El PP podrá bloquear cualquier iniciativa para la reforma de la Constitución si logra 117 escaños
En cualquier caso, los populares pueden complicar cualquier modificación de la Carta Magna por ligera que sea exigiendo un referéndum con apenas 35 diputados o 27 senadores.
La práctica totalidad de las formaciones políticas, que concurren a las elecciones generales del próximo domingo con posibilidades de obtener escaños en las dos cámaras parlamentarias, se han pronunciado a favor de revisar el texto de laConstitución vigente desde 1978 que cuenta con apenas dos reformas en otros tantos artículos —el 13 y el 135—, introducidas en los años 1992 y 2011. Ese será, sin duda, uno de los aspectos clave de la próxima legislatura que arrancará el 13 de enero.
Tan solo el Partido Popular no ha mostrado, de forma clara y expresa, una voluntad de reformar la Constitución. Es más, hasta el inicio de la campaña electoral el pasado día 4 de diciembre se había manifestado en contra de emprender esa tarea; ahora, a lo sumo, según ha expresado el propio Mariano Rajoy, el PP “está dispuesto a estudiar las propuestas que se planteen”. Pero nada más. En el programa electoral de la formación conservadora no figura nada respecto a modificar la Carta Magna. No es un aspecto menor.
En función de los resultados electorales que se produzcan el próximo domingo el PP puede estar en condiciones de bloquear cualquier iniciativa de reforma constitucional; para ello necesita obtener 117 escaños en el Congreso de los Diputados, es decir un tercio de los miembros de la cámara, más uno, formada por 350 escaños. Y según de qué reforma se trate también le bastaría conformar un grupo con al menos un tercio de los senadores: 89 escaños de un total de 266.
Tan solo el Partido Popular no ha mostrado, de forma clara y expresa, una voluntad de reformar la Constitución. Es más, hasta el inicio de la campaña electoral el pasado día 4 de diciembre se había manifestado en contra de emprender esa tarea; ahora, a lo sumo, según ha expresado el propio Mariano Rajoy, el PP “está dispuesto a estudiar las propuestas que se planteen”. Pero nada más. En el programa electoral de la formación conservadora no figura nada respecto a modificar la Carta Magna. No es un aspecto menor.
En función de los resultados electorales que se produzcan el próximo domingo el PP puede estar en condiciones de bloquear cualquier iniciativa de reforma constitucional; para ello necesita obtener 117 escaños en el Congreso de los Diputados, es decir un tercio de los miembros de la cámara, más uno, formada por 350 escaños. Y según de qué reforma se trate también le bastaría conformar un grupo con al menos un tercio de los senadores: 89 escaños de un total de 266.
La Constitución establece en sus artículos 166, 167, 168 y 169 los mecanismos y condiciones que han de cumplirse para cualquier variación del texto vigente. No son trámites sencillos ya que el legislador quiso, de forma consciente durante la elaboración de la Carta Magna, blindar su contenido frente a vaivenes políticos puntuales.
De ese modo, se requieren mayorías muy cualificadas tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado para culminar una reforma. Y, aparte, la ratificación por medio de un referéndum, en unos casos de forma obligatoria y en otros como una opción voluntaria.
La mayoría del texto constitucional —formado por 169 artículos, cuatro disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y otra más final, aparte del preámbulo— tiene un mecanismo para su reforma que requiere la mayoría de de tres quintos en cada una de las dos cámaras (210 diputados y 162 senadores). En el caso de que entre las dos cámaras hubiese disparidad sobre el contenido de la reforma planteada una comisión mixta paritaria debe elaborar un texto que debe someterse a votación.
El PP puede exigir la convocatoria de un referéndum
Si no se logran los tres quintos favorables en cada una de las dos instituciones parlamentarias y siempre y cuando en el Senado el texto de la reforma propuesto hubiese recibido el apoyo de la mitad de los senadores (134) el Congreso de los Diputados puede ratificarlo con el voto favorable de los dos tercios de sus miembros. Aquí es donde el PP puede bloquear el proceso si cuenta con un grupo de 117 escaños.
Pero en el caso de que el PP no alcanzase esa cifra en la jornada electoral de este domingo siempre puede recurrir a una última opción: exigir la convocatoria de un referéndum que debe ratificar la reforma tramitada. Para ello tan solo necesita que lo pidan 35 de sus diputados o 27 de sus senadores, es decir el 10% de la cada una de las dos cámaras. De esa forma, aunque no queda bloqueado, el proceso de reforma se hace mucho más complejo y adquiere muchos riesgos políticos.
Las dos reformas de la Constitución emprendidas para modificar los artículos 13 y 135 se hicieron mediante este trámite, sin la celebración del referéndum opcional. En 1992 porque hubo acuerdo generalizado en ambas cámaras; en 2011 porque quienes se oponían al cambio acordado por PSOE y PP, con apoyos de CiU y otros minoritarios, no alcanzaban los diputados o senadores requeridos para pedir la consulta.
Pero en el caso de que el PP no alcanzase esa cifra en la jornada electoral de este domingo siempre puede recurrir a una última opción: exigir la convocatoria de un referéndum que debe ratificar la reforma tramitada. Para ello tan solo necesita que lo pidan 35 de sus diputados o 27 de sus senadores, es decir el 10% de la cada una de las dos cámaras. De esa forma, aunque no queda bloqueado, el proceso de reforma se hace mucho más complejo y adquiere muchos riesgos políticos.
Las dos reformas de la Constitución emprendidas para modificar los artículos 13 y 135 se hicieron mediante este trámite, sin la celebración del referéndum opcional. En 1992 porque hubo acuerdo generalizado en ambas cámaras; en 2011 porque quienes se oponían al cambio acordado por PSOE y PP, con apoyos de CiU y otros minoritarios, no alcanzaban los diputados o senadores requeridos para pedir la consulta.
Título Preliminar de la Carta Magna
Pero todavía hay un trámite más complicado que requiere un gran consenso político. Es el que se debe aplicar para reformar 34 artículos de la Carta Magna contenidos en su Título Preliminar (del 1 al 9) —unidad de España, forma de Estado, bandera, la lengua, Fuerzas Armadas, entre otros contenidos—, los comprendidos en su capítulo segundo, sección primera del Título I (del 15 al 29) —básicamente los derechos fundamentales y libertades públicas— y, finalmente, los artículos que conforman su Título II (del 56 al 65) —relativos a la Corona—.
En esos casos el texto de la reforma propuesta debe tener la aprobación inicial e inexcusable de al menos dos tercios de los diputados (234) y de los senadores (176). En este caso, la minoría de bloqueo la conforman 117 diputados y 89 senadores. El PP cuenta ya en estos momentos con unos 25 senadores territoriales con lo que alcanzará fácilmente la minoría de bloqueo en la cámara alta tras la jornada electoral del domingo.
Con todo, si el proceso de reforma de cualquiera de esos 34 artículos clave sigue adelante el trámite establecido prevé la disolución inmediata de las Cortes y, lógicamente, la convocatoria de unas elecciones generales. A continuación, las dos cámaras elegidas deberán debatir el texto de la reforma y, de nuevo, dar su respaldo por una mayoría dos tercios a la modificación planteada. Finalmente, y esta vez como paso obligado, el texto de la reforma debe someterse a referéndum para su ratificación definitiva e integrar el contenido de la nueva Carta Magna.
Unos procesos ciertamente alambicados que, forzosamente, precisan del concurso de aquellas formaciones políticas que formen grupos parlamentarios en cada una de las cámaras con los suficientes escaños que hagan posible minorías de bloqueo: 117 diputados o 89 senadores. En el caso del Congreso las encuestas dan al PP unas actas en torno a esa minoría; en el caso del Senado es seguro que la alcanzará. Y eso siempre que se cuente con la unanimidad del resto del arco parlamentario sobre qué reforma se quiere hacer.
En esos casos el texto de la reforma propuesta debe tener la aprobación inicial e inexcusable de al menos dos tercios de los diputados (234) y de los senadores (176). En este caso, la minoría de bloqueo la conforman 117 diputados y 89 senadores. El PP cuenta ya en estos momentos con unos 25 senadores territoriales con lo que alcanzará fácilmente la minoría de bloqueo en la cámara alta tras la jornada electoral del domingo.
Con todo, si el proceso de reforma de cualquiera de esos 34 artículos clave sigue adelante el trámite establecido prevé la disolución inmediata de las Cortes y, lógicamente, la convocatoria de unas elecciones generales. A continuación, las dos cámaras elegidas deberán debatir el texto de la reforma y, de nuevo, dar su respaldo por una mayoría dos tercios a la modificación planteada. Finalmente, y esta vez como paso obligado, el texto de la reforma debe someterse a referéndum para su ratificación definitiva e integrar el contenido de la nueva Carta Magna.
Unos procesos ciertamente alambicados que, forzosamente, precisan del concurso de aquellas formaciones políticas que formen grupos parlamentarios en cada una de las cámaras con los suficientes escaños que hagan posible minorías de bloqueo: 117 diputados o 89 senadores. En el caso del Congreso las encuestas dan al PP unas actas en torno a esa minoría; en el caso del Senado es seguro que la alcanzará. Y eso siempre que se cuente con la unanimidad del resto del arco parlamentario sobre qué reforma se quiere hacer.
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