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28 de abril de 2017

Consideración internacional de una DUI (Y para su total efectividad el pueblo deberá ayudar en el control del territorio).

Las dudas que pudieran existir sobre la consideración internacional de una DUI se han visto reducidas en los últimos años como consecuencia de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración unilateral de independencia en relación a Kosovo. Esta Opinión Consultiva resultaría útil para determinar tanto el carácter legal o ilegal de la DUI como los efectos de la misma.

Un punto en el que existe un amplio acuerdo es que una DUI no es contraria al Derecho internacional. Así lo estableció el TIJ en su decisión sobre Kosovo que, seguramente, es extrapolable en su planteamiento esencial a otras DUI y, en concreto, a la que pudiera darse en Catalunya. En el caso de Kosovo se hacía preciso no solamente determinar la compatibilidad de la DUI con el Derecho internacional general, sino también con las normas internacionales específicas que regulan la situación de Kosovo.

En casos diferentes al de Kosovo, como podría ser el de Catalunya, tan solo sería necesario considerar el Derecho internacional general, y en este, de acuerdo con el TIJ no se encuentra ninguna norma que prohíba que se emita una DUI. La duda podría estar en si el principio de integridad territorial de los Estados supone una limitación a la emisión de declaraciones de independencia; pero la Corte de Justicia Internacional sostiene que ese principio opera en las relaciones entre Estados, pero no opera en lo que se refiere a las declaraciones que realizan grupos de personas (en el caso de Catalunya un parlamento legitimado por al mayoría de las urnas) dentro del propio Estado en el que se pretende que se realice la secesión y sin que existan vinculaciones entre esas personas y Estados extranjeros.

El Tribunal basa su afirmación en el hecho de que desde el siglo XVIII se han producido no pocas declaraciones unilaterales de independencia que en algunos casos han llevado al nacimiento de nuevos Estados (sobre todo a finales del siglo XX).
Así pues, en el caso de Catalunya, nada en el ordenamiento internacional impide que un grupo de personas que conforman un Gobierno autonómico proclame la independencia del territorio. Esta proclamación no es un ilícito internacional.

Ahora bien, una vez constatado que tal declaración no supone ningún ilícito internacional ¿qué consecuencias tiene desde una perspectiva internacional? No están claras todas las consecuencias de dicha declaración; pero sí que se puede afirmar que de la legalidad de la declaración no se deriva la efectividad de la independencia. En este punto la Opinión Consultiva del TIJ es clara. Tal como se insiste en ella, la Corte Internacional de Justicia no se pronuncia sobre los efectos de la declaración, sino solamente sobre su no contradicción con el Derecho internacional. Es muy claro en este punto el núm. 51 de la Opinión Consultiva: “No se pregunta sobre las consecuencias jurídicas de esa declaración. En particular, no se pregunta si Kosovo ha alcanzado la condición de Estado”.

De la Opinión Consultiva, además, parece derivarse que en ningún caso la DUI supone por si sola el nacimiento de un Estado.

Interesante que lean este documento:
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4371409.pdf

Es decir, un Estado existe si tiene un territorio, una población y una cierta organización que permite encuadrar territorio y población; lo que, a su vez, implica que el nuevo Estado nacerá cuando consiga ese control sobre el territorio y la población en el marco de las fronteras que pretende fijar. Sin ese control la DUI será absolutamente inocua desde una perspectiva internacional.

Algunos, incluso, añaden a estos requisitos un cierto reconocimiento internacional; lo que implicaría que sin este reconocimiento el control sobre el territorio y la población serían insuficientes para que surgiera un nuevo sujeto en la comunidad internacional. Así, por ejemplo, los Estados Confederados, pese a haber conseguido en algún momento el control sobre una parte significativa de su territorio no fueron capaces de obtener su reconocimiento por otras potencias, lo que implicaría que nunca llegaron a ser un auténtico Estado.

Por lo tanto, el Derecho internacional no prohibe que un grupo de personas o un parlamento regional proclame la independencia de un territorio; pero esa proclamación solamente implicará el nacimiento de un nuevo Estado cuando se consiga que las autoridades que han proclamado la independencia alcanzan el control efectivo dentro de las fronteras de ese nuevo Estado.



¿Qué implicaciones tiene esto para el caso catalán? 
Parece claro que supondría que para que Catalunya llegara a ser un Estado independiente sería necesario que esa nueva organización que surge de la DUI consiguiera, entre otras cosas, el control de las fronteras (desplazando a la Policía Nacional que ahora ejerce tal control en la frontera con Francia y en los puertos y aeropuertos catalanes) y estableciera mecanismos suficientes como para asegurar también el control de la nueva frontera que surgiría con España en lo que ahora son los límites con las Comunidades de Aragón y Valencia. Sería preciso también que el control sobre las comunicaciones y las infraestructuras dentro de Catalunya fuera efectivo (sobre los aeropuertos y las centrales energéticas, por ejemplo) y que se crearan instituciones propias que desplazaran a las estatales que ahora operan en el territorio de Catalunya (Hacienda y Seguridad Social, entre otras).


Y en la mayoría de los casos será vital la movilización pacífica del pueblo.
Los dos millones que hemos ido saliendo a la calle deberemos repartirnos entre esos puntos estratégicos de Catalunya para conseguir su control.
Si 100.000 personas se manifiestan pacíficamente en las instalaciones del aeropuerto de El Prat es muy probable que la policía española se marche.
Además de ser un marco potente para la visualización de la independencia.

Es posible que, en los días siguientes a la DUI, Catalunya se parezca a una huelga general, pero si en esa semana se consigue el control efectivo del país habremos ganado.

Y el paso decisivo para que la gente se empadrone como ciudadano catalán será el control de la Sanidad y la Educación. Casi más importante que la Hacienda ya que el pueblo lo que quiere es tener el derecho a un médico y a un colegio para sus hijos.

Espero que el Govern y la ANC sepan eso. 
Y deberían crear listas de voluntarios para ir a los puestos estratégicos. En vez de tramos, infraestructuras y fronteras.


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