Un informe presentado por el Instituto Nacional de Salud de Colombia registró que en lo que va de 2017 suman 89 casos de muerte por desnutrición.
El más reciente informe del Instituto Nacional de Salud de Colombia revela que en la semana del 14 al 20 de mayo fallecieron ocho niños menores de cinco años por posible desnutrición en ese país.
Comparado con 2016, el aumento fue considerable, pues el año pasado durante la misma fecha solo se notificaron tres casos. De acuerdo con el Instituto, en lo que va de 2017 se ha presentado un total de 89 muertes por desnutrición, una cifra alarmante.
Según el informe, las niñas representan el 50 por ciento de los fallecimientos, el 69 por ciento son menores de un año de edad, la población indígena ocupa el 25 por ciento y el otro el 25 los afrocolombianos.
Los departamentos donde más se presentan estos casos son La Guajira, Chocó, Córdoba, Meta y Nariño, los cuales reportan el 74,9 por ciento de estas muertes.
En Colombia la tasa de desnutrición se ubica en 13,2 según cifras ofrecidas por investigaciones de organizaciones no gubernamentales.
Esta cantidad contrasta con la de algunas regiones como Vaupes (Departamento ubicado en la Amazonía Colombiana), en la que la tasa alcanza los 34,7 por ciento y en la Guajira, en la que la desnutrición crónica afecta al 27,9 por ciento de los menores de cinco años.
Resumen Latinoamericano, Telesur

6. En todos aquellos supuestos en que se incumpla lo establecido en el apartado 2 del artículo 103 del presente Real Decreto, las empresas distribuidoras procederán a abonar al consumidor, por cada incumplimiento, en la primera facturación que se produzca, la mayor de las siguientes cantidades: 5.000 pesetas o el 10 por 100 de la primera facturación completa.
Esto es un poco anuncio de internet de "Quieres ganar dinero fácilmente, pincha y te diré como". No se fien de esas cosas. Si quieren reclamar algo, hagánlo, si no reciben respuesta activen los mecanismos correspondientes. Pero si creen que #17 se está haciendo rico con esto es que son demasiado ingenuos y la prueba definitiva la ha dado en #22
3. Industria tramitará nuestra reclamación y hará pagar a la eléctrica.
Esto es radicalmente incierto.
"D) Atención de las reclamaciones que los consumidores hubieran presentado en relación a la medida
de consumo, facturas emitidas, cortes indebidos, en un plazo máximo de cinco días hábiles para los usuarios de menos de 15 kW contratados y de quince días hábiles para el resto."
Errr... eso de los 30,05 no aparece. O es que no sé buscarlo
Aparte que aparezca "5.000 pesetas" me da lugar a pensar que está un poco anticuado ese punto ¿no se las habrán agenciado para modificar ese punto?
De todas formas como presentas la reclamación ¿por escrito? Y ¿cuenta el tiempo desde que reciben la reclamación?
1. La reclamación se presenta a la eléctrica (se va a una oficina de Endesa por ejemplo) y nos sellan nuestra copia (esa es la fecha que cuenta)
2. Cuando pasen cinco días sin haber recibido respuesta por escrito y con acuse de recibo, cogemos y presentamos otra reclamación a la consejería de industria de nuestra comunidad autónoma (en mi caso, la Junta de Andalucía), adjuntando copia de la reclamación primera sellada y alegando que reclamamos los 30,05 euros de indemnización basándonos en la ley (aquí se cita el BOE correspondiente).
3. Industria tramitará nuestra reclamación y hará pagar a la eléctrica.
Nótese que en este proceso es irrelevante que la eléctrica nos llegue a responder. Todo el proceso se tramita a través de la consejería de Industria que es quien nos dará la razón y obligará a pagar a la eléctrica.