido, durante este periodo de tiempo, tendrá una remuneración partida, la parte proporcional de la pensión de jubilación completada con la del salario correspondiente al nuevo horario laboral.
En lo que se refiere al trabajador que releva el horario podrá completar el del trabajador prejubilado o realizarse de forma simultánea. En cuanto a las tareas, se trata de que el relevo pueda realizar el mismo trabajo o parecido que el sustituido, al mismo nivel profesional o categoría equivalente. Su contrato en principio irá ligado al del prejubilado, es decir al tiempo que le falte al trabajador sustituido por causar baja por jubilación a los 65 años. Aunque también puede ser un contrato indefinido. Puede ser, además, que el trabajador al cumplir los 65 años siga aun trabajando en la empresa. El relevo se le podrá renovar el contrato por periodos anuales y se extinguirá siempre al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.
Con esta modalidad de contrato se consigue unos relevos laborales nada traumáticos y mucho más orgánicos, pues durante este periodo de tiempo en que los dos trabajadores coexisten laboralmente pueden aprender uno del otro. El viejo para dar sabias lecciones de cómo desarrollar su trabajo en aquella empresa, dando a conocer todos los entresijos, y el joven para mostrar una nueva manera de hacer, renovar la metodología y poder adaptarla a los nuevos tiempos.
El traspaso generacional en el trabajo es más orgánico gracias a la implantación del contrato por relevo, un acuerdo empresarial para ir adelantando la jubilación
La jubilación de un trabajador para una empresa puede llegar a ser traumática si el puesto no se cubre con un profesional que atiende las tareas de su predecesor con la misma (o más) eficacia. En este contexto se entiende la necesidad de los contratos por relevo. Estos contemplan la contratación de una persona que sustituirá a la larga un trabajador que accederá de forma parcial a la jubilación.
La jubilación parcial de un trabajador se solicita entre los 61 y los 65 años y se cuenta con una jornada de trabajo reducida en tiempo y en salario entre un 25 y un 75%. Esta jubilación parcial irá vinculada a la existencia de un contrato por relevo para la incorporación de un trabajador en situación de desempleo o que ya trabaje para la empresa pero con un contrato de duración determinada.
El trabajador sustituido, durante este periodo de tiempo, tendrá una remuneración partida, la parte proporcional de la pensión de jubilación completada con la del salario correspondiente al nuevo horario laboral.
En lo que se refiere al trabajador que releva el horario podrá completar el del trabajador prejubilado o realizarse de forma simultánea. En cuanto a las tareas, se trata de que el relevo pueda realizar el mismo trabajo o parecido que el sustituido, al mismo nivel profesional o categoría equivalente. Su contrato en principio irá ligado al del prejubilado, es decir al tiempo que le falte al trabajador sustituido por causar baja por jubilación a los 65 años. Aunque también puede ser un contrato indefinido. Puede ser, además, que el trabajador al cumplir los 65 años siga aun trabajando en la empresa. El relevo se le podrá renovar el contrato por periodos anuales y se extinguirá siempre al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.
Con esta modalidad de contrato se consigue unos relevos laborales nada traumáticos y mucho más orgánicos, pues durante este periodo de tiempo en que los dos trabajadores coexisten laboralmente pueden aprender uno del otro. El viejo para dar sabias lecciones de cómo desarrollar su trabajo en aquella empresa, dando a conocer todos los entresijos, y el joven para mostrar una nueva manera de hacer, renovar la metodología y poder adaptarla a los nuevos tiempos.
Las grandes empresas pagan menos por el Impuesto de Sociedades
El impuesto que pagan las grandes empresas y grupos consolidados en España bajó hasta el 25% desde este viernes, tres puntos menos que lo que han tributado en 2015, de acuerdo con la segunda parte de la reforma fiscal.
Esta segunda parte de la rebaja del impuesto da continuidad a la reducción del tributo que entró en vigor en 2015 y que supuso una caída del tipo del Impuesto de Sociedades desde el 30% al 28%, con lo que ahora, a partir de 2016 se situará en el 25%, cinco puntos menos que hace dos años, lo que supondrá un ahorro para las empresas de 2.600 millones.
En 2014 las compañías del Ibex 35 aumentaron sus beneficios un 37,8%, ganando más de 31.000 millones de euros. Sin embargo, esta bonanza no repercutió en la Hacienda pública: la mitad de las empresas que cotizan no pagaron ni un euro por el Impuesto de Sociedades.
Nueva tarifa del IRPF
También entrará en vigor una nueva tarifa del IRPF, después de adelantar al 1 de julio de 2015 la segunda parte de la rebaja del impuesto que iba a entrar en vigor el próximo año. Todos los tramos del impuesto se verán recortados entre medio punto y un punto respecto a la tarifa actual.
Al haber adelantado medio año la rebaja, el Ministerio de Hacienda aprobó una tarifa "transitoria" para aplicar entre enero y diciembre de 2015, con el fin de evitar que a lo largo del año hubiera dos tarifas del impuesto, la que se aplicó entre enero y junio y la nueva que habría tenido que aplicarse entre junio y diciembre.
Ello obligó al Gobierno a aprobar también una nueva tarifa para el 2016, que irá desde el tipo mínimo del 19% (ahora el 19,5%) para las rentas inferiores a 12.450 euros hasta el marginal del 45% (ahora el 46%) para las rentas que superen los 60.000 euros anuales.
El segundo tramo del impuesto (para rentas de entre 12.450 euros y 20.200 euros) pasará al 24% (desde el 24,5%), el tercer tramo (para rentas de entre 20.200 y 35.200 euros) bajará al 30% (desde el 30,5%) y el cuarto tramo (para rentas de entre 35.200 y 60.000 euros) se reducirá al 37% (desde el 38%).
Lo mismo sucederá con la tributación del ahorro. A partir de enero se aplicará una nueva tarifa porque la actual se aprobó de manera transitoria hasta diciembre, tras adelantar la rebaja al 1 de julio de 2015. Así, la tributación del ahorro hasta 6.000 euros se rebajará hasta el 19% desde el 19,5% actual, entre 6.000 y 24.000 euros se pasará al 21% desde el 21,5%, y entre 24.000 y 50.000 euros se pagará también el 21% desde el 21,5%. Para las ganancias de más de 50.000 euros, el tipo también se rebajará medio punto, hasta el 23%.
Esta segunda parte de la rebaja del impuesto da continuidad a la reducción del tributo que entró en vigor en 2015 y que supuso una caída del tipo del Impuesto de Sociedades desde el 30% al 28%, con lo que ahora, a partir de 2016 se situará en el 25%, cinco puntos menos que hace dos años, lo que supondrá un ahorro para las empresas de 2.600 millones.
En 2014 las compañías del Ibex 35 aumentaron sus beneficios un 37,8%, ganando más de 31.000 millones de euros. Sin embargo, esta bonanza no repercutió en la Hacienda pública: la mitad de las empresas que cotizan no pagaron ni un euro por el Impuesto de Sociedades.
Nueva tarifa del IRPF
También entrará en vigor una nueva tarifa del IRPF, después de adelantar al 1 de julio de 2015 la segunda parte de la rebaja del impuesto que iba a entrar en vigor el próximo año. Todos los tramos del impuesto se verán recortados entre medio punto y un punto respecto a la tarifa actual.
Al haber adelantado medio año la rebaja, el Ministerio de Hacienda aprobó una tarifa "transitoria" para aplicar entre enero y diciembre de 2015, con el fin de evitar que a lo largo del año hubiera dos tarifas del impuesto, la que se aplicó entre enero y junio y la nueva que habría tenido que aplicarse entre junio y diciembre.
Ello obligó al Gobierno a aprobar también una nueva tarifa para el 2016, que irá desde el tipo mínimo del 19% (ahora el 19,5%) para las rentas inferiores a 12.450 euros hasta el marginal del 45% (ahora el 46%) para las rentas que superen los 60.000 euros anuales.
El segundo tramo del impuesto (para rentas de entre 12.450 euros y 20.200 euros) pasará al 24% (desde el 24,5%), el tercer tramo (para rentas de entre 20.200 y 35.200 euros) bajará al 30% (desde el 30,5%) y el cuarto tramo (para rentas de entre 35.200 y 60.000 euros) se reducirá al 37% (desde el 38%).
Lo mismo sucederá con la tributación del ahorro. A partir de enero se aplicará una nueva tarifa porque la actual se aprobó de manera transitoria hasta diciembre, tras adelantar la rebaja al 1 de julio de 2015. Así, la tributación del ahorro hasta 6.000 euros se rebajará hasta el 19% desde el 19,5% actual, entre 6.000 y 24.000 euros se pasará al 21% desde el 21,5%, y entre 24.000 y 50.000 euros se pagará también el 21% desde el 21,5%. Para las ganancias de más de 50.000 euros, el tipo también se rebajará medio punto, hasta el 23%.
Sprint para revisar en seis meses 650.000 causas amenazadas de archivo
Sprint para revisar en seis meses 650.000 causas amenazadas xe archivar
Los fiscales y jueces españoles se enfrentan a una carrera contrarreloj para revisar las alrededor de 650.000 causas abiertas en España en seis meses en cumplimiento de la reforma procesal penal, bajo la amenaza de tener que archivarlas o verse forzados a abrir juicio sin suficientes pruebas.
Las asociaciones de jueces y fiscales consultadas por Efe coinciden en que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que limita las instrucciones a 6 meses para las causas sencillas y 18 para las complejas, les ha puesto en un difícil brete, el de revisar cientos de miles de causas en un tiempo récord, hasta el 5 de junio de 2016, y con los mismos medios.
"Nos estamos moviendo en una falta de realismo increíble", resume Álvaro García, presidente de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), que habla en boca del colectivo que sufre en primer lugar las consecuencias de la reforma.
Y es que los fiscales son los que deben ahora revisar una a una todas las causas en fase de investigación, una labor para la que han contado con un refuerzo de tan solo ochenta y siete personas, por lo que prevén que tendrán que echarle muchas horas extras sin dejar de lado el día a día de las causas que se abren ahora.
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